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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2014 (10/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 31

El Peruano Sábado 10 de mayo de 2014 522825 partir del 12 de mayo de 2014 dependerán de las Divisiones de Servicios al Contribuyente I y II de la Gerencia de Servicios al Contribuyente de la Intendencia Lima, y tendrán a su cargo los Centros de Servicios al Contribuyente, Puntos de Atención y Ofi cinas Remotas, conforme a lo que se detalla a continuación: DIVISIÓN DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE I: Secciones de Servicios al Contribuyente a su cargo Centros de Servicios al Contribuyente, Puntos de Atención u Ofi cina Remota a cargo de la Sección de Servicios al Contribuyente Sección de Servicios al Contribuyente I Centro de Servicios al Contribuyente Cer- cado de Lima Punto de Atención Pueblo Libre Punto de Atención Municipalidad del Rimac Sección de Servicios al Contribuyente II Centro de Servicios al Contribuyente Nico- lás de Piérola Sección de Servicios al Contribuyente III Centro de Servicios al Contribuyente Mi- rafl ores Centro de Servicios al Contribuyente Surquillo Ofi cina Remota Aeropuerto Sección de Servicios al Contribuyente IV Centro de Servicios al Contribuyente Cal- lao Punto de Atención Mejor Atención al Ciu- dadano – MAC Callao Centro de Servicios al Contribuyente MINKA Centro de Servicios al Contribuyente San Juan de Lurigancho Sección de Servicios al Contribuyente V Centro de Servicios al Contribuyente San Isidro Punto de Atención San Borja DIVISIÓN DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE II: Secciones de Servicios al Contribuyente a su cargo Centros de Servicios al Contribuyente, Puntos de Atención u Ofi cina Remota a cargo de la Sección de Servicios al Contribuyente Sección de Servicios al Contribuyente VI Centro de Servicios al Contribuyente Ca- macho Punto de Atención Chaclacayo Centro de Servicios al Contribuyente Ate Punto de Atención Municipalidad Santa Anita Sección de Servicios al Contribuyente VII Centro de Servicios al Contribuyente Surco Centro de Servicios al Contribuyente Ca- ñete Centro de Servicios al Contribuyente Lurín Centro de Servicios al Contribuyente San Juan de Mirafl ores Sección de Servicios al Contribuyente VIII Centro de Servicios al Contribuyente Villa El Salvador Centro de Servicios al Contribuyente San Martín de Porres Centro de Servicios al Contribuyente de Independencia Punto de Atención MAC MYPE Sección de Servicios al Contribuyente IX Centro de Servicios al Contribuyente Co- mas Centro de Servicios al Contribuyente Pu- ente Piedra Centro de Servicios al Contribuyente Ven- tanilla Centro de Servicios al Contribuyente MAC Ventanilla Artículo 2°.- Los Centros de Servicios al Contribuyente, Puntos de Atención u otros que se creen con posterioridad a la emisión de la presente Resolución, serán asignados a las Secciones de Servicios al Contribuyente considerando el distrito en el cual se implementen, conforme a lo que se detalla a continuación: SECCIÓN DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE DISTRITOS I Cercado de Lima, La Victoria, Rímac, San Juan de Lurigancho, Pueblo Libre y Jesús María II La Victoria, Breña, San Miguel, Pueblo Libre, Bellavista, Jesús María, La Victoria, San Juan Lurigancho, Cercado de Lima y Lince III Mirafl ores, Surquillo y San Luis IV Callao, La Punta, La Perla, Bellavista, Carmen de la Legua, Ventanilla, San Miguel, Santa Rosa y San Juan de Lurigancho V San Isidro, Magdalena, Surquillo y Lince VI Santa Anita, Ate Vitarte, La Molina, El Agustino, Lurigancho, Chaclacayo, Cieneguilla, Surco y Chosica VII Surco, Barranco, San Juan de Mirafl ores, Villa María del Triunfo, Villa El Salvador, Chorrillos, Lurín, Pachacamac, San Borja, Pucusana, Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo y Santa María del Mar VIII San Martín de Porres, Los Olivos e Independencia IX Comas, Puente Piedra, Carabayllo, Independencia, Los Olivos y Ancón Artículo 3°.- Modifícase lo dispuesto en el inciso l) del artículo 221°, el artículo 224°, el artículo 226°, el artículo 232° y el artículo 234° del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT, a efecto que la relación de los contribuyentes a ser asignados a las Divisiones de Auditoría I y II y a las Divisiones de Reclamaciones I y II se efectúe mediante Resolución de Superintendencia. Artículo 4°.- Modifícase el inciso m) del artículo 241° del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT, conforme al texto siguiente: “Artículo 241°.- Funciones de la División de Control de Deuda Son funciones de la División de Control de Deuda: (…) m) Evaluar las solicitudes de libre disposición de los montos depositados en las cuentas de detracciones. (…)” Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCOS GARCIA INJOQUE Superintendente Nacional (e) 1081528-1 Fijan materia y montos para la emisión de valores y diversas resoluciones de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y sus Unidades orgánicas dependientes RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 140-2014/SUNAT Lima, 9 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución de Superintendencia Nº 029-2003/SUNAT se fi jaron montos para la emisión de valores de diferentes órganos de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales de la SUNAT; Que mediante Resolución Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, el