Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2014 (13/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Jueves 13 de marzo de 2014

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Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0036-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 13 de febrero de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA de 1 321,43 m², ubicado en el Caserio Tunas Loma, al Este y aledano a la Institucion Educativa N° 10749 y al Sureste de la MORDAZA Deportiva del caserio, en el Sector Tunas Loma del distrito San MORDAZA de Lucma, provincia de Cutervo y departamento de Cajamarca; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La O cina Registral de Chota de la MORDAZA Registral N° II ­ Sede Chiclayo de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Chota. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1060226-2 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION N° 051-2014/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 26 de febrero de 2014 Visto el Expediente N° 059-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA de 2 100,00 m², ubicado a 2.7 Km al Suroeste del Centro Poblado Laro en la ruta hacia la localidad de Coa y a 7.3 Km al Noroeste de la MORDAZA MORDAZA en el Sector Jupari del distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA y departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, con fecha 18 de MORDAZA de 2012, se suscribio el Convenio N° 129-2012 de cooperacion interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento, el Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI y la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, que tiene como objetivo jar los lineamientos administrativos y de operatividad que deberan seguir las partes, segun corresponda, para que COFOPRI brinde informacion que permita a la SBN efectuar la primera inscripcion de dominio de los predios destinados para el Programa de Apoyo al Habitat Rural ­ Tambos; Que, revisada la base gra ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identi co el terreno

terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1060226-1 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION N° 050-2014/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 26 de febrero de 2014 Visto el Expediente N° 214-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA de 1 321,43 m², ubicado en el Caserio Tunas Loma, al Este y aledano a la Institucion Educativa N° 10749 y al Sureste de la MORDAZA Deportiva del caserio, en el Sector Tunas Loma del distrito San MORDAZA de Lucma, provincia de Cutervo y departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, con fecha 18 de MORDAZA de 2012, se suscribio el Convenio N° 129-2012 de cooperacion interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento, el Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI y la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, que tiene como objetivo jar los lineamientos administrativos y de operatividad que deberan seguir las partes, segun corresponda, para que COFOPRI brinde informacion que permita a la SBN efectuar la primera inscripcion de dominio de los predios destinados para el Programa de Apoyo al Habitat Rural ­ Tambos; Que, revisada la base gra ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identi co el terreno MORDAZA de 1 321,43 m², ubicado en el Caserio Tunas Loma del distrito de San MORDAZA de Lucma, provincia de Cutervo y departamento de MORDAZA, se encuentra sin inscripcion registral; Que, mediante Certi cado de Busqueda Catastral de fecha 27 de noviembre de 2012 sobre la base del Informe Tecnico Catastral N° 279-2012/Z.R.N° II/OCOR-CHOTA-R, se concluye que el predio en cuestion se encuentra sobre ambito donde no se puede determinar sus antecedentes registrales; Que, el tercer parrafo del articulo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, senala que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senala la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, con fecha 03 de MORDAZA de 2013, se realizo la inspeccion tecnica al predio en cuestion, veri cando que existe una edi cacion de material noble correspondiente al Centro de Servicios de Apoyo al Habitat Rural (Tambo) de Tunas Loma; Que, el Articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA de 1 321,43 m², de conformidad con el Articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modi cada por la Directiva

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