Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2014 (18/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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y conservar lo que fuere necesario para que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de la servidumbre; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del articulo 109 de la Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados para usar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones; Que, de acuerdo a la documentacion que obra en el Expediente, la Linea de Transmision de 145 kV S.E. San Gaban - S.E. Mazuco - S.E. Puerto MORDAZA recorre por terrenos de propiedad particular y de propiedad del Estado, habiendo Electro Sur Este S.A.A. cumplido con efectuar el pago a los propietarios privados por concepto de compensacion e indemnizacion por danos y perjuicios de la servidumbre, encontrandose la peticion de acuerdo a Ley; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, emitio el Informe Nº 230-2014-DGEDCE, recomendando la procedencia de imponer la servidumbre de electroducto, de MORDAZA y de sistemas de telecomunicaciones solicitadas, exceptuandose el vano comprendido entre las MORDAZA T416 y T417; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de transmision de energia electrica de la que es titular Electro Sur Este S.A.A., la servidumbre permanente de electroducto, de MORDAZA y de sistemas de telecomunicaciones para la Linea de Transmision de 145 kV S.E. San Gaban - S.E. Mazuco - S.E. Puerto MORDAZA, ubicada en los distritos de San Gaban, Inambari, Laberinto y Tambopata, provincias de Carabaya y Tambopata, departamentos de MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme a los siguientes cuadros: a) L.T. 145 kV S.E. San Gaban - S.E. Mazuco - S.E. Puerto Maldonado:
Cod. Exp. Inicio y Llegada de la Linea Electrica Nivel de Ancho de N° de Longitud Tension la Faja Ternas (km) ( kV ) (m) 145 01 222,01 20

El Peruano Miercoles 18 de junio de 2014

Articulo 2.- Queda excluido de la presente Resolucion, el vano comprendido entre las MORDAZA T416 y T417, cuya longitud es de 351,72 m, de la Linea de Transmision de 145 kV S.E. San Gaban - S.E. Mazuco - S.E. Puerto Maldonado. Articulo 3.- Electro Sur Este S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4.- Electro Sur Este S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5.- La servidumbre impuesta mediante la presente Resolucion no perjudica los acuerdos estipulados entre las partes. Articulo 6.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 7.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1093815-1

Aprueban como empresa calificada para efecto del Articulo 3 del D. Leg. Nº 973 a MORDAZA I S.A., por el desarrollo del proyecto denominado "Nodo Energetico en el Sur del Peru - Planta Nº 1 Region Arequipa"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 270-2014-MEM/DM MORDAZA, 13 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.3 del articulo 3 del Decreto Legislativo N° 973 establece que mediante Resolucion Ministerial del sector competente, se aprobara a las personas naturales o juridicas que califiquen para el goce del Regimen, asi como los bienes, servicios y contratos de construccion que otorgaran la Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), para cada Contrato; Que, el articulo 2 del Decreto Supremo N° 0842007-EF, Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, concordado con los numerales 7.1 y 7.3 del articulo 7 del Decreto Legislativo N° 973, modificado por la Ley N° 30056, establece que mediante Resolucion Ministerial se precisara, entre otros aspectos, la cobertura del Regimen de Recuperacion Anticipada del IGV; Que, con fecha 20 de MORDAZA de 2014, MORDAZA I S.A. celebro, en calidad de inversionista, un Contrato de Inversion con el Estado por el proyecto denominado "Nodo Energetico en el Sur del Peru ­ Planta Nº 1 Region Arequipa", en adelante el Proyecto, para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 973, tal y como lo dispone el articulo 3 de la referida MORDAZA legal; Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Oficio N° 1131-2014-EF/13.01, ingresado bajo Registro N° 2386256 al Ministerio de Energia y Minas, el cual acompana el Informe N° 199-2014-EF/61.01, opina que procede la aprobacion de la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construccion presentada por MORDAZA I S.A. para el acogimiento al Regimen de Recuperacion Anticipada del IGV de acuerdo con el Decreto Legislativo N° 973 por el Proyecto, acompanando el Anexo que contiene el detalle de los bienes, servicios y las actividades de construccion; Estando a lo dispuesto en el numeral del articulo 3.3 del articulo 3 del Decreto Legislativo N° 973, el inciso i)

21222012 S.E. San Gaban - S.E. Mazuco S.E. Puerto MORDAZA

b) S.E. Mazuco:
Cod. Exp. Descripcion de la Servidumbre Area de Servidumbre Propietario MORDAZA de Terreno

21222012 Subestacion Mazuco Coordenadas UTM: Vertice Norte A 8 552 297,53 B 8 552 273,77 C 8 552 202,16 D 8 552 225,92 Este 352 412,02 352 488,41 352 466,14 352 389,75

Electro Sur MORDAZA Suelo: 6 000,00 m2 Este S.A.A. y sus aires

c) S.E. Puerto Maldonado:
Cod. Exp. Area de Servidumbre MORDAZA de Terreno

Descripcion de la Servidumbre

Propietario

21222012 Subestacion Puerto MORDAZA Coordenadas UTM: Vertice Norte A 8 608 669,78 B 8 608 655,09 C 8 608 720,20 D 8 608 734,89 Este 476 114,11 476 076,91 476 051,20 476 088,40

Electro Sur MORDAZA Suelo: 2 800,00 m2 y Este S.A.A. sus aires

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