Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2014 (13/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 146

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Majes) y en el EX-CENFOR V-Arequipa (Centro Forestal y de Fauna) mediante el establecimiento de sistemas agroforestales (cortinas rompe vientos), constituidas por especies de Casuarina cunnimglamiana, Tamarix (Tamarix sp.), pequenos bosques de eucalipto (Eucalyptus rostrata), granjas forestales con tuna (Opuntia sp.), algarrobo (Prosopis sp.), yanavisco (Leucaena leucocephala) y en las areas de influencia plantaciones en macizo de eucalipto (Eucalyptus globulus). Tambien es importante el proyecto "Recuperacion y Uso sostenible de los Ecosistema de las MORDAZA de Atiquipa y Taimara por Gestion Comunal, Arequipa-Peru" (Proyecto PER/01/G35); que ha reforestado 400 hectareas y puso en manejo silvicultural 200 hectareas del bosque de las MORDAZA costeras de Atiquipa para rejuvenecimiento por regeneracion natural, y que ha ejecutado por el Instituto Regional de Ciencias Ambientales de la Universidad Nacional de San MORDAZA ­ MORDAZA (IRECA-UNSA) y por la comunidad campesina de Atiquipa. Segun el Centro de Informacion Forestal-CIF del INRENA, al ano de elaboracion del referido Plan existia 360,200 hectareas aptas para la reforestacion, en la region, sin embargo esta inmersa en el grupo de las pocas regiones del MORDAZA que no ha desarrollado plantaciones forestales eficientes y competitivas, en las lineas generales arroja un balance muy negativo para Arequipa. Que, de otro lado, de lo informado por la Autoridad Regional Ambiental mediante Informe N° 004-2014GRA/ARMA-RRNN/GRC, y por la Gerencia Regional de Agricultura mediante Oficio N° 2003-2013-GRA/GRAG, se desprenden las siguientes ventajas y/o beneficios que pueden generar los proyectos de forestacion que reunan condiciones de factibilidad: i) crean desarrollo y beneficios con la produccion resultante de especies arboreas resistentes a condiciones adversas, ya que requieren un minimo de insumos y manejo para su crecimiento y desarrollo adecuado, mejorando el entorno y la calidad de MORDAZA de la poblacion; ii) generan descentralizacion en determinados puntos geograficos, tanto en lo social como en lo economico, puesto que impulsarian el movimiento poblacional hacia zonas que se consideran como inhabitables e improductivas; iii) promueven empleo a mediano plazo y autoempleo, generando capital y fuente de ingresos propios, impulsando el crecimiento y desarrollo socioeconomico de la Region; iv) obtencion de productos que permiten generar valor agregado; v) permite la asociatividad entre personas o grupos interesados para obtener mejores niveles de competitividad; vi) creacion de nuevos ecosistemas o zonas de MORDAZA que contribuyen al enriquecimiento y/o conservacion de nuestra biodiversidad; vii) ayuda a la mitigacion del cambio climatico pues la creacion de areas forestales contribuye a la captura y reduccion de los niveles de dioxido de carbono (CO2) que son responsables del calentamiento global; viii) se contribuye a la colonizacion y transformacion de suelos enriqueciendolos y haciendolos productivos a futuro. Que, asimismo los referidos informes establecen como posibles desventajas y/o riesgos: i) el dificil acceso a las zonas de produccion; ii) carencia de servicios; iii) interes en terrenos eriazos para fines de trafico de terrenos; iv) falta de recurso hidrico considerando que por minima que sea el requerimiento es necesario en un volumen adecuado; v) la falta de capacitacion y/o conocimiento en la materia. Que, finalmente mediante Ley N° 30078 / Ley de Parques Industriales Tecno Ecologicos (PITE), que forma parte de la estrategia nacional de promocion de la competitividad, asociatividad y rentabilidad de las unidades productivas del sector industrial en general, incluido el agroindustrial, en un contexto de desarrollo socioeconomico regional, acordes con el uso eficiente de los recursos ambientales en todo MORDAZA productivo como medio para lograr el desarrollo sostenible; utilizando tecnologias vinculadas a las MORDAZA productivas con enfoque de cluster en las que se incorpore valor agregado a la produccion primaria, en concordancia con el cuidado del medio ambiente, el uso eficiente de la energia, la responsabilidad social y el cuidado del agua. Que, bajo ese contexto, el fomento y promocion de una actividad forestal sostenible en nuestra Region, basada en la produccion, comercializacion y tecnificacion de especies arboricolas nativas en zonas deserticas resistentes al estres hidrico, y/o, de especies arboricolas nativas en areas alto andinas resistentes al estres termino; suponen una posibilidad de combatir el cambio climatico y de mejorar las condiciones ambientales de nuestra Region, a la par que se generan posibilidades

El Peruano Viernes 13 de junio de 2014

de desarrollo socioeconomico en zonas inhospitas y normalmente relegadas del desarrollo. Que, entonces, por estas consideraciones, al MORDAZA de la Constitucion Politica del Estado, Ley N° 27783 / Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley N° 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional N° 001-2007-GRA/CRAREQUIPA, la Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional N° 154-AREQUIPA, Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: QUE PROMUEVE LA ACTIVIDAD FORESTAL SOSTENIBLE EN LA REGION MORDAZA MEDIANTE LA PRODUCCION, COMERCIALIZACION Y TECNIFICACION DE ESPECIES NATIVAS RESISTENTES AL ESTRES HIDRICO Y TERMICO Articulo 1º: Del Objeto de la MORDAZA Promover la ejecucion de proyectos forestales en zonas deserticas y/o alto andinas y de Parques Industriales Tecno Ecologicos, en la Region MORDAZA, basados en la produccion, tecnificacion y comercializacion de especies arboreas nativas, y de sus sub productos, resistentes al estres hidrico y/o termico, otorgandoles valor agregado; por constituir un medio de contribucion a la lucha contra el cambio climatico, a la mejora de la calidad ambiental, proteccion de la erosion del suelo y a la mejora de las condiciones socioeconomicas de la poblacion involucrada. Articulo 2°.- De la Declaracion de Prioridad Declarar de necesidad publica la ejecucion de los proyectos senalados en el articulo precedente, otorgandoles calidad de prioritarios frente a otro MORDAZA de proyectos, en las zonas que para tal efecto determinen las autoridades competentes conforme a lo dispuesto en la presente ordenanza. Articulo 3°.Conformacion de Comision Multisectorial Encargar al Organo Ejecutivo Regional para que en un plazo de quince (15) dias habiles desde la vigencia de la presente ordenanza, conforme una Comision Multisectorial para la promocion de los proyectos forestales materia de la presente, la que minimamente debera estar conformada de la siguiente manera: 3.1. Gerente Regional de Agricultura, quien la presidira 3.2. Gerente Regional de la Autoridad Regional del Medio Ambiente (ARMA) 3.3. Gerente Regional de la Produccion 3.4. Gerente Regional de Comercio Exterior y Turismo 3.5. Jefe de la Oficina Regional de Ordenamiento Territorial 3.6. Instituto Regional de Ciencias Ambientales (IRECA ­ UNSA) 3.7. Centro Interdisciplinario de Investigacion e Innovacion (CICA - UCSM) 3.8. Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas (SERNANP) ­ Sede MORDAZA El presidente de la Comision debera instalar la misma dentro de los diez (10) dias habiles posteriores a su conformacion. La Comision dentro de los veinte (20) dias calendario posteriores a su instalacion deberan aprobar su Reglamento y Plan de Trabajo dentro del MORDAZA de la presente MORDAZA regional. Articulo 4°.- Funciones Generales de la Comision La Comision que se conforme en atencion a los articulos precedentes, tendra las siguientes funciones generales, sobre las cuales deberan desarrollar su Reglamento Interno y Plan de Trabajo senalados en el Articulo precedente: 4.1. Identificar terrenos que cuenten con las caracteristicas tecnicas idoneas para el desarrollo de los proyectos forestales materia de la presente ordenanza, en zonas deserticas o alto andinas de la Region MORDAZA, que MORDAZA propiedad del Gobierno Regional, sus Proyectos Especiales, o del Estado, bajo su administracion.

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