Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2014 (25/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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Internacional de Chinchero, en la provincia de Urubamba del departamento del Cusco; Que, el Articulo 4 de la citada Ley autorizo a la COPRI la entrega en concesion al sector privado para la construccion, operacion y explotacion del MORDAZA Aeropuerto Internacional de Chinchero en el departamento del MORDAZA, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos. Asimismo, por Decreto Supremo Nº 27-2002-PCM, se dispuso la absorcion de la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, la Comision Nacional de Inversiones y Tecnologias Extranjeras - CONITE y de la Gerencia de Promocion Economica de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU, por la Direccion Ejecutiva FOPRI, pasando a denominarse Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION; Que, en sesion de Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 14 de MORDAZA de 2010, se aprobo el Plan de Promocion de la Inversion Privada del Proyecto "Entrega en concesion del diseno, construccion, operacion y mantenimiento del MORDAZA Aeropuerto Internacional del MORDAZA - Chinchero"; Que, en sesion de Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 7 de MORDAZA de 2010, considerando la necesidad de adecuar el texto del Acuerdo del Consejo Directivo de fecha 14 de MORDAZA de 2010 -para incluirlo dentro de los alcances de Decreto de Urgencia Nº 039-2010- se aprobo el Plan de Promocion de la Inversion Privada del Proyecto "Entrega en concesion del diseno, construccion, operacion y mantenimiento del MORDAZA Aeropuerto Internacional del MORDAZA - Chinchero", Acuerdo que fue publicado el 16 de MORDAZA de 2010 en el Diario Oficial El Peruano; Que, en sesion de Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 27 de agosto de 2010, se aprobaron modificaciones al Plan de Promocion de la Inversion Privada del Proyecto "Entrega en concesion del diseno, construccion, operacion y mantenimiento del MORDAZA Aeropuerto Internacional de Chinchero - Cusco", Acuerdo que fue publicado el 28 de agosto de 2010, en el Diario Oficial El Peruano; Que, en sesion de Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 20 de enero de 2011, se aprobaron modificaciones al citado Plan; Acuerdo que fue publicado el 21 de enero de 2011 en el Diario Oficial El Peruano; Que, en sesion de Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 28 de MORDAZA de 2011, se acordo aprobar modificaciones al referido Plan, a efectos de modificar el plazo de vigencia de la concesion, Acuerdo que fue publicado el 30 de MORDAZA de 2011 en el Diario Oficial El Peruano; Que, en sesion de Consejo Directivo de PROINVERSION, de fecha 18 de octubre de 2012, se aprobo la modificacion del "Plan de Promocion de la Inversion Privada para la entrega en concesion del diseno, financiamiento, construccion, operacion y mantenimiento del MORDAZA Aeropuerto Internacional de Chinchero - Cusco" que incluye los siguientes aspectos: Clasificacion de la Asociacion Publico Privada (APP); modalidad de Asociacion Publico Privada y modalidad en que se otorgara; exclusion, del diseno de la concesion, de la gestion del concesionario del Aeropuerto Internacional "Teniente FAP MORDAZA Velasco Astete"; Que, mediante Resolucion Suprema N° 079-2012EF, se ratifico el Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en su sesion de fecha 18 de octubre de 2012, en virtud del cual se aprobo la modificacion del "Plan de Promocion de la Inversion Privada para la entrega en concesion del diseno, financiamiento, construccion, operacion y mantenimiento del MORDAZA Aeropuerto Internacional de Chinchero - Cusco"; Que, con fecha 25 de MORDAZA de 2014, se otorgo la Buena Pro del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en concesion al sector privado del MORDAZA Aeropuerto Internacional de Chinchero - MORDAZA, al Postor Calificado Consorcio Kuntur Wasi, integrado por las empresas Corporacion MORDAZA SA y MORDAZA Investment Holding S.A.; Que, mediante Oficio N° 191-2014/PROINVERSION/ DE del 29 de MORDAZA de 2014, el Director Ejecutivo de PROINVERSION solicita designar a un representante del MTC a efectos de suscribir el Contrato de Concesion del MORDAZA Aeropuerto Internacional de Chinchero ­ Cusco; Que, el articulo 30 del Reglamento del Texto Unico Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras

El Peruano Miercoles 25 de junio de 2014

publicas de infraestructura y de servicios publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, establece que es atribucion de los sectores y/u organismos del Estado suscribir el Contrato de Concesion; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones intervendra en calidad de Concedente en el Contrato de Concesion; en representacion del Estado de la Republica del Peru; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, establece en el articulo 6 y en el literal k) del articulo 7 que el Ministro representa al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; pudiendo delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su funcion de Ministro de Estado; Que, los literales i) y j) del articulo 9 del Reglamento senalan que los Viceministros tienen como funcion especifica representar al Ministro en los actos y gestiones que le MORDAZA encomendados y las demas que el Ministro les delegue, en el ambito de su competencia; Que, estando a lo informado por PROINVERSION y por la Direccion General de Concesiones en Transportes de este Ministerio, corresponde autorizar al funcionario que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscribira el Contrato de Concesion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370 y en los Decretos Supremos Nº 059-96-PCM, Nº 060-96PCM y Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Viceministro de Transportes para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que actuara en calidad de Concedente, suscriba el Contrato de Concesion para el diseno, financiamiento, construccion, operacion y mantenimiento del MORDAZA Aeropuerto Internacional de Chinchero en Cusco; asi como los documentos que resulten necesarios para su aprobacion, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 1100912-1

Ratifican Memorando de Entendimiento/ Acta suscrito entre las Autoridades Aeronauticas de la Republica del Peru y de la Republica Portuguesa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 413-2014 MTC/02 MORDAZA, 20 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, el articulo 8 de la Ley No. 27261 ­ Ley de Aeronautica Civil del Peru establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es la unica Autoridad Aeronautica Civil; asimismo, agrega que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con autonomia tecnica, administrativa y financiera necesaria para el cumplimiento de sus funciones; Que, el literal n) del articulo 9 de la Ley No. 27261, senala que la Direccion General de Aeronautica Civil es competente, entre otras cosas, para ejecutar la politica aerea nacional, asi como negociar y suscribir acuerdos en materia aeronautica de indole tecnico o aerocomercial; Que, el articulo 82 de la Ley No. 27261 senala que la actividad aerocomercial se establece en el orden internacional mediante servicios de transporte aereo de empresas nacionales y extranjeras, a cuyo efecto la Direccion General de Aeronautica Civil otorgara las respectivas autorizaciones y celebrara actas o memoranda de entendimiento sobre transporte aereo, las que para entrar en vigencia deberan ser ratificadas por el Ministro de Transportes y Comunicaciones;

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