Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2014 (24/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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(vi) En caso de que se acredite la existencia de cualquiera de los siguientes elementos: (i) grave afectacion a los bienes juridicos tutelados; (ii) perjuicios concretos a los inversionistas o asociados; (iii) obtencion de un beneficio ilegal; (iv) dolo en la comision de la infraccion; los montos resultantes de la aplicacion de lo senalado en los puntos precedentes podran incrementarse hasta el MORDAZA permitido por la ley correspondiente, teniendo en cuenta los principios de razonabilidad y proporcionalidad. (vii) Concluida la evaluacion, los organos instructores evaluan si se configuran los atenuantes de responsabilidad contemplados en el articulo 236°-A de la LPAG y en el MORDAZA parrafo del articulo 6° del Reglamento de Sanciones." Articulo 4°.- Las infracciones a las normas que regulan la MORDAZA de informacion financiera por parte de las personas senaladas en el articulo 5° de la Ley N° 29720 se sancionan de acuerdo con los tipos infractorios, el procedimiento y los criterios establecidos en el articulo 6° de las Normas sobre la MORDAZA de estados financieros auditados por parte de sociedades o entidades a las que se refiere el articulo 5° de la Ley Nº 29720, aprobadas por la Resolucion SMV N° 011-2012SMV/01. Articulo 5°.- Derogar el inciso 2.1 del literal A) del Anexo IX del Reglamento de Sanciones, aprobado por la Resolucion CONASEV N° 055-2001-EF/94.10. Articulo 6°.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 7°.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores 1086992-1

El Peruano Sabado 24 de MORDAZA de 2014

funciones en la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de LimaODECMA, se les notifico la Resolucion Administrativa 16-2014-CED-CSJLI/PJ emitida por el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de MORDAZA, en la que se les pone en conocimiento que se ha nombrado a otros Magistrados en reemplazo del cargo que venia desempenando como Magistrados de Primera Instancia en ODECMA ­ MORDAZA, motivo por el cual solicitan ser reincorporados en su plaza de origen de los cuales son titulares. Adjuntando MORDAZA de la resolucion Administrativa del Consejo Ejecutivo Distrital. Segundo: Que, en efecto, conforme es de verse de la Resolucion Administrativa 16-2014-CED-CSJLI/PJ emitida por el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de MORDAZA, se ha dispuesto el reemplazo de los Magistrados: MORDAZA Charapaqui MORDAZA, Juez Titular del MORDAZA Juzgado Mixto de MORDAZA Este, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Primer Juzgado Mixto de El MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Primer Juzgado Penal de San MORDAZA de Lurigancho, en las funciones contraloras que desempenaban en la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ­ ODECMA de MORDAZA, al MORDAZA de la Resolucion Administrativa numero 101-2014-CEI/PJ. Tercero: Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior y teniendose en cuenta que los Magistrados: MORDAZA Charapaqui MORDAZA, Juez Titular del MORDAZA Juzgado Mixto de MORDAZA Este. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Primer Juzgado Mixto de El Agustino. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Primer Juzgado Penal de San MORDAZA de Lurigancho, pertenecen a esta Corte Superior de Justicia, resulta pertinente disponer que a partir de la fecha asuman funciones jurisdiccionales en los Juzgados de los cuales son titulares, debiendo entonces darse por concluido las designaciones de los Magistrados Supernumerarios que estaban a cargo de los referidos Juzgados. Por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades contenidas en los 3º y 9º del articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Primero.- DAR POR CONCLUIDO a partir de la fecha las designaciones como Jueces Especializados de los siguientes Magistrados: MORDAZA Zonia Pacora Portella del MORDAZA Juzgado Penal de MORDAZA Este. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Primer Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de El Agustino. Wolfrai MORDAZA MORDAZA del Primer Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho. Quienes deberan de hacer entrega del cargo con el inventario respectivo, bajo responsabilidad funcional. Dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Segundo.- DISPONER que reasuman sus funciones a partir de la fecha en los Juzgados de los cuales son titulares, los siguientes Magistrados: MORDAZA Charapaqui MORDAZA, Juez del MORDAZA Juzgado Mixto de MORDAZA Este. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del Primer Juzgado Mixto de El Agustino. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del Primer Juzgado Penal de San MORDAZA de Lurigancho. Tercero.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de MORDAZA Este, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital y de los Magistrados e interesados para los fines pertinentes. Publiquese, comuniquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA ALTABAS KAJATT Presidenta 1087538-1

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Dan por concluidas designaciones y disponen que magistrados reasuman funciones en diversos juzgados de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA ESTE RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 011-2014-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, 21 de MORDAZA de 2014 VISTOS: Los escritos presentados en la fecha por los Magistrados, MORDAZA Charapaqui MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicitando ser reincorporados a sus Juzgados de origen, al haber concluido sus designaciones en la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima. I CONSIDERANDO: Primero.- Que, los Magistrados recurrentes solicitan ser reincorporados en sus respectivos Juzgados de Origen, en razon de que habiendo desempenado

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