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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2014 (23/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Domingo 23 de marzo de 2014 519406 sanitaria de calidad, fortaleciendo la autoridad sanitaria pesquera, elevándola a niveles de competitividad técnica y científi ca, con el propósito de proteger la vida y la salud pública; Que, el artículo 5 de la citada Ley establece la estructura orgánica del SANIPES para el cumplimiento de sus fi nes, estableciéndose, entre otros, el cargo de Director Ejecutivo; Que, por su parte, el artículo 8 de la mencionada Ley, señala que el Director Ejecutivo desempeña funciones ejecutivas y es designado por resolución suprema a propuesta del Ministro de la Producción. Asimismo, se dispone que la designación está sujeta a mecanismos objetivos de evaluación y selección, que aseguren la idoneidad profesional y la especialidad requerida para el ejercicio del cargo y la inexistencia de incompatibilidades o de confl ictos de interés; Que, en consecuencia, resulta necesario conformar una Comisión que se encargue del proceso para la selección del Director Ejecutivo del SANIPES; Con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30063, Ley de creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y, la Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación y objetivo de la Comisión Evaluadora Créase una Comisión Evaluadora encargada de llevar a cabo el proceso de selección del Director Ejecutivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES). La Comisión Evaluadora dependerá del Ministerio de la Producción. Artículo 2.- Conformación de la Comisión Evaluadora La Comisión Evaluadora estará conformada de la siguiente manera: - El Viceministro de Pesquería del Ministerio de la Producción, quien la presidirá; - El Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de la Producción; y, - El Director General de Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción, quien ejercerá funciones de Secretaria Técnica de la Comisión. Artículo 3.- De las funciones de la Comisión Evaluadora La Comisión Evaluadora tendrá las siguientes funciones: - Establecer su régimen de funcionamiento interno. - Diseñar y aprobar un mecanismo objetivo de evaluación y selección, que asegure la idoneidad profesional y la especialidad requerida para el ejercicio del cargo de Director Ejecutivo de SANIPES y la inexistencia de incompatibilidades o confl ictos de interés. - Llevar a cabo el proceso de evaluación previamente diseñado por la Comisión. - Comunicar al Titular del Sector el resultado del proceso de evaluación. Artículo 4.- Instalación y plazo de la Comisión Evaluadora 4.1 La Comisión Evaluadora deberá instalarse dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la publicación de la presente Resolución Ministerial. 4.2 En un plazo máximo de sesenta (60) días calendario, contados a partir del día siguiente de su instalación, la Comisión Evaluadora presentará al Titular del Sector su Informe Final, conteniendo la descripción de la metodología y el resultado del proceso de selección. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1065776-2 RELACIONES EXTERIORES Cancelan Exequátur que reconoce a Cónsul General de Chile en Lima RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 037-2014-RE Lima, 22 de marzo de 2014 VISTA: La Nota Nº 134/2014, de fecha 20 de febrero de 2014, de la Embajada de Chile, mediante la cual se informa la designación del señor Juan Pedro Pablo Crisóstomo Merino, como Cónsul General de Chile en Lima, en reemplazo del señor Alejandro Arnaldo Marisio Cugat; CONSIDERANDO: Que, la Resolución Suprema Nº 129-2009-RE, de fecha 31 de marzo de 2009, reconoce al señor Alejandro Arnaldo Marisio Cugat, como Cónsul General de Chile en Lima, con circunscripción en los Departamentos de Amazonas, Ancash, Ayacucho, Cajamarca, Huánuco, Ica, Junín, Lambayeque, La Libertad, Lima, Loreto, Pasco, Piura, San Martín, Tumbes y Ucayali y la Provincia Constitucional del Callao; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, en el sentido que procede la cancelación del Exequátur otorgado; De conformidad con lo establecido en el artículo 118º, inciso 11, de la Constitución Política del Perú; y en el artículo 25º, incisos a y b, de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; SE RESUELVE: Artículo Único.- Cancelar el Exequátur que reconoce al señor Alejandro Arnaldo Marisio Cugat, como Cónsul General de Chile en Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1065779-11 Nombran Cónsul General del Perú en Atlanta, Estados Unidos de América RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 038-2014-RE Lima, 22 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, el artículo 62º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República dispone que los funcionarios del Servicio Diplomático desempeñan funciones indistintamente, en la Cancillería, en las misiones