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El Peruano Domingo 23 de marzo de 2014 519416 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a Panamá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 052-2014-PROMPERÚ/SG Lima, 18 de marzo de 2014 Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, PROMPERÚ, conjuntamente con veintisiete (27) empresas nacionales de los sectores industria de la vestimenta, manufacturas diversas, agro y agroindustriales, ha programado su participación en la Feria Internacional “EXPOCOMER 2014”, a realizarse del 26 al 29 de marzo de 2014, en la ciudad de Panamá, República de Panamá, con el objetivo de promover nuestra oferta exportable en el mercado; Que, resulta de importancia la participación en esta Feria, por ser el evento multisectorial más importante de Centroamérica, lo que facilitará a las empresas peruanas participantes la internacionalización y posicionamiento de sus productos dentro del mercado centroamericano, así como la búsqueda de potenciales compradores, importadores y distribuidores, que faciliten el ingreso de nuestras exportaciones a dicho mercado; Que, por tal razón, la Dirección de Promoción de las Exportaciones de PROMPERÚ, ha solicitado que se autorice el viaje del señor Mario Eduardo Ocharan Casabona y Cecilia del Rosario Pacheco Medina, quienes prestan servicios en la Dirección de Promoción de las Exportaciones y de la señorita Danae Yamashiro Chiong, quien presta servicios en la Dirección de Comunicaciones e Imagen País, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, para que en representación de PROMPERÚ, participen en la referida Feria, realizando acciones de promoción de exportaciones de importancia para el país y coordinando cuanto se refi ere a la instalación y atención del stand peruano; Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del señor Mario Eduardo Ocharan Casabona, del 25 al 27 de marzo de 2014 y de las señoritas Cecilia del Rosario Pacheco Medina y Danae Yamashiro Chiong, del 24 al 30 de marzo de 2014 y del 24 al 28 de marzo de 2014, respectivamente, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo acciones de promoción de nuestras exportaciones durante la Feria mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Mario Eduardo Ocharan Casabona: - Viáticos (US$ 315,00 x 2 días) : US$ 630,00 - Pasajes Aéreos : US$ 891.00 Cecilia del Rosario Pacheco Medina: - Viáticos (US$ 315,00 x 6 días) : US$ 1 890,00 - Pasajes Aéreos : US$ 654,00 Danae Yamashiro Chiong: - Viáticos (US$ 315,00 x 4 días) : US$ 1 260,00 - Pasajes Aéreos : US $ 487,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal que se autoriza a través del artículo 1º de la presente resolución, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la Feria a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1065670-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Confirman extremos de la Res. Nº 038- 2011/CFD-INDECOPI emitida por la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios, sobre la aplicación de derechos antidumping definitivos a determinadas importaciones de tejidos de fibras discontinuas de poliéster, originarios de la República de la India TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Sala Especializada en Defensa de la Competencia RESOLUCIÓN 2433-2013/SDC-INDECOPI EXPEDIENTE Nº 0041-2009/CFD PROCEDENCIA : COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE DUMPING Y SUBSIDIOS SOLICITANTE : COMPAÑÍA UNIVERSAL TEXTIL S.A. APERSONADOS : COMERCIAL TEXTIL S.A. CASIMIRES NABILA S.A.C. G.O. TRADERS S.A. BSL LIMITED TEXTEC GROUP S.A.C. TEXTIL SERNA S.A.C.