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El Peruano Domingo 11 de mayo de 2014 522908 de 2014, para cubrir las incidencias informativas de la visita ofi cial del señor presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, a Canadá; Que, por necesidad del servicio, resulta necesario modifi car el artículo 1 de la Resolución Suprema Nº 125-2014-PCM, de fecha 04 de abril de 2014, a fi n que la autorización de viaje comprenda, únicamente, a los señores Bernabé Valenzuela Tapia y Víctor Hugo Tipiani Beltrán; Que, por razones técnicas en el vuelo de retorno que trasladaba a los señores Bernabé Valenzuela Tapia y Víctor Hugo Tipiani Beltrán, resulta necesario modifi car el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 125-2014-PCM; y, De conformidad con la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viaje al exterior de funcionarios y servidores públicos, sus modifi catorias; las Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, sus modifi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; y, sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car los artículos 1 y 2 de la Resolución Suprema Nº 125-2014-PCM, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, quedando redactados de la siguiente manera: “Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Bernabé Valenzuela Tapia y Víctor Hugo Tipiani Beltrán, del 8 al 13 de abril de 2014, para los fi nes a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema se efectuarán con cargo a los recursos ordinarios del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, de acuerdo al siguiente detalle: - Bernabé Valenzuela Tapia Pasajes US$ 679.37 (Viáticos US$ 440 x 6 días) US$ 2,640.00 - Víctor Hugo Tipiani Beltrán Pasajes US$ 679.37 (Viáticos US$ 440 x 6 días) US$ 2,640.00” Artículo 2.- Quedan vigentes los demás términos de la Resolución Suprema Nº125-2014-PCM. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros 1081573-7 AGRICULTURA Y RIEGO Aprueban el “Plan de Desarrollo de Capacidades del Sector Público Agrario 2014” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0266-2014-MINAGRI Lima, 8 de mayo de 2014 VISTO: El Informe N° 001-2014-MINAGRI-OAER/DG del Director General de la Ofi cina de Apoyo y Enlace Regional; y el Informe N° 010-2014-MINAGRI-OPP/UPS de la Unidad de Política Sectorial de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú, establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente del Estado de carácter obligatorio, que tiene como objetivo lograr el desarrollo integral del país, y que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el literal c) del artículo 5 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, dispone que el proceso de modernización de la gestión del Estado se sustenta en la descentralización, a través del fortalecimiento de los Gobiernos Locales y Regionales y la gradual transferencia de funciones; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 027-2007- PCM, señala que, además del cumplimiento de sus políticas y acciones sectoriales, constituyen Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional, entre otras, la Política Nacional 1 “En Materia de Descentralización”, cuyo numeral 1.3 establece “Capacitar sectorialmente a los Gobiernos Regionales y Locales, a fi n de generar y consolidar una conveniente capacidad de gestión”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2009”, y otras disposiciones para el desarrollo del proceso de descentralización, el mismo que establece un nuevo enfoque del proceso de descentralización, orientado al Desarrollo de la Gestión Descentralizada, como una estrategia para el fortalecimiento del ejercicio de las funciones transferidas y un paso progresivo de un enfoque sectorial a un enfoque territorial de servicio al ciudadano; Que, por Decreto Supremo Nº 004-2010-PCM se aprobó el “Plan Nacional de Desarrollo de Capacidades para la Gestión Pública y Buen Gobierno de los Gobiernos Regionales y Locales”; estableciendo en el artículo 3 que las actividades orientadas al fortalecimiento de capacidades en los gobiernos regionales y locales, en el marco de la gestión pública descentralizada, deberán desarrollarse de acuerdo a dicho Plan y sujetarse a los lineamientos que emita la Secretaría de Descentralización, sin perjuicio de la aplicación de los lineamientos generales emitidos por la Autoridad Nacional de Servicio Civil y los entes rectores de los sistemas administrativos y funcionales, en cuanto corresponda; Que, con Decreto Supremo Nº 115-2010-PCM, se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2010”, disponiendo en el numeral 7.1 del artículo 7 que los Ministerios que cuenten con Planes Sectoriales de Desarrollo de Capacidades para el ejercicio de las competencias y funciones transferidas pendientes de aprobación, se formalizarán mediante Resolución Ministerial, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM y conforme al procedimiento y plazos aprobados por la Secretaría de Descentralización; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 008-2010-PCM/SD, modifi cada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 219-2010-PCM/SD, se reconoció a la Comisión Intergubernamental del Sector Agricultura, encargada de desarrollar los componentes de la gestión descentralizada