Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2014 (29/03/2014)


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conectan los niveles superiores de las aceras y de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la MORDAZA Tecnica NTE.U 190 "Adecuacion Urbanistica para personas con discapacidad" aprobada por Resolucion Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07 de febrero del 2001. Obras Sanitarias.- Fueron ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que fueron aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados ejecutaran las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la Empresa Concesionaria LUZ DEL SUR debiendo poner en su conocimiento la fecha de inicio y termino de los mismos. Instalaciones Telefonicas.- Para las instalaciones telefonicas, los interesados deberan coordinar con la Gerencia de proyectos de las Plantas Externas de Telefonica del Peru S.A. de dicha compania, para la instalacion de ductos y camaras y la reserva de areas para centrales de conformidad con el Art 14 del Decreto Legislativo Nº 332 del 13 de Marzo de 1985. Articulo Tercero.- Los interesados para la aprobacion de los proyectos de edificacion y otorgamiento de Licencia de Edificacion correspondiente deberan recurrir a la Municipalidad Distrital de Chorrillos. Articulo Cuarto.- NOTIFICAR, la presente Resolucion a los administrados. Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Oficina Registral de MORDAZA y Callao para su conocimiento y fines. Articulo Sexto.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano con cargo de los interesados, dentro de 30 dias siguientes de la fecha de recepcion de la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CAYACA Gerente de Obras y Desarrollo MORDAZA 1064391-1

El Peruano Sabado 29 de marzo de 2014

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban el "Plan Local Contra la Violencia hacia las Mujeres del Distrito Comas 2014 - 2021"
ORDENANZA Nº 407-MDC EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 10.03.2014; el Dictamen Nº 03-2014-CDHEyBS/MDC, emitido por la Comision de Desarrollo Humano, Educacion y Bienestar Social; el Expediente Nº 20783-2013 de fecha 29.11.2013 presentado por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el Informe Nº 237-2013 SGPSYD-GDHEYBS/MC, de fecha 03.12.2013 emitido por la Sub Gerencia de Promocion Social y Demuna, el Informe Nº 79-2013-ZMSG-GDHEBS/MDC de fecha 06.12.2013 emitido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el Proveido Nº 2898-2013-GM/MDC; de fecha 13.12.2013 emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 985-2013GAJ-MDC de fecha 19.12.2013, emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos, el Informe Nº 078-2014-GPP/MC de fecha 11.02.2014 emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe Nº 027-2014-SGPSYD-GDHEYBS/ MC, de fecha 11.02.2014 la Sub Gerencia de Promocion Social y Demuna, la Carta Nº02-2014-MDC/CDHyBS de fecha 10.02.2014, emitido por el Regidor MORDAZA MORDAZA Fuertes, Presidente de la Comision de Desarrollo Humano, Educacion y Bienestar Social; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado mediante Ley Nº 28607, Ley de

Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 84º de la Ley Organica de Municipalidades establece como funcion de las Municipalidades en materia de programas sociales la defensa y promocion de los derechos, organizar, administrar y ejecutar programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo; Que, en el articulo 48º de la Ley organica de Municipalidades, establece como funcion de las Municipalidades distritales facilitar y participar en los espacios de concertacion y participacion ciudadana para la planificacion, gestion y vigilancia de los programas locales de desarrollo social"; Que, habiendo recibido los presentes actuados que contienen la Propuesta del "Plan Local contra la Violencia hacia la Mujer del distrito de Comas 2014-2021", debemos precisar que dicho documento pretende articular la participacion de las instituciones publicas y la Sociedad Civil con la Asistencia Tecnica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, estableciendo los lineamientos encaminados a reducir los indices de violencia contra la mujer y por consiguiente el ascenso de las disfunciones conyugales y de violencia familiar; Que, mediante Expediente Nº 20783-2013, la Consultora Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA presenta propuesta del "Plan Local Contra la Violencia hacia las Mujeres, Distrito de Comas 2014-2021; Que, mediante Informe Nº 237-2013 SGPSYDGDHEYBS/MC, emitido por la Sub Gerencia de Promocion Social y Demuna, senala haberse realizado las invitaciones respectivas a las Instituciones Publicas y Organizaciones Sociales para participar de la Mesa de Reuniones Tecnicas del mencionado Plan Local, lo que constituye un despliegue positivo para atender las futuras politicas, programas y servicios para promover, proteger y fortalecer a las acciones tendientes a disminuir la violencia contra la mujer en el distrito de Comas; Que, el Informe Tecnico Nº 79-2013-ZMSGGDHEBS/MDC, senala que el Concejo Municipal en su accionar y afirmando sus politicas locales sobre cambio y construccion de una MORDAZA MORDAZA para todos, el cual debe aprobar el Proyecto de Ordenanza el mismo que constituye una herramienta de gestion de suma importancia para la materializacion y atencion de los derechos de la mujer en el Distrito de Comas; Que, mediante Informe Nº 985-2013-GAJ-MDC, la Gerencia de Asesoria Juridica, Opina porque resulta procedente el Proyecto de Ordenanza que aprueba el "Plan Local contra la Violencia hacia la Mujer del distrito de Comas 2014-2021", recomendando su aprobacion, debiendo elevarse los actuados al Concejo Municipal, para que previo los tramites que correspondan proceda a la aprobacion de la misma; Que, el Informe Nº 027-2014-SGPSYD-GDHEYBS/ MC, la Sub Gerencia de Promocion Social y Demuna, informa las actividades relacionadas al Area de la Mujer programadas en el Plan Operativo Institucional del presente ano, a efectos que se considere en el presupuesto anual el costo que muestra en dicho informe; De conformidad a las facultades establecidas en el numeral 12) del articulo 9º, en el articulo 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y demas normatividad pertinente; el Concejo Municipal aprobo, con el MORDAZA unanime, con la dispensa del tramite de lectura, la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL "PLAN LOCAL CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES DEL DISTRITO DE COMAS 2014 - 2021" Articulo Primero.- APROBAR el "Plan Local Contra la Violencia hacia las Mujeres del Distrito Comas 20142021", en adelante PLAN que se adjunta como anexo de la presente Ordenanza Municipal, lo que debera incorporarse en el Plan Operativo Institucional. Articulo Segundo.- RECONOCER a la Red Interinstitucional de Prevencion y Atencion contra la Violencia hacia las Mujeres (RIPACVHM - Comas), como instancia local de concertacion compuesta por instituciones

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