Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2014 (22/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA 22 de junio de 2014

525815
DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Revision: Original Cuadro Resumen de Viajes Fecha: 30.08.10

Codigo: F-DSA-P&C-002

RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 05 AL 10 DE MORDAZA DE 2014 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 157-2014-MTC/12.04 Y Nº 311-2014-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCION Nº 1675-2014MTC/12.04 INICIO FIN VIATICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR MORDAZA MORDAZA DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs 4037-1042910430

05-Jul

Chequeo tecnico Inicial como Instructor de vuelo y Defilippi Brigneti, verificacion de competencia 10-Jul US$ 1,300.00 MORDAZA UP S.A Manchester Inglaterra MORDAZA MORDAZA en simulador de vuelo en el equipo BAe-146, a su personal aeronautico

1100156-1

Modifican R. M. Nº 240-2012-MTC/02 mediante la cual se reclasifico temporalmente como Rutas Nacionales, entre otras, la jerarquia de la Ruta Departamental o Regional Nº AY-102, en el tramo Emp. PE-28 B (Tambo) - San MORDAZA - Retama - Nununga - Pacchac Puncli, asignandosele el Codigo Temporal Nº PE-28 I
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 378-2014-MTC/02 MORDAZA, 17 de junio de 2014 VISTOS: El Oficio Nº 114-2013-GRA/PRES del Gobierno Regional de Ayacucho; el Memorandum N° 492-2014MTC/20 de la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; los Informes N° 120-2014-MTC/14.07 y N° 193-2014-MTC/14.07 de la Direccion de Caminos, y, los Memoranda N° 713-2014-MTC/14 y N° 1184-2014-MTC/14 de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 240-2012MTC/02, de fecha 16 de MORDAZA de 2012, se reclasifico temporalmente como Rutas Nacionales entre otras, la jerarquia de la Ruta Departamental o Regional N° AY-102, en el tramo: Emp. PE-28 B (Tambo) - San MORDAZA - Retama - Nununga - Pacchac - Puncli, asignandosele el Codigo Temporal N° PE-28 I; Que, a traves del Oficio N° 114-2013-GRA/PRES, de fecha 25 de febrero del 2014, el Gobierno Regional de MORDAZA, solicito la reclasificacion temporal de la Ruta PE-28 I, sector Tambo - San MORDAZA, con la finalidad de ampliar el ancho de la plataforma de la actual carretera al haberse incrementado considerablemente la demanda vehicular en dicho tramo; para lo cual senala contar con los recursos presupuestales correspondientes; Que, de acuerdo al Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2013-MTC, el sector vial Tambo - San MORDAZA, a que hace referencia el Gobierno Regional de MORDAZA, forma parte de su red vial Departamental o Regional; sin embargo, segun lo dispuesto por Resolucion Ministerial N° 240-2013-MTC/02, actualmente se encuentra reclasificado temporalmente como Ruta Nacional, estando a cargo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; Que, mediante Memorandum N° 492-2014-MTC/20, de fecha 13 de marzo del 2014, la Direccion Ejecutiva del PROVIAS NACIONAL, remitio el Informe N° 056-2014MTC/20.7, de su Unidad Gerencial de Conservacion, en el cual se considera procedente la solicitud formulada por el Gobierno Regional de Ayacucho; Que, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, a traves del Memorandum N° 713-2014-MTC/14 de fecha 25 de marzo de 2014, remitio el Informe N° 120-

2014-MTC/14.07, de la Direccion de Caminos, en el cual se opina a favor de que el tramo Tambo - San MORDAZA, retorne a su condicion original como Ruta Departamental o Regional, para posibilitar su intervencion por parte del Gobierno Regional de Ayacucho; Que, mediante Memorandum N° 1184-2014-MTC/14 de fecha 23 de MORDAZA de 2014, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, concuerda con el Informe N° 193-2014-MTC/14.07 de la Direccion de Caminos, en el cual se indica que PROVIAS NACIONAL, solo estaba realizando trabajos de conservacion en el sector Tambo - San MORDAZA, en tanto que el Gobierno Regional de MORDAZA tiene planeado realizar en dicho sector, trabajos de construccion y mejoramiento de la via; en tal sentido, se precisa que en el presente caso no se configura ninguno de los supuestos previstos en el MORDAZA parrafo del articulo 8° del Decreto Supremo N° 012-2013-MTC; Que, segun lo dispuesto en los numerales 6.1 y 6.2 del articulo 6° del Reglamento de Jerarquizacion Vial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2007-MTC, y sus modificatorias, en adelante el Reglamento, el Gobierno Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquizacion del Sistema Nacional de Carreteras; asimismo, las autoridades competentes para la aplicacion del Reglamento, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organizacion del Estado, son el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, a cargo de la Red Vial Nacional; los Gobiernos Regionales, a cargo de su respectiva Red Vial Departamental o Regional; y, los Gobiernos Locales, a cargo de su respectiva Red Vial Vecinal o Rural; Que, el articulo 6° del Decreto Supremo N° 012-2013MTC, Decreto Supremo que aprueba la actualizacion del Clasificador de Rutas del SINAC y las disposiciones sobre dicho Clasificador, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones podra disponer, a peticion de las autoridades competentes previstas en el articulo 6° del Reglamento de Jerarquizacion Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, la reclasificacion temporal de una via mediante Resolucion Ministerial, con fines de posibilitar intervenciones que permitan mejorar sus caracteristicas fisicas y operativas, para cuya finalidad la autoridad solicitante debera acreditar que cuenta con los recursos presupuestales correspondientes; Que, si bien el Gobierno Regional de MORDAZA solicito la reclasificacion temporal de la Carretera PE-28 I, sector Tambo - San MORDAZA, para realizar trabajos de construccion y mejoramiento de la via; su pedido se orienta a que se de por concluida la reclasificacion temporal de la Ruta Nacional PE-28 I, en dicho sector, a fin que este retorne a su condicion de Ruta Departamental o Regional; Que, en consecuencia, estando a lo solicitado por el Gobierno Regional de MORDAZA, y a lo informado por la Direccion Ejecutiva del PROVIAS NACIONAL, y la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, resulta procedente dar por concluida la reclasificacion temporal dispuesta en el literal c) del articulo MORDAZA de la Resolucion Ministerial N° 240-2012-MTC/02, en el extremo referido al sector: Emp. PE-28 B (Tambo) - San Miguel; y, por consiguiente, se debera modificar el articulo 3° de la misma resolucion, en el extremo referido al Codigo Temporal PE-28 I; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos N° 017-2007-MTC, N° 021-2007-MTC, N° 0062009-MTC y N° 012-2013-MTC;

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