Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2014 (11/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

522916
FUENTE DE FINANCIAMIENTO :1 Recursos Ordinarios 9 186 300,00

El Peruano MORDAZA 11 de MORDAZA de 2014

GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales SECCION MORDAZA PLIEGO FUENTE DE FINANCIAMIENTO : : :1

Instancias Descentralizadas Gobiernos Regionales Recursos Ordinarios

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, para el financiamiento de proyectos de inversion publica de saneamiento MORDAZA y rural
DECRETO SUPREMO Nº 103-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales TOTAL EGRESOS

423 618 780,00 --------------------435 951 144,00 ============

CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que dicho Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, proteccion e integracion de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; senalando que tiene competencia en materia de vivienda, construccion, saneamiento, urbanismo y desarrollo MORDAZA, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, el numeral 11.1 del articulo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, establece que los recursos publicos que se asignen en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; Que, el numeral 11.2 del articulo citado en el considerando precedente, senala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversion publica deben contar con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP); y que dicha transferencia solo se autorizan hasta el MORDAZA trimestre del ano fiscal 2014; asimismo, senala que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificacion y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, asi como, el cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica; Que, el numeral 80.2 del articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatoria, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa, senalando que dichas transferencias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, mediante Memorandums Nºs 122 y 131-2014VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo (s) del Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, solicita gestionar el dispositivo legal que autorice una Transferencia de Partidas en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de diversos Gobiernos Locales, para el financiamiento de proyectos de inversion publica de saneamiento MORDAZA y rural, proyectos que se encuentran viables en el MORDAZA de la normatividad del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP), y cuentan con los convenios suscritos; asimismo, senala que el financiamiento de los proyectos pertenecientes al ambito MORDAZA seran atendidos con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, y el de los proyectos localizados en el ambito rural, con cargo a los recursos

1.2 El detalle de los recursos asociados a la transferencia de partidas del Ministerio de Salud a favor del Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas y de los 25 Gobiernos Regionales, a nivel de Pliegos y unidades ejecutoras, se encuentra en el Anexo "Costo de las compensaciones y entregas economicas para Organismos Publicos del Ministerio de Salud y Gobiernos Regionales en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 1153" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion institucional 2.1 Los Titulares del Pliego habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1081573-3

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