Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2014 (13/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 151

El Peruano Viernes 13 de junio de 2014

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CAPITULO IV DE LA DETERMINACION DE LA CONTRIBUCION Articulo 11º.- Expediente tecnico y documentacion sustentatoria Los organos, unidades organicas, programas metropolitanos, proyectos especiales, empresas o entidades publicas de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA o las instancias competentes en las municipalidades distritales, acorde a sus funciones o competencias, por cada Obra Municipal deberan elaborar el expediente tecnico que contendra como minimo la siguiente documentacion: a) Memoria Tecnica: Descripcion de la Obra Municipal a realizar, precisando la determinacion de la Contribucion Total, la MORDAZA de Beneficio, las Subzonas de Beneficios (de ser el caso), el Porcentaje de Distribucion, los Criterios de Distribucion utilizados, el Beneficio Diferencial, el Costo de la Obra, la Estimacion Socio-Economico de la MORDAZA de Beneficio y otros que se considere pertinente. b) Plano a nivel de lote: Debe contener informacion MORDAZA actualizada, indicando la MORDAZA de beneficio. c) Monto de la Contribucion Total: Conforme lo establecido en el articulo 13º de la presente Ordenanza. Articulo 12º.- Beneficio Diferencial La estimacion del Beneficio Diferencial se realizara, empleando cualquiera de los siguientes metodos: a) De analogia: Se MORDAZA en incrementos de valor derivados de obras similares en predios similares, comparables o equivalentes funcionalmente. b) De doble avaluo: Se seleccionan predios al interior de la MORDAZA de Beneficio, o Subzona de Beneficio, que constituyan una muestra, estimandose sus valores MORDAZA y despues de ejecutada la Obra Municipal, generalizandose los incrementos para toda la MORDAZA de Beneficio o Sub MORDAZA de Beneficio, de ser el caso. c) Mixto: Combinando los dos metodos anteriores y ponderandolos en proporciones adecuadas. Articulo 13º.- Requisitos y condiciones de las Obras Municipales que generen la Contribucion Especial de Obras Publicas Solo daran lugar a la Contribucion Especial de Obras Publicas los beneficios derivados de la ejecucion de Obras Municipales consistentes en Proyectos de Inversion Publica declarados viables al MORDAZA del Sistema Nacional de inversion Publica ­ SNIP. La Obra Municipal a ejecutarse podra estar constituida por solo una obra o un paquete de obras. No daran lugar a la aplicacion de la Contribucion Especial por Obras Publicas, las obras realizadas para el mantenimiento de obras ejecutadas o reparaciones que signifiquen prolongar la MORDAZA util de las mismas. Articulo 14º.- Determinacion de la Contribucion Total La Contribucion Total es determinada por el Comite de Contribucion Especial por Obras Publicas en base al expediente tecnico y documentacion sustentatoria y se calcula teniendo en cuenta el Beneficio Diferencial de la propiedad beneficiada por efecto de la Obra Municipal, en concordancia con el articulo 63° del Decreto Legislativo N° 776. En ningun caso la Contribucion Total podra superar el Costo de la Obra. La Contribucion Total se distribuye entre los predios comprendidos en la MORDAZA de Beneficio conforme al Porcentaje de Distribucion correspondiente. Cuando la MORDAZA de beneficio se divide en sub zonas, la Contribucion Total tambien se dividira en proporcion al beneficio total, de acuerdo al Porcentaje de Distribucion que se MORDAZA adoptado. Articulo 15°.- Determinacion de la Contribucion Individual La Contribucion Individual es determinada en base a los Criterios de Distribucion y resulta de la aplicacion del Porcentaje de Distribucion correspondiente a cada predio ubicado en la MORDAZA de Beneficio a la Contribucion Total.

correspondiente y en los cuales ejercen su actividad politica. i) Los predios cuya titularidad corresponda a organizaciones de personas con discapacidad, reconocidas por el Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad - CONADIS. j) Los predios cuya titularidad corresponda a organizaciones sindicales, debidamente reconocidas por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, siempre y cuando se destinen a los fines especificos de la organizacion. k) Los clubes departamentales, provinciales y distritales, constituidos conforme a Ley, asi como la asociacion que los representa, siempre que el predio se destine a sus fines institucionales especificos. l) Los predios que hayan sido declarados monumentos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion por el Ministerio de Cultura, siempre que MORDAZA dedicados a MORDAZA habitacion o MORDAZA dedicados a sedes de instituciones sin fines de lucro, debidamente inscritos como tal. En los casos senalados en los literales c), d), e), f) y g), el uso parcial o total del inmueble con fines lucrativos, que produzcan rentas o no relacionados a los fines propios de las instituciones beneficiadas, MORDAZA lugar a la perdida automatica de la inafectacion. CAPITULO III DE LA MORDAZA DE BENEFICIO Articulo 8°.- Criterios para establecer la MORDAZA de Beneficio Para establecer la MORDAZA de Beneficio, se aplicaran los siguientes criterios: a. Caracteristicas de la Obra Municipal a ejecutar. b. Magnitud de la Obra Municipal. c. Area en que se localiza la Obra Municipal, plan o conjunto de obras. d. Beneficios que genera la Obra Municipal. e. Distancia que exista entre los predios y la Obra Municipal. f. Uso actual y potencial de los predios. g. Impacto de la Obra Municipal. h. Otros criterios, los cuales deberan ser sustentados tecnicamente. Articulo 9°.- Determinacion de Subzonas de Beneficio Cuando la complejidad y magnitud de la Obra Municipal, plan o conjunto de obras, asi como el gran numero de propietarios o cuando por razones de orden tecnico asi lo exijan, la MORDAZA de Beneficio se podra dividir en sub zonas para establecer mayor equidad en la distribucion de la Contribucion Total y la determinacion de la Contribucion Individual. Articulo 10°.- Registro de predios ubicados en la MORDAZA de Beneficio La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y municipalidades distritales, deberan implementar un registro de los predios ubicados en la MORDAZA de Beneficio, con la informacion siguiente: a. Nomenclatura Catastral. b. Ubicacion del predio. c. MORDAZA o Area total del terreno o frente beneficiado. d. Estado de la edificacion. e. Uso actual, utilizacion posible del predio despues de la obra. f. Topografia. g. Caracteristicas Especiales que deban consignarse. h. Indices o factores aplicados para la distribucion. i. Porcentaje de la Contribucion Total. j. Contribucion Individual. k. Nombre del Contribuyente. l. Domicilio fiscal del contribuyente.

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