Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (25/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 25

El Peruano Miércoles 25 de junio de 2014 525943 (…) p) Notifi car y transcribir las Resoluciones Directorales referentes a los contratos que administran, siendo responsables de notifi car y transcribir las Resoluciones Directorales referentes a dichos contratos, y cuando exista encargo expreso notifi car y transcribir las Resoluciones Viceministeriales y Resoluciones Ministeriales que se encuentren referidas a los contratos de su competencia; y otras funciones que les asigne la Dirección Ejecutiva. (…)” Artículo 2°.- El Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado modifi cado por el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, será publicado en los Portales Electrónicos Institucionales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe) y del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado – PROVÍAS DESCENTRALIZADO (www.proviasdes.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1100910-1 Disponen que la carretera Lima - Canta - Cerro de Pasco, que pertenece al eje transversal de la Red Vial Nacional, se denomine de manera complementaria “Carretera Vencedores de Sángrar” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 409-2014 MTC/02 Lima, 20 de junio de 2014 VISTOS: El Ofi cio Nº 072-2014-IN-1508-ONAGI/LIMA/CANT/ HUAMANTANGA del Gobernador de la Provincia de Canta; el Ofi cio N° 803-2013-2014-CTC/CR del Presidente de la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso de la República; el Informe N° 182-2014-MTC/14.07 de la Dirección de Caminos, y, el Memorándum N° 1139- 2014-MTC/14 de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio N° 803-2013-2014-CTC/CR de fecha 30 de abril de 2014, el Presidente de la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso de la República, remitió el Ofi cio N° 072-2014-IN-1508- ONAGI/LIMA/CANT/HUAMANTANGA, a través del cual el Gobernador de la Provincia de Canta, solicita a nombre de la población de dicha provincia, que la carretera Lima - Canta - Cerro de Pasco, próxima a culminarse e inaugurarse, se denomine: “Carretera Vencedores de Sángrar”, en reconocimiento a los valerosos soldados canteños que participaron en la victoria del Combate de Sángrar de la Campaña de la Breña; Que, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, mediante Memorándum N° 1139-2014-MTC/14 de fecha 19 de mayo de 2014, remitió el Informe N° 182-2014- MTC/14.07 elaborado por la Dirección de Caminos, en el cual se emite opinión favorable para denominar a la carretera Lima - Canta - Cerro de Pasco, como “Carretera Vencedores de Sángrar”, la misma que de acuerdo al Clasifi cador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013- MTC, pertenece al eje transversal de la Red Vial Nacional, Ruta: PE-20A, cuya trayectoria es la siguiente: Emp. PE- 1N (Ovalo Naranjal) - Yangas - Dv. Santa Rosa de Quives - Canta - Abra La Viuda - Abra La Cruzada - Huallay - Cochamarca - Vicco - Emp. PE-3N (Villa de Pasco); Que, de acuerdo con los Reglamentos Nacionales de Jerarquización Vial y de Gestión de Infraestructura Vial, aprobados por los Decretos Supremos N° 017-2007-MTC y N° 034-2008-MTC, respectivamente, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano competente sobre las carreteras que conforman la Red Vial Nacional; Que, mediante Resolución Ministerial N° 565- 2010-MTC/02, se aprobaron los lineamientos para la denominación complementaria de las vías que conforman el Sistema Nacional de Carreteras, así como las demás estructuras que comprenden las mismas, por razones de homenaje, conmemoraciones u otros; Que, los referidos lineamientos disponen que la denominación complementaria de las vías que conforman el Sistema Nacional de Carreteras, así como las demás estructuras que comprenden las mismas, la realizará, de manera exclusiva, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y se efectuará mediante una Resolución Ministerial, de conformidad con el procedimiento previsto en el numeral 3 de los lineamientos aprobados por Resolución Ministerial N° 565-2010-MTC/02; Que, en consecuencia, estando a lo solicitado por el Gobernador de la Provincia de Canta, y a lo opinado por la Dirección de Caminos y la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, resulta procedente denominar a la carretera Lima - Canta - Cerro de Pasco, como “Carretera Vencedores de Sángrar”; De conformidad con la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, y la Resolución Ministerial N° 565-2010-MTC/02; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer que la carretera Lima - Canta - Cerro de Pasco, que pertenece al eje transversal de la Red Vial Nacional, Ruta: PE-20A, cuya trayectoria es la siguiente: Emp. PE-1N (Ovalo Naranjal) - Yangas - Dv. Santa Rosa de Quives - Canta - Abra La Viuda - Abra La Cruzada - Huallay - Cochamarca - Vicco - Emp. PE-3N (Villa de Pasco), se denomine de manera complementaria “Carretera Vencedores de Sángrar”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- La denominación complementaria “Carretera Vencedores de Sángrar”, deberá consignarse en toda documentación que se refi era a dicha vía. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1100911-1 Autorizan al Viceministro de Transportes para que suscriba Contrato de Concesión para el diseño, financiamiento, construcción, operación y mantenimiento del nuevo Aeropuerto Internacional de Chinchero en Cusco RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 412-2014 MTC/01 Lima, 20 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96- PCM, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN es el organismo encargado de diseñar y conducir el proceso de promoción de la inversión privada en obras públicas de infraestructura y de servicios públicos; Que, mediante Ley Nº 27528, publicada el 11 de octubre de 2001, se creó el Proyecto Especial Aeropuerto Internacional de Chinchero, a cargo de la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI y se declaró de necesidad y utilidad pública y de la más alta prioridad para el Estado, el Proyecto Especial Aeropuerto