Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2014 (26/06/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Jueves 26 de junio de 2014

526125
Fortalecimiento de la SUNAT y MORDAZA modificatoria; y el inciso o) del articulo 8° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolucion de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- SUSTITUCION DE LA MORDAZA DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N.° 124-2013/ SUNAT Sustituyase la MORDAZA disposicion complementaria final de la Resolucion de Superintendencia N.° 124-2013/ SUNAT y MORDAZA modificatoria, por el siguiente texto: "Segunda.- APLICACION DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 2° DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N.° 234-2005/SUNAT Lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 2° de la Resolucion de Superintendencia N.° 234-2005/SUNAT modificado por las Resoluciones de Superintendencia N.os 028-2013/SUNAT, 069-2013/SUNAT y 124-2013/ SUNAT, se encontrara vigente hasta el 31 de diciembre de 2014. A partir del 1 de enero de 2015, el regimen de retenciones del impuesto a la renta, aprobado por la Resolucion de Superintendencia N.° 234-2005/SUNAT y normas modificatorias, sera de aplicacion respecto de los productos primarios derivados de la actividad agropecuaria.". DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion en el diario oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 1101318-1

y Reduccion del Riesgo de Desastres ­ CENEPRED y al Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, para las acciones de coordinacion como integrantes del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres ­ SINAGERD. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 1101315-1

Se prorroga la exclusion temporal de las operaciones que se realicen con los productos primarios derivados de la actividad agropecuaria de la aplicacion del regimen de retencion del Impuesto a la Renta, aprobado por la Resolucion de Superintendencia N° 234-2005/ SUNAT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 195-2014/SUNAT MORDAZA, 24 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que el articulo 10° del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.° 133-2013-EF y MORDAZA modificatoria, establece que la administracion tributaria podra designar como agentes de retencion a los sujetos que considere que se encuentran en disposicion para efectuar la retencion de tributos; Que el inciso f) del articulo 71° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 179-2004-EF y normas modificatorias, otorga la calidad de agente de retencion a las personas, empresas o entidades que paguen o acrediten rentas de tercera categoria a sujetos domiciliados, designadas por la SUNAT mediante resolucion de superintendencia, asi como establece que las retenciones se efectuaran por el monto, en la oportunidad, forma, plazos y condiciones que establezca dicha entidad; Que mediante Resolucion de Superintendencia N.° 234-2005/SUNAT y normas modificatorias, se aprueba el regimen de retenciones del impuesto a la renta sobre operaciones por las cuales se emitan liquidaciones de compra, senalandose en el MORDAZA parrafo del articulo 2° de la citada resolucion de superintendencia que se excluye de su alcance a las operaciones que se realicen respecto de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria; Que la MORDAZA disposicion complementaria final de la Resolucion de Superintendencia N.° 1242013/SUNAT y MORDAZA modificatoria establece que la exclusion dispuesta en el articulo 2° citado en el considerando anterior se encontrara vigente hasta el 30 de junio de 2014, agregando que a partir del 1 de MORDAZA de 2014 sera de aplicacion el mencionado regimen de retenciones del impuesto a la renta, respecto de los productos primarios derivados de la actividad agropecuaria; Que resulta conveniente prorrogar la mencionada exclusion temporal de los alcances del regimen de retenciones del impuesto a la renta MORDAZA referido; Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolucion por considerar que ello resulta innecesario, en la medida que unicamente se amplia la vigencia de una medida ya existente; En uso de las facultades conferidas por el inciso f) del articulo 71° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta; el articulo 11° del Decreto Legislativo N.° 501 y normas modificatorias; el articulo 5° de la Ley N.° 29816, Ley de

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD
Aprueban el Clasificador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Salud
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 086-2014-SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD/S MORDAZA, 10 de junio de 2014 VISTOS: Los Informes Nº 00878 y N° 00886-2014/OGA, emitidos por el Director General de la Oficina General de Administracion y la Coordinadora en Gestion de las Personas (e); CONSIDERANDO; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1158, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 06 de diciembre de 2013, se disponen medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominacion de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud por Superintendencia Nacional de Salud, constituyendose como organismo tecnico especializado adscrito al Ministerio de Salud, con autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera, y determinandose su ambito, competencias, funciones y estructura organica basica;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.