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El Peruano Jueves 6 de noviembre de 2014 536926 Que, asimismo, el citado artículo establece que dichas modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante decreto supremo, refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Educación, previo informe favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces del Ministerio de Educación, a solicitud de éste último; asimismo, el Ministerio de Educación es responsable de la verifi cación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo fi nanciero de los recursos transferidos y del cumplimiento de las acciones que se desarrollan a través de FONCODES y debe publicar en su portal institucional informes sobre el avance de la ejecución de los proyectos de infraestructura fi nanciados con las transferencias de recursos autorizadas por la presente disposición; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 096-2014- EF, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, del pliego Ministerio de Educación, a favor del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social hasta por la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 234 000,00) para la elaboración de cuarenta y nueve (49) estudios relacionados al desarrollo e implementación de infraestructura de cocinas, almacenes y servicios higiénicos en las instituciones educativas públicas del nivel de educación inicial y primaria de la Educación Básica Regular ubicadas en los distritos que se encuentren en el quintil I de pobreza, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Que, mediante el inciso d.2) del literal d) del artículo 3 y el artículo 11 de la Ley Nº 30191, Ley que establece medidas para la prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre, se autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario a favor del Ministerio de Educación para la ejecución de proyectos de inversión en infraestructura en instituciones educativas públicas del nivel de educación inicial y primaria de la Educación Básica Regular para la prevención y adecuada preparación para la respuesta ante desastres, hasta por la suma de CUARENTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 46 000 000,00). Dichos recursos se destinan a los proyectos de infraestructura a los que se refi ere el artículo 20 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2014, y se sujetan a lo establecido en el mencionado artículo; Que, mediante Ofi cio N° 1368-2014-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, la aprobación del Decreto Supremo que autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para fi nanciar la ejecución de proyectos relacionados al desarrollo e implementación de infraestructura de cocinas, almacenes y servicios higiénicos en las instituciones educativas públicas del nivel de educación inicial y primaria de la Educación Básica Regular ubicadas en los distritos que se encuentren en el quintil I de pobreza, y cuyos estudios fueron comprendidos en el Decreto Supremo Nº 096-2014-EF antes citado; Que, la referida propuesta se sustenta en lo señalado por la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 232-2014-MINEDU/SPE-UP y el Ofi cio N° 285-2014-MINEDU/SPE que indica que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, en la Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a fi n de fi nanciar lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Que, complementando lo antes mencionado, mediante Ofi cio N° 300-2014-MINEDU/SPE-UP la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación comunica que, mediante Informe N° 503-2014-MIDIS/SG/OPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ha informado que sólo veinticuatro (24) proyectos de inversión pública de los estudios comprendidos en el Decreto Supremo N° 096- 2014-EF cuentan con declaratoria de viabilidad registrada en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (FONCODES) del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, hasta por la suma de VEINTIDOS MILLONES CIENTO DIECISEIS MIL CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 22 116 054,00), para ser destinados a fi nanciar veinticuatro (24) proyectos de inversión pública en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; De conformidad con la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y la Ley N° 30191, Ley que establece medidas para la prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, hasta por la suma de VEINTIDOS MILLONES CIENTO DIECISEIS MIL CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 22 116 054,00), para fi nanciar las acciones descritas en la parte considerativa del presente Decreto Supremo, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 108 : Programa Nacional de Infraestructura Educativa ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2193517 : Infraestructura en establecimientos educativos públicos como soporte en la atención de situaciones de emergencias por desastres FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 22 116 054,00 TOTAL EGRESOS 22 116 054,00 A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 004 : Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5005242 : Desarrollo de implementación de Infraestructura de cocinas, almacenes y servicios higiénicos en Instituciones Educativas del nivel de educación inicial y primaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.5 Otros Gastos 22 116 054,00 TOTAL EGRESOS 22 116 054,00