Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2014 (10/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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deberan ser vistos cuando menos en dos instancias. Los procedimientos disciplinarios observaran las reglas del debido proceso. g) El regimen patrimonial y financiero. h) La regulacion de la designacion de los representantes legales y del tesorero. i) Las disposiciones para la disolucion del partido." (Enfasis agregado). Tomando en consideracion que la eleccion de los integrantes del Comite Ejecutivo Regional constituye una decision interna de la organizacion politica, MORDAZA si se trata de una eleccion adoptada por los fundadores y, aunque, en estricto, no son representantes "legales", los cargos directivos del citado comite si resultan representativos hacia terceros de la organizacion politica, podria concebirse que dichas omisiones o vacios identificados en el considerando anterior debieron de haber sido claramente regulados en el estatuto. No obstante, no puede desconocerse el margen de autonomia de las organizaciones politicas y, sobre todo, que el estatuto constituye una regulacion basica o minima, que podria ser complementada o desarrollada con mayor amplitud y precision, a traves de reglamentos internos. Ademas, Hechos y No Palabras es una organizacion politica inscrita, elemento que debe ser tomado en cuenta para efectos de dilucidar el presente caso. 9. ¿El hecho que los elementos MORDAZA senalados no se encontrasen regulados en el estatuto de la organizacion politica implica que el ROP este prohibido o impedido de requerir los documentos, normativos o en los que consten las decisiones internas y el MORDAZA de eleccion, que complementen dicha regulacion estatutaria? A juicio de este organo colegiado, la respuesta a dicha interrogante seria negativa. Cabe recordar que el articulo 4 de la LPP establece, efectivamente, que las inscripciones proceden con la MORDAZA del acta correspondiente, sin embargo, precisa que en dicha acta debe constar el acuerdo validamente adoptado por el organo partidario competente. En concordancia con ello, el articulo 51 del Reglamento del ROP precisa que la solicitud de inscripcion de cargos directivos debe ser acompanada no solo por el acta donde conste el acuerdo, sino tambien por los documentos pertinentes que permitan verificar la validez del citado acuerdo. En ese sentido, para que proceda la inscripcion de los cargos directivos, se requiere no solo el acta en la que conste el acuerdo, sino los documentos que permiten corroborar que el mismo fue adoptado por el organo competente, siguiendo las reglas internas que se exigen para la validez del mismo. 10. En el presente caso, del acta de renovacion del Comite Ejecutivo Regional, del 6 de enero de 2013, se senala "[...] En este acto el presidente que dirige la asamblea extraordinaria, luego de verificar la asistencia mayoritaria y el quorum reglamentario [...]", lo que permite concluir que: a. Mas alla de que se utiliza la expresion "asamblea extraordinaria", se trataria de un "congreso extraordinario", por cuanto es en el articulo 17, inciso e, del estatuto, que se hace referencia a esto ultimo y porque dicha MORDAZA senala que es el Congreso Regional el MORDAZA organismo e instancia de democracia interna, deliberativo y resolutivo, de direccion politica, organizativa y de representatividad y, en dicha sesion, se eligieron cargos directivos al interior de la propia organizacion politica. b. Si existiria una MORDAZA reglamentaria que complementa el estatuto y que regulaba, precisamente, la convocatoria, quorum de sesion y acuerdos y atribuciones de la referida asamblea extraordinaria. Adicionalmente, debe advertirse que a dicha "asamblea extraordinaria" asistieron los fundadores, miembros directivos del Comite Ejecutivo Regional, afiliados, adherentes, lideres y simpatizantes. Asimismo, del acta de la sesion se advierte que se constituyo una "mesa directiva" compuesta por el secretario general regional, la secretaria de educacion y el representante legal de la organizacion politica, sin precisarse el mecanismo de eleccion ni funciones de dicha mesa directiva. Por otra parte, debe senalarse que en dicha acta no se hace referencia al mecanismo de eleccion que se empleo (si fue de manera individual o en bloque) ni si se presentaron dos o mas personas para un mismo cargo, o dos o mas listas para integrar el Comite Ejecutivo Regional.

El Peruano Sabado 10 de MORDAZA de 2014

11. En el supuesto de que la "asamblea extraordinaria" en la que se produjo la eleccion de los integrantes del Comite Ejecutivo Regional no se tratase de un "congreso extraordinario" llevado a cabo por el Congreso Regional, lo que implicaria respetar los requisitos de convocatoria y quorum previstos en el articulo 17, inciso e, del estatuto; cabe precisar que el hecho de que no exista en el estatuto una regulacion especifica relativa a la convocatoria de dicha "asamblea extraordinaria" no puede suponer el desconocimiento de exigencias minimas y razonables para valorar la validez de la misma, menos aun sin en la propia acta se alude a un "quorum reglamentario" y a una asamblea que no se encontraba regulada en el estatuto. Ademas, no debe olvidarse de que, mas alla de los requisitos para acceder a un cargo directivo previstos en el articulo 28 del estatuto, dicha MORDAZA interna reconoce como uno de los derechos fundamentales del afiliado el de ser elegido para cualquier cargo o funcion dentro de la organizacion politica. Por lo tanto, no se trata de una discrecionalidad absoluta del movimiento regional que se sustenta en la ausencia de regulacion en su MORDAZA interna de mayor jerarquia, es decir, su estatuto, sino tambien del deber de los organos electorales de velar por el respeto del derecho a la participacion politica y del principio-derecho de igualdad de los afiliados a las organizaciones politicas. 12. En ese sentido, sostener que no se incurre en un vicio de nulidad porque el hecho denunciado no se encuentra expresamente tipificado dentro de los supuestos previstos en el articulo 10 de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, implicaria desconocer no solo los principios de fuerza normativa y supremacia de la Constitucion Politica del Peru, sino tambien la naturaleza de derechos fundamentales, que, vale recordarlo, se encuentran reconocidos como tales en la Carta Magna, de los derechos a la participacion politica de los afiliados y el principioderecho de igualdad, toda vez que una de las causales de nulidad del acto administrativo es la contravencion a la MORDAZA Fundamental y a las leyes, lo que puede producirse tanto por accion como por omision. Ademas, limitar el analisis de la solicitud de inscripcion de cargos directivos a lo que preve el estatuto, implicaria obviar que tanto la LPP como el Reglamento del ROP legitiman el requerimiento de los documentos que MORDAZA necesarios para verificar si el acuerdo fue debidamente adoptado, MORDAZA si es que, del acta donde consta el propio acuerdo, puede desprenderse la existencia de una MORDAZA adicional al estatuto. 13. Por lo tanto, dado que el ROP decidio la inscripcion de los cargos directivos sin requerir los documentos necesarios que permitan verificar de manera integral la validez del acuerdo adoptado, lo que incide directamente en el ejercicio de los derechos a la participacion politica de los afiliados que se encontraban en capacidad de ser elegidos o propuestos para acceder a los cargos del Comite Ejecutivo Regional, este Supremo Tribunal Electoral concluye que se ha incurrido en la causal de nulidad prevista en el articulo 10, numeral 1, de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, por lo que corresponde declarar la nulidad del asiento registral, correspondiente a la inscripcion del Comite Ejecutivo Regional de la organizacion politica de alcance regional Hechos y No Palabras. 14. Como consecuencia de la nulidad declarada en el presente expediente, el ROP debera requerir, MORDAZA de emitir MORDAZA pronunciamiento, a Hechos y No Palabras, lo siguiente: a. Cargos de notificacion de la convocatoria a la "asamblea extraordinaria" realizada el 6 de enero de 2013. b. MORDAZA certificada de la MORDAZA reglamentaria de la organizacion politica, aprobada MORDAZA de la realizacion de la convocatoria a la "asamblea extraordinaria" que regule tanto el procedimiento de convocatoria de esta MORDAZA como el procedimiento de eleccion de cargos directivos. c. MORDAZA certificada del acta de la sesion en la que se aprobo la MORDAZA reglamentaria MORDAZA mencionada. d. MORDAZA certificada de los documentos que permitan verificar el cumplimiento de las normas reglamentarias internas que regulan el procedimiento de eleccion de los integrantes del Comite Ejecutivo Regional. Dicha regulacion interna deberia suplir los vacios y omisiones identificados en el setimo considerando de la presente resolucion, sobre la base de las disposiciones contenidas en el estatuto.

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