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El Peruano Viernes 13 de junio de 2014 525288 SAC, debe decir: Inversiones Martina SAC, ratifi cándose en todos los demás extremos el contenido de la citada Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 10 de junio de 2014 HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1095503-1 Levantan la condición de Parque Zonal al área que se encuentra inscrita a favor de terceros de propiedad privada, que forma parte del Parque Zonal Nº 26 Complejo Biotecnológico Villa El Salvador ORDENANZA N° 1792 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de junio de 2014 el Dictamen Nº 026-2014-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE LEVANTA LA CONDICION DEL PARQUE ZONAL N° 26 COMPLEJO BIOTECNOLOGICO – DISTRITO VILLA EL SALVADOR Artículo Primero.- Levantar la condición de Parque Zonal al área que se encuentra inscrita a favor de terceros de propiedad privada, que forma parte del Parque Zonal N° 26 Complejo Biotecnológico Villa El Salvador y asignarle la Zonifi cación de Residencial de Densidad Media (RDM), Artículo Segundo.- Disponer que el trazo defi nitivo de las vía deberán ser determinadas en el proceso de Habilitación Urbana correspondiente. Artículo Tercero.- Disponer que el Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del distrito de Villa El Salvador, la modifi cación de zonifi cación de usos del suelo aprobado en el artículo primero de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 10 de junio de 2014 HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1095504-1 Declaran de interés público y necesidad local la renovación urbana con fines de reordenamiento y recuperación socio ambiental de la Zona de Manzanilla en el Cercado de Lima ORDENANZA Nº 1793 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de junio de 2014, el Dictamen Nº23-2014-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA DE INTERÉS PÚBLICO Y NECESIDAD LOCAL LA RENOVACION URBANA CON FINES DE REORDENAMIENTO Y RECUPERACIÓN SOCIO AMBIENTAL DE LA ZONA DE MANZANILLA EN EL CERCADO DE LIMA Artículo 1º.- Objeto Declárese de Interés Público y Necesidad Local la Renovación Urbana con fi nes de Reordenamiento y Recuperación Socio Ambiental de la Zona de Manzanilla en el Cercado de Lima, con la fi nalidad de promover el desarrollo socio económico, la protección ambiental, la mejora de la salud pública y la seguridad de sus espacios públicos; optimizando la calidad de vida de la población. Artículo 2º.- Zona de Reglamentación Especial – ZRE Declarar como Zona de Reglamentación Especial – ZRE con fi nes de Renovación Urbana a la Zona de Manzanilla, delimitada por el límite del Centro Histórico, los ejes del Jr. Huánuco, Av. 28 de Julio y Jr. Junín, conforme se gráfi ca en el Plano Nº A - 1, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Encargo de acciones Encargar, en uso de sus funciones, a la Gerencia de Desarrollo Urbano, en coordinación con el Instituto Metropolitano de Planifi cación – IMP, la adopción de las acciones necesarias para la elaboración del Reglamento Especial y de los instrumentos técnicos normativos para la Zona de Reglamentación Especial indicado en el artículo precedente; los mismos que serán elaborados en un plazo de 30 días calendarios contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza. Las Gerencias del Ambiente, de Salud y de Seguridad Ciudadana, cada una conforme a sus competencias, coordinarán las acciones que correspondan y los operativos que permitan la gradual eliminación de condiciones contaminantes del ambiente y la reubicación o erradicación de las actividades sanitariamente inadecuadas, no compatibles o riesgosas, o que constituyan uso ilegal del espacio público. Artículo 4º.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y se podrá acceder a través del Portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima www.munlima.gob.pe. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima,10 de junio de 2014 HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1095506-1 Establecen conformidad de la Resolución de Gerencia Nº 1320-2013/GDUR-MDC, expedida por la Municipalidad Distrital de Carabayllo que resuelve aprobar Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada Progresiva de terreno RESOLUCIÓN Nº 62-2014-MML-GDU-SPHU Lima, 14 de mayo de 2014