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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2014 (24/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 76

El Peruano Sábado 24 de mayo de 2014 523866 autónomo, con personería de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; encargada de manera exclusiva y excluyente de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como, registrar los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que con Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/ RENIEC (10ABR2013), se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica (ROF) del RENIEC; el cual ha dispuesto modifi caciones orgánicas y funcionales en la organización institucional; Que a través de la Resolución Jefatural N° 360- 2013/JNAC/RENIEC (28NOV2013), se aprobó la actualización del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) correspondiente al Año Fiscal 2013 del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (RENIEC); Que con Resolución Jefatural N° 60-2014/JNAC/ RENIEC (05MAR2014), se aprobó el vigente Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del RENIEC; Que el artículo 4° del Decreto Supremo N° 043- 2004-PCM (18JUN2004), defi ne al Presupuesto Analítico de Personal (PAP), como el documento de gestión que considera las plazas y el presupuesto para los servicios específi cos del personal permanente y eventual en función de la disponibilidad presupuestal; Que al respecto, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Jefatural N° 60-2014/JNAC/RENIEC (05MAR2014), la Sub Gerencia de Personal de la Gerencia de Talento Humano, emitió el Informe N° 000013-2014/GTH/SGPS/RENIEC (19MAR2014) sobre la actualización del Presupuesto Analítico de Personal (PAP), en virtud al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) recientemente aprobado dando la conformidad al proyecto del documento normativo propuesto; Que la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, mediante el Informe N° 000617-2014/GPP/SGP/RENIEC (27MAR2014), concluye que la actualización del Presupuesto Analítico de Personal 2014, cuenta con el crédito presupuestario sufi ciente para ser atendido con cargo a los Recursos Presupuestarios del Pliego 033: RENIEC; Que mediante Resolución Jefatural N° 019-82-INAP- DIGESNAP se aprobó la Directiva N° 001-82-INAP-DNP - Directiva para la formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público, en cuyo sub numeral 6.8 se señala que el PAP será aprobado por el titular del Pliego Presupuestal o por el funcionario a quien se delegue en forma expresa esa competencia; Que la Ley N° 30057 – Ley del Servicio Civil, en su Cuarta Disposición Complementaria Final, crea el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), en reemplazo del CAP y el PAP; así mismo la Novena Disposición Complementaria Transitoria señala que la disposición invocada entrara en vigencia al día siguiente de la publicación de los tres reglamentos descritos en los literales a), b) y c) de la Décima Disposición Complementaria Final de la misma ley, siendo que a la fecha los indicados reglamentos no han sido aprobados ni publicados, corresponde al RENIEC emitir el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y Presupuesto Analítico de Personal (PAP) para el año 2014; Que en tal sentido, corresponde aprobar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Año Fiscal 2014 del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; Conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural N° 124-2013-JNAC- RENIEC (10ABR2013); el artículo 6 de la Ley N° 29091 y en los artículos 3 y 5 del Reglamento de la Ley N° 29091, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2008-PCM, el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo N° 001- 2009-JUS y estando a lo opinado por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) correspondiente al Año Fiscal 2014 del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (RENIEC), que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural, el que se encuentra acorde con la Resolución Jefatural N° 60-2014/JNAC/RENIEC (05MAR2014) que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), el mismo que será publicado en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional www.reniec. gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1087517-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Opinan favorablemente para que Mibanco, Banco de la Microempresa SA. realice emisión de Bonos Corporativos dentro del “Cuarto Programa de Bonos Corporativos Mibanco” RESOLUCIÓN SBS Nº 2516-2014 Lima, 2 de mayo de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por Mibanco, Banco de la Microempresa S.A., en adelante el Banco, para que se opine favorablemente sobre la emisión de bonos corporativos, dentro del “Cuarto Programa de Bonos Corporativos Mibanco” hasta por un monto de S/. 800 000 000 (ochocientos millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en dólares americanos; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, en adelante Ley General, en su artículo 234°, faculta a las empresas a emitir los instrumentos a que se refi ere la Ley del Mercado de Valores, y aquellos que la Superintendencia autorice mediante norma de carácter general; Que, el artículo 232° de la Ley General establece que la emisión de instrumentos fi nancieros requerirá opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia; Que, mediante Acta de Sesión de Directorio N° 211 de fecha 19 de setiembre de 2013, el Banco aprobó, por unanimidad, la emisión de bonos corporativos hasta por la suma de SI. 800 000 000 (ochocientos millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en dólares americanos, y delegó en sus funcionarios la determinación de los términos y condiciones generales del Cuarto Programa de Bonos Corporativos Mibanco, así como la oportunidad, montos, plazos, tasas, monedas y demás características) de cada una de las futuras emisiones dentro del citado Programa; y lleven a cabo los trámites de autorización necesarios; Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentación requerida según lo señalado en el Procedimiento N° 25 del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C” y Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones; y, con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas y Riesgos; y,