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El Peruano Sábado 29 de marzo de 2014 519937 dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 29091, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2008-PCM. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Artículo Tercero.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1067939-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aprueban el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Majes Siguas ORDENANZA REGIONAL Nº 270-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Artículo 44º de la Constitución Política del Perú señala que es deber primordial del Estado “promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación”; Que, en materia de descentralización los artículos 188º y 192º de la Constitución Política del Perú prescriben que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia y promueven el desarrollo regional; Que, mediante Decreto Ley Nº 18375 de fecha 21 de agosto de 1970, se declara de necesidad y utilidad pública la ejecución del Proyecto Majes en el Departamento de Arequipa; en la Ley Nº 23350 del Presupuesto General de la República para el año 1982, de fecha 29 de diciembre de 1981 se crea la Autoridad Autónoma de Majes “como Organismo público descentralizado del Sector Presidencia del Consejo de Ministros con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía técnica, económica y administrativa”, y mediante Decreto Supremo Nº 020- 2003-VIVIENDA, se transfi ere el Proyecto Especial Majes Siguas al Gobierno Regional de Arequipa; Que, el Proyecto Especial Majes Siguas-AUTODEMA es uno de los proyectos más relevantes de la Región de Arequipa, que desde su creación en 1971, ha ejecutado obras de infraestructura hidráulica mayor y de irrigación, que han permitido incorporar a la fecha 15,900 hectáreas con riego presurizado adjudicadas para a 2,693 agricultores, y el mejoramiento de riego de 6,442 hectáreas en los Valles del Colca, Siguas, Quilca y la Irrigación Santa Rita de Siguas. Por su magnitud el proyecto se ejecuta en dos etapas: Primera Etapa: represa de Condoroma (285 MMC), Bocatoma de Tuti (Capacidad de descarga 34 m3/ seg.), Aducción Colca-Siguas (88 km de túneles, 13 km de canales y Q=34 m3/seg.), Bocatoma de Pitay, Derivación Siguas hacia Pampa Majes (15 km y Q=20 m3/seg.), Red de Distribución e Infraestructura del Riego (23,000 hectáreas en la Pampa de Majes), Carreteras y Servicios, Derivar y regular 410 millones de m3 de agua para riego por año; Segunda Etapa: Presa de Angostura (1,140 MMC), Derivación Angostura-Colca (16.5 km y Q=30 m3/ seg.), Derivación Siguas hacia Pampas de Siguas (17 km de longitud y 22 m3 de capacidad), Red de Distribución e Infraestructura Mayor de riego para habilitar 38,500 hectáreas en la Pampa de Siguas, Central Hidroeléctrica de Lluta II (220 MW), Central Hidroeléctrica de Luclla (340 MW), Carreteras y Servicios; Que, esta Segunda Etapa aportará US$ 853 millones de dólares al Producto Interno Nacional (PBI); benefi ciará directamente a más 300,000 habitantes, incrementándose las exportaciones en más de US$ 360 millones de dólares por año; generará, además, 3,000 puestos de trabajo en la fase de construcción de las obras hidráulicas, 50,000 puestos de trabajo directos en la agricultura, 100,000 puestos de trabajo indirectos, 4,500 puestos de trabajo en la fase de construcción de hidroeléctricas, y 300 puestos de trabajo por año en la fase de operación de las hidroeléctricas; Que, la propuesta de Proyecto de Ordenanza del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Majes Siguas-AUTODEMA tiene por fi nalidad aprobar un nuevo Manual que se adecue a este nuevo escenario mediante una nueva estructura orgánica y funcional que garantice la ejecución y desarrollo de la “Concesión para la Construcción, Operación y Mantenimiento de las obras mayores de afi anzamiento hídrico y de la Infraestructura para la Irrigación de la Pampa de Siguas”, así como la Gestión de los Recursos Hídricos, Operación y Mantenimiento de la Infraestructura Hidráulica de los Sistemas Colca y Chili, en condición de Operadores de Infraestructura Mayor, permitiendo de esta manera el desarrollo y transferencia agropecuaria en la irrigación de las Pampas de Majes y Siguas. Asimismo, la estructura orgánica que se propone, responde a los requerimientos planteados por los organismos de fi nanciación como la Corporación Andina de Fomento (CAF) y el Ministerio de Economía y Finanzas para la ejecución del Proyecto Majes Siguas en su Segunda Etapa; Que, en el Informe Técnico Nº 008-2014-GRA/OPDI, la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional concluye que la propuesta del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Majes Siguas-AUTODEMA, ha cumplido con los requisitos y marco normativo establecido para este tipo de documento de gestión institucional, de conformidad con los artículos 4º y 36º del Decreto Supremo Nº 043-2006- PCM, “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de las entidades de la Administración Pública”, adoptándose la siguiente Estructura Orgánica: Estructura Orgánica Órgano de Dirección 01. Gerencia Ejecutiva del PEMS-AUTODEMA De los Órganos de Asesoramiento 02. Ofi cina de Asesoría Jurídica 03. Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Ordenamiento Territorial 04. Ofi cina de Promoción de Inversiones Del Órgano de Apoyo 05. Ofi cina de Administración 05.1. Área de Contabilidad 05.2. Área de Recursos Humanos 05.3. Área de Logística y Servicios 05.4. Área de Patrimonio y Saneamiento Patrimonial Órganos de Línea 06. Gerencia de Infraestructura Hidráulica 06.1. Sub Gerencia de Monitoreo de Concesiones 06.2. Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial 06.3. Sub Gerencia de Gestión Ambiental y Social 07. Gerencia de Recursos Hídricos y Desarrollo 07.1. Sub Gerencia de Operación y Mantenimiento 07.2. Sub Gerencia de Tecnología y Transferencia Agropecuaria Que, en el Informe Nº 050-2014-GRA/ORAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, opina que la propuesta del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Majes Siguas (PEMS- AUTODEMA) se encuentra compatible y enmarcado en la normatividad legal vigente, esto es, conforme a los contenidos mínimos que exige el mencionado artículo 36º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM: a) Descripción del programa o proyecto, incluyendo el objetivo, la descripción de éste o unidades orgánicas ejecutoras que tienen responsabilidades respecto del programa o proyecto. b) Organización del programa o proyecto: organización, funciones y responsabilidades. c) Procesos principales tales como programación y aprobación de actividades, ejecución