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El Peruano Domingo 18 de mayo de 2014 523526 Municipal en sesión de Concejo Ordinaria N° 009-2014- MPCH, celebrada el 15 de mayo del 2014, por Mayoría, ACUERDA: Artículo 1°.- AUTORIZAR el viaje de Comisión de Servicios del Alcalde Sr. HUNG WON JUNG, al país de Corea del Sur, del 19 de mayo al 29 de mayo del 2014, para que en Representación de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, participe en las reuniones programadas con el Departamento de Educación de Jeollannamdo de Corea del Sur y el Director del Instituto de la Industria Global de Alimentos de la Universidad de Dankook. Artículo 2°.- ENCARGAR, el Despacho de Alcaldía a la Teniente Alcaldesa Abog. Patricia Liliana Urruchi Chiong, desde el 19 al 29 de mayo del 2014, conforme a lo señalado por el Artículo 24° de la Ley N° 27972. Artículo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUNG WON JUNG Alcalde 1083798-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Adenda Nº 2 al Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura y la República del Perú referente a la creación y al funcionamiento del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina en Cusco (Perú) (Ratifi cado por Decreto Supremo Nº 007-2014-RE de fecha 28 de febrero de 2014) UNESCO El Subdirector General de Cultura Excma. Sra. Doña Eda RIVAS Ministra Ministerio de Relaciones Exteriores Jirón Lampa 545 Lima 1 Perú 6 de febrero de 2014 Ref.: CLT/CEH/ITH/14/027 Excelentísima Señora Ministra: En nombre de la Directora General, tengo el honor de dirigirme a usted acerca del Acuerdo referente a la creación y al funcionamiento del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) entre la UNESCO y el Gobierno del Perú que vencerá el próximo 20 de febrero de 2014. Teniendo en cuenta que el proceso en curso de evaluación y posible renovación no podrá fi nalizarse antes de esa fecha y que la fi nanciación del centro por parte del gobierno peruano está asegurada hasta el fi nal de 2014 (Nota DAC/7/6/F/1), tengo el agrado de proponerle la Adenda N° 2 al antemencionado acuerdo, con el fi n de evitar la interrupción de las actividades del Centro: ADENDA N° 2 ARTÍCULO 17 Duración de la asistencia de la UNESCO La asistencia prestada por la UNESCO en aplicación del presente Acuerdo durará hasta el 31 de julio de 2014 y podrá prorrogarse por mutuo acuerdo. El contenido de los artículos restantes del Acuerdo entre la UNESCO y el Gobierno peruano permanecen inalterables. La presente y la nota que el Gobierno de Perú estime conveniente dirigirme aceptando los términos de la Adenda n° 2 constituirá un acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). Confío plenamente en que ambas partes haremos todo lo posible para acelerar este proceso y que el CRESPIAL pueda seguir contribuyendo a la consecución de los objetivos estratégicos de la UNESCO en este ámbito y respondiendo a las expectativas cada vez mayores que sus Estados Miembros depositan en él. Le agradezco su amable atención y le reitero el testimonio de mi distinguida consideración. (FIRMA) Francesco Bandarin cc: Delegación permanente del Perú ante la UNESCO Comisión nacional peruana de cooperación con la UNESCO Nota Nº RE (DGT) N° 7-6-F/2 Lima, 14 de febrero de 2014 Honorable señora, Tengo el agrado de dirigirme a usted con relación a la Nota CLT/CEH/ITH/14/027, de fecha 6 de febrero de 2014, que me dirige en su nombre, el señor Francesco Bandarin, Subdirector General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), proponiendo la Adenda N° 2 al “Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura y el Gobierno del Perú referente a la creación y al funcionamiento del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina en Cusco (Perú) (CRESPIAL)”, fi rmado en París, el 22 de febrero de 2006. El Gobierno del Perú, al agradecer dicha propuesta, desea reconocer el valor de dicho Acuerdo, el cual ha permitido fortalecer y reforzar la cooperación entre los países de la región, respaldando las capacidades nacionales en ese ámbito, además de articular, intercambiar y difundir las actividades de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, sensibilizando a los Estados participantes para que las comunidades estén asociadas a las actividades de protección del mismo. En ese sentido, con la fi nalidad de garantizar la continuidad de las actividades de CRESPIAL, en tanto concluye la negociación del Acuerdo que lo sustituirá, así como su suscripción y entrada en vigor; y, teniendo en cuenta que la fi nanciación de dichas actividades para el período 2014 se encuentra asegurada, no requiriéndose ulteriores desembolsos, me complace comunicarle la aceptación de la Adenda N° 2 en los términos por usted propuestos: Adenda N° 2 Artículo 17: Duración de la asistencia de la UNESCO La asistencia prestada por la UNESCO en aplicación del presente Acuerdo durará hasta el 31 de julio de 2014 y podrá prorrogarse por mutuo acuerdo. El contenido de los artículos restantes del Acuerdo entre la UNESCO y el Gobierno de la República del Perú permanecen inalterables. La presente Nota y la Nota CLT/CEH/ITH/14/027, de fecha 6 de febrero de 2014, constituyen un Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). Hago propicia la ocasión para reiterar a usted las seguridades de mi más alta y distinguida consideración. (FIRMA) EDA RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores A la Honorable señora Irina Bokova Directora General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura París.- 1084426-1