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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2014 (13/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 34

El Peruano Jueves 13 de marzo de 2014 518740 transporte terrestre de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional y las actividades vinculadas con el transporte de mercancía en el ámbito nacional; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 9° inciso b) de la Ley N° 29380, corresponde al Consejo Directivo de la SUTRAN designar y remover a los funcionarios de la Superintendencia; Que, los incisos h) y l) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUTRAN, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2010-MTC, establecen como órgano máximo de la Superintendencia al Consejo Directivo, estando dentro de sus funciones designar y remover a los funcionarios públicos de la SUTRAN, así como expedir resoluciones en el ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución del Consejo Directivo N° 36-2013-SUTRAN/01.1 del 18 de abril de 2013, se encargó las funciones de Ejecutor Coactivo a la señorita SILVANA FANO CASACHAGUA; Que, mediante Carta recepcionada con fecha 14 de febrero de 2014, la señorita SILVANA FANO CASACHAGUA ha presentado su renuncia a la SUTRAN; Que, la Superintendente mediante Proveído N°04922 del 26 de febrero de 2014, ha solicitado se eleve la propuesta al Consejo Directivo para encargar las funciones de Ejecutor Coactivo a la señora KATHERINA VICTORIA BUSSE NAVARRETE, para garantizar la continuidad del servicio y; Estando a los documentos de Visto y de conformidad con la Ley N° 29380, y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 021- 2010-MTC y contando con la opinión de la O¿ cina de Asesoría Legal mediante el Informe Legal N° 063-2014- SUTRAN/05.1; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir del 01 de marzo de 2014, la renuncia de la señorita SILVANA FANO CASACHAGUA, dejando sin efecto la Resolución del Consejo Directivo N° 36-2013-SUTRAN/01.1 en la función de Ejecutora Coactiva de la SUTRAN, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Encargar, a partir del 01 de marzo de 2014, la función de Ejecutor Coactivo a la señora KATHERINA VICTORIA BUSSE NAVARRETE, con retención de su función como Auxiliar Coactivo. Artículo 3º.- Comunicar la presente Resolución a la Secretaría General, a la Dirección de Evaluación y Sanciones, a la O¿ cina de Administración, a la Unidad de Personal para su conocimiento y ¿ nes. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la página web institucional de la SUTRAN. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELVIRA MOSCOSO CABRERA Presidente del Consejo Directivo de SUTRAN ABEL ALVARADO HUERTAS Miembro del Consejo Directivo de SUTRAN 1060520-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en los departamentos de Lima, Cajamarca, Puno, Arequipa, Moquegua, La Libertad, Piura y Tumbes SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN N° 049-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 26 de febrero de 2014 Visto el Expediente N° 279-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 2 387 594,91 m², ubicado al Este del Asentamiento Humano “Virgen de la Candelaria”, colindante a los distritos de La Molina y Pachacamac, en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grá¿ ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identi¿ có el terreno de 2 387 594,91 m², ubicado al Este del Asentamiento Humano “Virgen de la Candelaria”, colindante a los distritos de La Molina y Pachacamac, en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, que se encontraría sin inscripción registral; Que, efectuada la consulta catastral a la Zona Registral N°IX – Sede Lima, ésta, mediante O¿ cio N° 1872-2013- SUNARP-Z.R.N°IX/GPI de fecha 23 de setiembre de 2013, remitió el Informe Técnico N° 14267-2013-SUNARP- Z.R.N°IX/OC, en el que señala que el predio en consulta se ubica en ámbito donde no se ha identi¿ cado a la fecha antecedente grá¿ co registral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 09 de diciembre de 2013, se veri¿ có que el predio es de naturaleza eriaza y presenta una topografía inclinada y accidentada cuyo relieve está conformado por quebradas y cerros, con suelo de textura arenosa y rocosa, encontrándose sin edi¿ caciones; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 2 387 594,91 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modi¿ cada por la Directiva Nº 003-2004/ SBN, que regulan el trámite de inscripción en primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modi¿ catorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº0021-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 28 de enero de 2014; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 2 387 594,91 m², ubicado al Este del Asentamiento Humano “Virgen de la Candelaria”, colindante a los distritos de La Molina y Pachacamac, en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima; según el Plano Perimétrico y Memoria Descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del