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El Peruano Sábado 10 de mayo de 2014 522824 de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002- PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto, a partir del 12 de mayo de 2014, la encargatura de la señora María Isabel Lecca Reaño en el cargo de Jefe de la Unidad Ejecutora “Inversión Pública SUNAT”. Artículo 2°.- Designar, a partir del 12 de mayo de 2014, a la señora María Isabel Lecca Reaño en el cargo de Jefe de la Unidad Ejecutora “Inversión Pública SUNAT”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCOS GARCIA INJOQUE Superintendente Nacional (e) 1081527-1 Disponen la dependencia de las Secciones de Servicios al Contribuyente de la Intendencia Lima RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 139-2014/SUNAT Lima, 9 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que la Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/ SUNAT aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUNAT, el mismo que entrará en vigencia el 12 de mayo de 2014; Que en el citado ROF se contempla como unidades orgánicas de la Intendencia Lima, a la Gerencia de Servicios al Contribuyente, las Divisiones de Servicios al Contribuyente I y II, y la Sección de Servicios al Contribuyente, estableciéndose en sus artículos 512°, 514° y 516° que mediante Resolución de Superintendencia se defi nirá las Secciones a cargo de cada una de las Divisiones antes señaladas, teniendo en cuenta criterios técnicos que podrán considerar la ubicación geográfi ca y la afl uencia de contribuyentes; Que por su parte, el artículo 517° de dicho ROF determina las funciones de las mencionadas Secciones de Servicios al Contribuyente; Que mediante Resolución de Superintendencia N.° 265-2010/SUNAT se crearon nueve (9) Secciones de Servicios al Contribuyente ubicadas en Lima y Callao, dependientes de la División de Centros de Servicios de la Gerencia de Centro de Servicios al Contribuyente de la Intendencia Nacional de Servicios al Contribuyente; Que a través del Informe N.° 019-2014-SUNAT/2D2000 la Gerencia de Programación y Gestión de Servicios al Contribuyente de la Intendencia Nacional de Servicios al Contribuyente sustenta la necesidad de mantener las secciones antes mencionadas y defi nir su dependencia a la División de Servicios al Contribuyente I o II de la Gerencia de Servicios al Contribuyente de la Intendencia Lima, teniendo en cuenta que con dichas Secciones se vienen atendiendo satisfactoriamente la demanda de servicios a los contribuyentes y ciudadanos en general, y considerando para ello, criterios de ubicación geográfi ca y de afl uencia de contribuyentes; Que mediante el Informe N.° 018-2014-SUNAT/4C6000 la Gerencia de Organización y Procesos de la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento señala que considerando que de acuerdo a lo sustentado por la Gerencia de Programación y Gestión de Servicios al Contribuyente se mantienen las nueve (9) Secciones de Servicios al Contribuyente antes mencionadas, que se han considerado criterios técnicos para determinar su dependencia de las Divisiones de Servicios al Contribuyente I y II, y que se ha verifi cado que no hay superposición de competencias, es conveniente la emisión de la Resolución de Superintendencia que establezca la dependencia de las Secciones de Servicios al Contribuyente de la Intendencia Lima; Que en consecuencia corresponde emitir la Resolución de Superintendencia que desarrolle lo dispuesto por el nuevo ROF de la SUNAT; Que de otro lado, el literal l) del artículo 221° del nuevo ROF de la SUNAT prevé como función de la Gerencia de Fiscalización de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales proponer la relación de contribuyentes a ser asignados a las Divisiones de la Gerencia de Fiscalización y a las Divisiones de la Gerencia de Reclamaciones mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa, considerando, entre otros, los sectores económicos y su complejidad; Que los artículos 224° y 226° del citado nuevo ROF establecen entre otros que las Divisiones de Auditoría I y II se encargan de fi scalizar la determinación de las obligaciones tributarias de los contribuyentes que integran el Directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales que correspondan de acuerdo a lo establecido por Resolución de la Superintendencia Nacional Adjunta Operativa, así como se encargan de las acciones relacionadas a las solicitudes no contenciosas no vinculadas a la determinación de la deuda y de otros actos administrativos, que tengan relación con los procesos de fi scalización de los contribuyentes que le correspondan de acuerdo a lo establecido en la citada resolución; Que asimismo, los artículos 232° y 234° del nuevo ROF de la SUNAT disponen que las Divisiones de Reclamaciones I y II se encargan de resolver en primera instancia administrativa los recursos impugnatorios presentados por los contribuyentes, que integran el directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales que correspondan de acuerdo a lo establecido por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa, respecto de valores y otros actos emitidos por la Gerencia de Fiscalización Internacional y Precios de Transferencia y la Gerencia de Fiscalización y sus unidades orgánicas; Que a través del Informe N.° 020-2014-SUNAT/4C6000, la Gerencia de Organización y Procesos manifi esta que considerando lo indicado en el Informe N.° 55-2014- SUNAT/2E4000 de la Gerencia de Fiscalización Selectiva y Antifraude de la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario, la norma que corresponde emitir para realizar la asignación de la relación de contribuyentes que conforman el Directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales que estarán a cargo de las Divisiones de Auditoria I y II y las Divisiones de Reclamaciones I y II, es una Resolución de Superintendencia, motivo por el cual propone modifi car los citados artículos 221°, 224°, 226°, 232° y 234°; Que sobre el particular, considerando lo indicado en el párrafo precedente y a fi n de uniformizar lo regulado en el nuevo ROF de la SUNAT, se ha estimado pertinente modifi car los artículos antes citados a efecto que la asignación de contribuyentes a las citadas Divisiones se realice mediante Resolución de Superintendencia; Que por su parte, el literal m) del artículo 241° del nuevo ROF de la SUNAT establece como función de la División de Control de la Deuda de la Gerencia de Control de Deuda y Cobranza de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, emitir y fi rmar las resoluciones que resuelven las solicitudes de libre disposición de los montos depositados en las cuentas de detracciones; Que al respecto, mediante Informe N.° 057-2014- SUNAT/2E0000, la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario ha sustentado la necesidad de modifi car el citado literal m) a efecto que la División de Control de la Deuda tenga como función evaluar las mencionadas solicitudes de libre disposición; Que la Gerencia de Organización y Procesos de la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento, mediante el Informe N.° 021-2014-SUNAT/ 4C6000, manifi esta que se encuentra conforme con la modifi cación del literal m) del artículo 241° del nuevo ROF propuesta por la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario; En uso de la facultad conferida en el inciso r) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115- 2002-PCM y normas modifi catorias, en concordancia con lo previsto en los artículos 512°, 514° y 516° del nuevo ROF y la Octogésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Se mantienen las nueve (9) Secciones de Servicios al Contribuyente creadas mediante Resolución de Superintendencia N.° 265-2010/SUNAT, las mismas que a