Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2014 (10/05/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Sabado 10 de MORDAZA de 2014

522837
De acuerdo con el articulo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor, este es reemplazado por el regidor habil que sigue en su propia lista electoral, sin embargo, estando a que no se registran candidatos no proclamados del movimiento regional Reconstruccion con Obras Mas Obras para un Tumbes MORDAZA, por la que fue electa la regidora cuya vacancia se declara, corresponde convocar a Grisida Charito MORDAZA Rujel, identificada con Documento Nacional de Identidad N.º 00236386, candidata no proclamada de la organizacion politica local distrital Pampas MORDAZA Al Desarrollo, para completar el numero de regidores del Concejo Distrital de Pampas de Hospital. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamacion de Resultados de Computo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 4 de noviembre de 2010, remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Tumbes, con motivo de las elecciones municipales del ano 2010 (fojas 30 a 33). Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de Yuliana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pampas de Hospital, provincia y departamento de Tumbes, por la causal establecida en el articulo 22, numeral 7, de la Ley N.º 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Yuliana MORDAZA MORDAZA MORDAZA como regidora del Concejo Distrital de Pampas de Hospital, provincia y departamento de Tumbes, emitida con motivo de las elecciones municipales del ano 2010. Articulo Tercero.- CONVOCAR a Grisida Charito MORDAZA Rujel, identificada con Documento Nacional de Identidad N.º 00236386, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pampas de Hospital, provincia y departamento de Tumbes, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiendose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1081177-4

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pampas de Hospital, provincia y departamento de Tumbes
RESOLUCION Nº 325-A-2014-JNE Expediente N.º J-2014-00425 PAMPAS DE HOSPITAL - TUMBES - TUMBES ACREDITACION DE CANDIDATO NO PROCLAMADO MORDAZA, veintiocho de MORDAZA de dos mil catorce VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, presentada el 11 de MORDAZA de 2014 por Fredy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pampas de Hospital, provincia y departamento de Tumbes, al haberse declarado la vacancia de la regidora Yuliana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 7, de la Ley N.º 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES En sesion extraordinaria, realizada el 7 de marzo de 2014 (fojas 26 y 27), el Concejo Distrital de Pampas de Hospital, provincia y departamento de Tumbes, declaro la vacancia de la regidora Yuliana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por inasistencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas realizadas los dias 17 de enero, 7, 21 y 26 de febrero de 2014, causal contemplada en el articulo 22, numeral 7, de la Ley N.º 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). CONSIDERANDOS 1. Conforme al articulo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. En tal sentido, MORDAZA de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el articulo 23 de la LOM, y constatar, ademas, si durante el MORDAZA se han observado los derechos y garantias inherentes al debido procedimiento. 3. Del analisis de autos se puede apreciar que la regidora Yuliana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a traves de la Carta N.º 002-2014-MDPH/ALC (fojas 24), fue convocada a la sesion extraordinaria de fecha 7 de marzo de 2014, cuyo tema de agenda fue resolver el pedido de vacancia presentado en su contra (fojas 3 a 17). 4. Asi tambien, se verifica que la regidora en mencion fue notificada el 11 de marzo de 2014, de manera personal, en su domicilio real, a traves de la Carta N.º 003-2014-MDPH/ALC (fojas 28), con la MORDAZA del Acta de la Sesion de Concejo Extraordinaria N.º 004-2014-MDPH, en la que se declaro su vacancia en el cargo de regidora, por la causal de inasistencia injustificada a tres sesiones ordinarias de concejo consecutivas. 5. De igual forma, se advierte que el Acta de Sesion Extraordinaria de Concejo N.º 004-2014-MDPH, de fecha 7 de marzo de 2014, que declaro la vacancia de Yuliana MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pampas de Hospital, quedo consentida, tal y como se colige del Informe N.º 009-2014MDPH-SG-AA.RR, de fecha 3 de MORDAZA de 2014 (fojas 29), realizado por la secretaria general de la entidad MORDAZA, en el que se indica que, habiendo transcurrido el plazo legal para la interposicion de recurso impugnatorio en contra de la referida acta de sesion, no ha ingresado por mesa de partes de la municipalidad distrital de Pampas de Hospital recurso alguno. 6. Por consiguiente, al haberse verificado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el articulo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decision del concejo municipal y emitir la credencial correspondiente de la accesitaria llamado por ley.

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, provincia de Luya, departamento de Amazonas
RESOLUCION Nº 337-2014-JNE Expediente Nº J-2014-336 SAN MORDAZA - LUYA - AMAZONAS CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO MORDAZA, veintiocho de MORDAZA de dos mil catorce VISTO el Oficio Nº 032-2014-MDSJ-P/A, presentado el 17 de marzo de 2014, mediante el cual MORDAZA Gallac Castaneda, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, provincia de Luya, departamento de Amazonas, solicita la convocatoria de candidato no proclamado, al haberse declarado la vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en la causal prevista en el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.