Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2014 (18/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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El Peruano Martes 18 de marzo de 2014

ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Rectifican y precisan la Res. Nº 15382013-ANR
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0242-2014-ANR MORDAZA, 18 de febrero de 2014 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTO: Resolucion Nº 1538-2014-ANR, de fecha 18 de octubre de 2013; informe Nº 071-2014-DGAJ, de fecha 07 de febrero de 2014, memorando Nº 141-2014-SE, de fecha 17 de febrero de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 1538-2013-ANR, se autorizo la baja patrimonial contable de aparatos electricos y electronicos ­ RAEE y la transferencia en la modalidad de donacion a favor de la empresa Cia. Quimica MORDAZA S.A; Que de acuerdo a la doctrina, es conforme sostener que el error material atiende a un "error de transcripcion", un error de mecanografia", un error de expresion", en la redaccion del documento", en otras palabras, un error al soporte material que lo contiene y no a la voluntad o razonamiento del acto"; Que, el numeral 201.1 del articulo 201º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, precisa que "los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision"; Que, por su parte, el Tribunal Constitucional en el Exp. 2451-2003-AA, de fecha 28 de octubre de 2003, preciso: "... La potestad de rectificacion tiene por objeto corregir una cosa equivocada, por ejemplo un error material o de calculo en un acto preexistente. La administracion emite una declaracion formal de rectificacion, mas no rehace la misma resolucion, es decir no sustituye a la anterior, sino que la modifica..." Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboracion de una resolucion, segun el informe de la Direccion General de Asesoria Juridica, por la que se rectifique el error material de la Resolucion Nº 15382013-ANR, respecto al nombre de la beneficiada de la donacion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar la Resolucion Nº 1538-2013ANR, de fecha 18 de octubre de 2013. Modificandose en el siguiente extremo "Cia. Quimica MORDAZA S.A", por empresa Cia. Quimica Industrial del MORDAZA S.A. Articulo 2º.- Precisar que la Resolucion Nº 15382013-ANR queda vigente en todos los demas extremos, adicionandole el articulo que precisa "la ANR, verificara que los bienes donados hayan sido utilizados en actividades que no son contrarias a los fines del Estado, bajo sancion de extincion del derecho o resolucion del contrato de donacion". Articulo 3º.- Transcribir la presente resolucion a la empresa Cia. Quimica Industrial del MORDAZA S.A.

Articulo 4º.- Publicar la presente resolucion en la pagina web de la institucion y en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 1062920-1

Aceptan abstencion formulada por el Rector de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Gallo de formar parte de la Comision Ad Hoc para la Universidad MORDAZA Garcilaso de la MORDAZA
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0457-2014-ANR MORDAZA, 17 de marzo de 2014 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El oficio Nº 053-2014-R, de fecha 14 de marzo de 2014; memorando N° 215-2014-SE, de fecha 17 de marzo de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion N° 0445-2014-ANR, de fecha 11 de marzo de 2014 y de conformidad con lo previsto en el articulo 18 del Reglamento de Intervencion de Universidades Publicas y Privadas, se designo una Comision Ad Hoc, para la Universidad MORDAZA Garcilaso de la MORDAZA, designando entre otros al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como integrante de dicha comision; Que con oficio de Vistos, el Rector de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Gallo Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se dirige al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores y formula su abstencion a formar parte de la Comision Ad Hoc para la Universidad MORDAZA Garcilaso de la MORDAZA, argumentando que su persona tuvo una primera participacion de la Comision de Rectores en calidad de informante para la referida MORDAZA de Estudios, designada mediante Resolucion N° 0348-2014-ANR, por lo que acogiendose a lo prescrito en el inciso 3) del articulo 88° de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, debe abstenerse de participar; Que, de conformidad con el articulo 89.1 de la Ley No. 27444 corresponde sin mas tramite emitir pronunciamiento sobre la abstencion planteada por el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Garcia; sin perjuicio de adoptarse las medidas necesarias a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolucion N° 0445-2014-ANR; Que, en efecto mediante Resolucion N° 0348-2014ANR se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como integrante de la Comision de Rectores en calidad de informante para la Universidad MORDAZA Garcilaso de la MORDAZA, quien conjuntamente con los Rectores Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Dr. MORDAZA Saldana MORDAZA emitieron el Informe No. 01-2014-CI-ANR del 5 de marzo de 2014; Que, la Secretaria Ejecutiva mediante el memorando de Vistos, dispone elaborar una resolucion, modificando la Resolucion N° 0445-2014-ANR, en el extremo de designar al MORDAZA integrante de la mencionada Comision Ad Hoc para la Universidad MORDAZA Garcilaso de la Vega;

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