Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2014 (22/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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Visto el Sustento Tecnico de viaje de la Direccion de Promocion de las Exportaciones de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo PROMPERU. CONSIDERANDO: Que, la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, es un organismo publico tecnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promocion de bienes y servicios exportables, asi como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Peru en materia turistica y de exportaciones; Que, en cumplimiento de dichas funciones, PROMPERU ha programado conjuntamente con doce (12) empresas del sector textil confecciones su participacion en la feria internacional "COLOMBIAMODA 2014", organizado por el Instituto INEXMODA de Colombia, a realizarse del 22 al 24 de MORDAZA de 2014, en la MORDAZA de Medellin, Republica de Colombia, con el objetivo de promover nuestra oferta exportable de prendas de vestir; Que, resulta de interes la participacion en la referida feria, porque permitira diversificar nuestra oferta exportable en los mercados latinoamericanos de la region, toda vez que COLOMBIAMODA reune una oferta representativa de las MORDAZA mas importantes del MORDAZA regional, ademas de promover a las empresas peruanas expositoras, fortaleciendo su presencia en este importante MORDAZA latinoamericano; Que, en tal razon, la Direccion de Promocion de las Exportaciones de PROMPERU ha solicitado que se autorice el viaje de la senorita MORDAZA Infantes MORDAZA, quien presta servicios en dicha Direccion, a la MORDAZA de Medellin, Republica de Colombia, para que en representacion de PROMPERU, realice acciones de promocion de exportaciones de importancia para el MORDAZA, coordinando cuanto se refiere a la instalacion del stand peruano y brindando asistencia a las empresas exportadoras participantes; Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, prohibe los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley senala, entre ellos, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de las acciones de promocion de importancia para el Peru, los que deben realizarse en categoria economica y ser autorizados por Resolucion del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de Medellin, Republica de Colombia, de la senorita MORDAZA Infantes MORDAZA, del 20 al 25 de MORDAZA de 2014, para que en representacion de PROMPERU lleve a cabo diversas acciones de promocion de exportaciones del sector textil confecciones, durante el evento a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion se efectuaran con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes Aereos - Viaticos (US$ 370,00 x 5 dias) : US$ 597,00 : US$ 1 850,00 ARACELLY LACA MORDAZA Secretaria General (e) 1099742-1

El Peruano MORDAZA 22 de junio de 2014

Articulo 4°.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Modifican la Res. N° 103-99-EF/94.10, la MORDAZA MORDAZA de la Memoria Anual y el documento aprobado por Res. N° 94-2002-EF/94.10, el Reglamento del MORDAZA Alternativo de Valores, el Reglamento del MORDAZA de Inversionistas Institucionales y el Reglamento de Informacion Financiera
RESOLUCION SMV Nº 013-2014-SMV/01 MORDAZA, 19 de junio de 2014 VISTOS: El expediente N° 2014017740 y el Memorandum Conjunto N° 1444-2014-SMV/06/10/11 del 12 de junio de 2014, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, la Superintendencia Adjunta de Supervision Prudencial y la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados; y el proyecto normativo para uniformizar los plazos de MORDAZA de la informacion financiera y memoria anual de las empresas emisoras de valores y de las personas juridicas inscritas en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, asi como de las empresas administradoras de fondos colectivos, (en adelante, el Proyecto) CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV tiene por finalidad velar por la proteccion de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervision, la correcta formacion de los precios y la difusion de toda la informacion necesaria para tales propositos, a traves de la regulacion, supervision y promocion; Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del articulo 1 del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la SMV, aprobado mediante Decreto Ley N° 26126 y modificatorias, la SMV esta facultada para dictar las normas legales que regulen materias del MORDAZA de valores; Que, el articulo 13, en concordancia con el articulo 29 de la Ley de MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo N° 861, establece que los emisores de valores y las personas juridicas inscritas en el Registro Publico del MORDAZA de Valores deben remitir a la SMV y, de ser el caso, a la bolsa respectiva, toda la informacion, incluida su informacion financiera, que por MORDAZA de caracter general les resulte exigible. Asimismo, el articulo 30 de la referida ley senala que la SMV puede, mediante normas de caracter general, establecer la normativa que regule tanto el contenido como la forma de MORDAZA de dicha informacion financiera; Que, el literal b) del articulo 5° de la Ley Organica establece como atribucion del Directorio de la SMV la aprobacion de la normativa del MORDAZA de valores, MORDAZA de productos y sistema de fondos colectivos, asi como aquellas a que deben sujetarse las personas naturales y juridicas sometidas a la supervision de la SMV; Que, con la entrada en vigencia del MORDAZA Reglamento de Hechos de Importancia e Informacion Reservada, aprobado por Resolucion SMV Nº 005-2014-SMV/01,

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, la senorita MORDAZA Infantes MORDAZA, presentara a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERU un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria a la que asistira; asimismo, deberan presentar la rendicion de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.

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