Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2014 (10/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 34

El Peruano Sábado 10 de mayo de 2014 522828 Que la Gerencia de Fiscalización Selectiva y Antifraude de la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario, a través del Informe Nº 55-2014-SUNAT/2E4000 requiere la emisión de la Resolución que corresponda a fi n de asignar los contribuyentes que conforman el Directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales que estarán a cargo de las Divisiones de Auditoría I y II y las Divisiones de Reclamaciones I y II, indicando los criterios a aplicarse para elaborar la relación de dichos contribuyentes; Que mediante Informe Nº 020-2014-SUNAT/4C6000, la Gerencia de Organización y Procesos de la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento indica que con los criterios señalados en el Informe Nº 55-2014- SUNAT/2E4000, la determinación de los dos sub directorios dentro del Directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales se encuentra acorde con los principios detallados en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158; Que asimismo, con el Informe Nº 56-2014-SUNAT/ 2E4000, la citada Gerencia de Fiscalización Selectiva y Antifraude indica que con la fi nalidad de no alterar los procedimientos de fi scalización, aquellos iniciados con anterioridad a la vigencia del nuevo ROF de la SUNAT continuarán asignados a la División de Auditoría I o II que se encuentre encargada de dichos procedimientos, independientemente de la asignación que se efectúa por la presente Resolución; al respecto, la Gerencia de Organización y Procesos ha manifestado su conformidad con lo propuesto en dicho Informe; Que en aplicación de lo previsto en el nuevo ROF de la SUNAT y considerando lo indicado por la Gerencia de Fiscalización Selectiva y Antifraude y la Gerencia de Organización y Procesos, resulta necesario establecer la asignación de los contribuyentes que conforman el Directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales que estarán a cargo de las Divisiones de Auditoría I y II y de las Divisiones de Reclamaciones I y II; En uso de la facultad conferida en el inciso u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002- PCM y normas modifi catorias, en concordancia con lo previsto en los artículos 224°, 226°, 232° y 234° del nuevo ROF y la Octogésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Asígnese a la División de Auditoría I de la Gerencia de Fiscalización y a la División de Reclamaciones I de la Gerencia de Reclamaciones, ambas de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, los contribuyentes del Directorio de la citada Intendencia sobre los cuales ejercerán su competencia y funciones, conforme a lo detallado en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Asígnese a la División de Auditoría II de la Gerencia de Fiscalización y a la División de Reclamaciones II de la Gerencia de Reclamaciones, ambas de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, los contribuyentes del Directorio de la citada Intendencia sobre los cuales ejercerán su competencia y funciones, conforme a lo detallado en el Anexo 2 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3°.- Precísese que los procedimientos de fi scalización iniciados antes de la entrada en vigencia de la presente Resolución, continuarán asignados a la División de Auditoría I o II que se encuentre encargada de dichos procedimientos, independientemente de la asignación efectuada mediante la presente Resolución. Artículo 4°.- La presente Resolución y sus Anexos serán publicados en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la SUNAT (www.sunat.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5°.- La presente resolución entrará en vigencia el 12 de mayo de 2014. Artículo 6°.- Déjese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCOS GARCIA INJOQUE Superintendente Nacional (e) 1081531-1 Dejan sin efecto designaciones y designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lambayeque INTENDENCIA REGIONAL LAMBAYEQUE RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 071-024-0002230 Chiclayo, 8 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Intendencia N° 0710240001962 publicada el 19/10/2013, se designó a Castillo Narro Edwin Alexander y Flores Balarezo Carmen Lilette como auxiliares coactivos de la Intendencia Regional Lambayeque; asimismo, mediante Resolución de Intendencia N° 0710240000419 publicada el 02/09/2009 se designa a Chavesta Aquino José Freddy como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lambayeque Que, a la fecha, los señores Castillo Narro Edwin Alexander, Flores Balarezo Carmen Lilette y Chavesta Aquino José Freddy se encuentran desempeñando funciones distintas a las que corresponde a un Auxiliar Coactivo; Que, por lo tanto resulta necesario dejar sin efecto las designaciones antes mencionadas y designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Lambayeque para garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva de la deuda tributaria; Que el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece los requisitos que deben reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décima Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso público; Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas Desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lambayeque, a los funcionarios que se indican a continuación: - Castillo Narro Edwin Alexander - Chavesta Aquino José Freddy - Flores Balarezo Carmen Lilette Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lambayeque, a la funcionaria que se indica a continuación: - Castillo Miranda Karina Beatriz Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ACOSTA VILCHEZ Intendente 1080996-1