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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2014 (18/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Martes 18 de marzo de 2014 519061 EDUCACION Modifican “Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Gestión y Asignación de Recursos”, aprobada por R.M. Nº 019-2014- MINEDU RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 101-2014-MINEDU Lima, 14 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, el artículo 19 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2014, dispone que con cargo a los recursos previstos en el pliego Ministerio de Educación, se transferirán a favor de las unidades ejecutoras de educación de los gobiernos regionales a nivel nacional hasta S/. 153 900 000,00 (CIENTO CINCUENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) para el fi nanciamiento de bienes y servicios del Programa Presupuestal Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular y del Programa Presupuestal Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular; y, que de dichos recursos se podrán transferir a favor de las unidades ejecutoras de educación de los gobiernos regionales a nivel nacional hasta S/. 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) para el fi nanciamiento de nuevas plazas docentes para la ampliación de la cobertura en educación inicial; Que, el referido artículo adicionalmente precisa que dichos recursos serán transferidos previo cumplimiento de compromisos de gestión para la adecuada provisión de servicios educativos de calidad en el aula, y que tales compromisos, así como los lineamientos y requisitos serán defi nidos mediante resolución ministerial del Ministerio de Educación; Que, en atención a ello, con Resolución Ministerial N° 019-2014-MINEDU se aprobó la “Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Gestión y Asignación de Recursos”, en adelante la Norma Técnica, cuya fi nalidad es establecer los compromisos de gestión, procedimientos y requisitos para la transferencia de recursos orientados a una adecuada provisión de servicios educativos de calidad en el aula, en el marco de la disposición legal antes mencionada; disponiendo en su acápite V, que las unidades ejecutoras de los Gobiernos Regionales deben cumplir con los referidos Compromisos de Gestión para acceder a los recursos señalados en dicho documento normativo; Que, de acuerdo con lo establecido en el acápite VII de la Norma Técnica, la evaluación del cumplimiento de los Compromisos de Gestión es realizada por la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación sobre la base de los resultados obtenidos por cada unidad ejecutora en cada uno de los compromisos que le corresponden, estableciendo además, que los resultados de dichas evaluaciones serán aprobados mediante informe del mencionado órgano, en función de los informes de cumplimiento remitidos a las ofi cinas de Ministerio de Educación, y como requisito para la asignación de los recursos; Que, el literal a) del acápite VIII de la Norma Técnica establece que en el primer tramo se distribuye hasta el 50% de los recursos, que incluye el fi nanciamiento de bienes y servicios del Programa Presupuestal Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular, y como prioridad, el fi nanciamiento de nuevas plazas docentes para la ampliación de cobertura en educación inicial; distribuyéndose en el segundo tramo, el 50% restante, el mismo que también estará destinado al fi nanciamiento de bienes y servicios del referido programa presupuestal y del Programa Presupuestal Incremento en el acceso a la población de 3 a 16 años a los servicios educativos de la Educación Básica Regular; Que, mediante el Ofi cio N° 040-2014-MINEDU/SPE, la Secretaría de Planifi cación Estratégica remite el Informe Nº 001-2014-MINEDU/SPE-CMCM, en el cual señala que, teniendo en cuenta los resultados del cumplimiento de los Compromisos de Gestión en las referidas unidades ejecutoras después de culminado el primer tramo, y teniendo en cuenta lo señalado por la Dirección General de Educación Básica Regular en su Ofi cio N° 009-2014- VMGP-DIGEBR-DEI, se observa que los recursos para cubrir las plazas validadas para educación inicial no serán transferidos en su totalidad, a pesar del signifi cativo cumplimiento de dichas unidades ejecutoras; Que, adicionalmente, con Informe N° 002-2014- MINEDU/SPE-CMCM, la especialista de la referida secretaría manifi esta que dado que a la fecha se cuenta con información complementaria que amplía los resultados de la evaluación del cumplimiento de los Compromisos de Gestión del primer tramo, resulta necesario incluir la aprobación de estos resultados complementarios; y que si bien en el acápite IX de la referida Norma Técnica se hace referencia a la distribución de los recursos no asignados por incumplimiento de los Compromisos de Gestión del primer y segundo tramo, es necesario precisar que dichos recursos se distribuirán en la transferencia correspondiente al segundo tramo, ya que se requiere verifi car el cumplimiento de los referidos compromisos de ambos tramos para determinar la magnitud de los recursos a distribuirse entre las unidades ejecutoras de mayor cumplimiento; Que, en atención a ello, la Secretaría de Planifi cación Estratégica recomienda modifi car la Norma Técnica a fi n que en caso las unidades ejecutoras cumplan con los Compromisos de Gestión del segundo tramo, la transferencia de recursos sea destinada prioritariamente a cubrir las plazas de educación inicial faltantes; como se señaló para el primer tramo; De conformidad con la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2014; el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley N° 26510; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 006- 2012-ED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car el literal a) del acápite VIII de la “Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Gestión y Asignación de Recursos”, aprobada por Resolución Ministerial N° 019-2014- MINEDU, quedando redactado de la siguiente manera: “VIII. DE LA ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS DE LOS COMPROMISOS DE GESTIÓN A LAS UNIDADES EJECUTORAS (…) a) Los recursos se distribuyen en dos tramos, cada uno de ellos condicionado al cumplimiento de los Compromisos de Gestión y a lo regulado sobre las condiciones de otorgamiento señaladas en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014. En el primer tramo se distribuye hasta el 50% de los recursos, que incluye el fi nanciamiento de bienes y servicios del Programa Presupuestal Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular y, como prioridad, el fi nanciamiento de nuevas plazas docentes para la ampliación de cobertura en educación inicial. En el segundo tramo se distribuirá el 50% restante, adicionalmente a los recursos no asignados por incumplimiento de los Compromisos de Gestión a que hace referencia el Acápite IX y los recursos correspondientes a los resultados complementarios de la evaluación del cumplimiento de los Compromisos de Gestión que corresponden al primer tramo. Los recursos a distribuirse en el segundo tramo, serán destinados al fi nanciamiento de bienes y servicios del Programa Presupuestal Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular y del Programa Presupuestal