Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2014 (27/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano Viernes 27 de junio de 2014

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b. Se dicte una medida cautelar de suspension provisional de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mera y de siete regidores del Concejo Provincial de Maynas, ya que dichas autoridades municipales no tienen la intencion de pronunciarse sobre el fondo de su pedido de declaratoria de vacancia (fojas 168 a 174). c. Se ordene al procurador publico del MORDAZA Nacional de Elecciones que formule denuncia contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mera, siete regidores, la actual y anterior gerente municipal, el gerente de administracion, el secretario general y el subgerente de recursos humanos de la Municipalidad Provincial de Maynas, por la comision de los delitos de usurpacion de funciones, desobediencia a la autoridad, abuso de autoridad, incumplimiento de deberes funcionales, falsedad generica y asociacion ilicita para delinquir, debido a que no se han pronunciado, dentro de los plazos previstos para el procedimiento de declaratoria de vacancia, sobre el fondo de su solicitud (fojas 175 a 180). d. Se ordene que, dentro del plazo de veinticuatro horas, se convoque a sesion extraordinaria para emitir pronunciamiento sobre el fondo de su solicitud de declaratoria de vacancia (fojas 181 y 182). 5. Con fecha 10 de junio de 2013, Gardel MORDAZA MORDAZA comunica al MORDAZA Nacional de Elecciones que no ha suscrito documento alguno ni solicitado la declaratoria de vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mera. Por tales motivos, solicita que se disponga el archivo definitivo del expediente seguido contra la citada autoridad municipal (fojas 183 y 184 vuelta). 6. Mediante Oficio N.º 1535-2013-SG-MPM (fojas 185), recibido el 11 de junio de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, secretario general encargado de la Municipalidad Provincial de Maynas, remite al MORDAZA Nacional de Elecciones el informe pericial grafotecnico elaborado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, perito grafotecnico, en la que concluye que la firma consignada en los documentos presentados ante el MORDAZA Nacional de Elecciones por Gardel MORDAZA MORDAZA no le corresponden (fojas 186 a 197). 7. Con fecha 17 de junio de 2013, MORDAZA Noronha MORDAZA solicita su adhesion al pedido de declaratoria de vacancia presentado por Gardel MORDAZA MORDAZA (fojas 198 a 208) y que el MORDAZA Nacional de Elecciones se pronuncie sobre el fondo del procedimiento de declaratoria de vacancia seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mera (fojas 220 y 222). 8. A traves del Auto N.º 2, del 11 de MORDAZA de 2013 (fojas 281 al 286), el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones requirio a la alcaldesa provisional y a los regidores del Concejo Provincial de Maynas, asi como a la secretaria general de la Municipalidad Provincial de Maynas, a que cumplan con el tramite legal establecido y den cumplimiento a lo dispuesto por este organo colegiado en el Auto N.º 1, del 27 de febrero de 2013. Asi, considero que correspondia al Concejo Provincial de Maynas pronunciarse, en sesion extraordinaria, sobre los siguientes puntos: a. El escrito presentado por Gardel MORDAZA MORDAZA, a efectos de que se pronuncie sobre lo alegado por dicho ciudadano, asi como sobre el pedido de archivo del procedimiento. b. La solicitud de adhesion al procedimiento de declaratoria de vacancia iniciado por Gardel MORDAZA MORDAZA, presentada por MORDAZA Noronha Salazar. c. En caso de que se rechace el pedido presentado por Gardel MORDAZA MORDAZA, de que se archive su pedido, atendiendo a su alegacion de que no suscribio la solicitud de traslado, se acepte la solicitud de adhesion al procedimiento de declaratoria de vacancia o se decida continuar, de oficio, con el procedimiento en cuestion, el concejo municipal debera pronunciarse sobre si los hechos imputados a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mera, implicaba su concurrencia o no en la causal prevista en el articulo 11 de la LOM. 9. Con el Oficio N.º 2071-2013-SG-MPM (fojas 339), el secretario general de la Municipalidad Provincial de Maynas remitio el expediente de traslado de solicitud de declaratoria de vacancia seguido en contra de la alcaldesa provisional MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mera, en atencion a lo dispuesto en el articulo primero del Acuerdo de Concejo N.º 123-2013-SE-MPM, del 16 de MORDAZA de 2013, que dispone "elevar en terminos de consulta" a este Supremo

de la Municipalidad Provincial de Maynas, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 11, de la Ley N.º 27972, Ley Organica de Municipalidades, respectivamente, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES A) Expediente N.º J-2013-00211 La solicitud de traslado del pedido de declaratoria de vacancia 1. Con fecha 10 de febrero de 2013, Gardel MORDAZA MORDAZA presento una solicitud de traslado de declaratoria de vacancia (fojas 2 a 24), dirigida en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mera, regidora y actual alcaldesa provisional de la Municipalidad Provincial de Maynas, por considerar que al ejercer el cargo de regidora en el ano 2011, incurrio en la causal prevista en el articulo 11 de la Ley N.º 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). El ejercicio indebido de funciones administrativas se materializa, a criterio del solicitante, en las siguientes resoluciones de alcaldia suscritas por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mera como "alcaldesa accesitaria": a. Resolucion de Alcaldia N.º 304-2011-A-MPM, de fecha 4 de MORDAZA de 2011, que otorga a favor de la empresa Consular de Italia, un MORDAZA economico de S/. 5 000,00 (cinco mil y 00/100 nuevos soles), para la inauguracion y desarrollo de la "III Semana Italiana en la Amazonia" (fojas 26). b. Resolucion de Alcaldia N.º 306-2011-A-MPM, de fecha 12 de MORDAZA de 2011, que reconoce la deuda de ejercicios anteriores a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por S/. 2 016,00 (dos mil dieciseis y 00/100 nuevos soles) (fojas 27). c. Resolucion de Alcaldia N.º 307-2011-A-MPM, de fecha 16 de MORDAZA de 2011, que ratifica la designacion, a partir del 1 de MORDAZA de 2011, de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ceba como subgerente de logistica, autorizando su inclusion en las respectivas planillas, lo que supone que tendra efectos retroactivos (fojas 28). d. Resolucion de Alcaldia N.º 308-2011-A-MPM, del 16 de MORDAZA de 2011, que reconoce la deuda de ejercicios anteriores a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por S/. 3 316,00 (tres mil trescientos dieciseis y 00/100 nuevos soles) (fojas 29). A juicio del solicitante, la delegacion otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mera, cuando tenia la condicion de tercera regidora, la legitimaba, en todo caso, para ejercer atribuciones politicas, mas no asi administrativas o ejecutivas. Asimismo, indica que la situacion es similar a la abordada por el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en la Resolucion N.º 781-2012JNE, que declaro la vacancia del primer regidor, MORDAZA MORDAZA Guimas Gadea. 2. Mediante Auto N.º 1, del 27 de febrero de 2013 (fojas 86 a 88), el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones traslado la solicitud de vacancia, presentada por Gardel MORDAZA MORDAZA, al Concejo Provincial de Maynas. Dicha solicitud fue notificada a los miembros del citado concejo municipal los dias 20 y 21 de marzo de 2013 (fojas 91 a 106). 3. En sesion extraordinaria, de fecha 2 de MORDAZA de 2013, contando con la asistencia de la alcaldesa provisional y de trece regidores, por siete votos a favor, cuatro en contra y tres abstenciones, el Concejo Provincial de Maynas decidio reservar su pronunciamiento sobre la solicitud de declaratoria de vacancia presentada por Gardel MORDAZA MORDAZA hasta que la oficina general de asesoria juridica emita opinion legal respecto del pedido de abstencion formulado por el regidor MORDAZA MORDAZA Mera MORDAZA (fojas 150 a 159). Dicha decision fue formalizada mediante el Acuerdo de Concejo N.º 081-2013-SE-MPM, de fecha 2 de MORDAZA de 2013 (foja 160). 4. Con fecha 6 de junio de 2013, Gardel MORDAZA MORDAZA solicita al MORDAZA Nacional de Elecciones lo siguiente: a. Que ordene a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mera, alcaldesa provisional de la Municipalidad Provincial de Maynas, que respete los plazos establecidos para el procedimiento de declaratoria de vacancia (fojas 162 a 167).

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