Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2014 (06/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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Que, asimismo, el citado articulo establece que dichas modificaciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante decreto supremo, refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Educacion, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces del Ministerio de Educacion, a solicitud de este ultimo; asimismo, el Ministerio de Educacion es responsable de la verificacion y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos transferidos y del cumplimiento de las acciones que se desarrollan a traves de FONCODES y debe publicar en su MORDAZA institucional informes sobre el avance de la ejecucion de los proyectos de infraestructura financiados con las transferencias de recursos autorizadas por la presente disposicion; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 096-2014EF, se autorizo una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, del pliego Ministerio de Educacion, a favor del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social hasta por la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 234 000,00) para la elaboracion de cuarenta y nueve (49) estudios relacionados al desarrollo e implementacion de infraestructura de cocinas, almacenes y servicios higienicos en las instituciones educativas publicas del nivel de educacion inicial y primaria de la Educacion Basica Regular ubicadas en los distritos que se encuentren en el quintil I de pobreza, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Que, mediante el inciso d.2) del literal d) del articulo 3 y el articulo 11 de la Ley Nº 30191, Ley que establece medidas para la prevencion, mitigacion y adecuada preparacion para la respuesta ante situaciones de desastre, se autoriza la incorporacion de recursos via Credito Suplementario a favor del Ministerio de Educacion para la ejecucion de proyectos de inversion en infraestructura en instituciones educativas publicas del nivel de educacion inicial y primaria de la Educacion Basica Regular para la prevencion y adecuada preparacion para la respuesta ante desastres, hasta por la suma de CUARENTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 46 000 000,00). Dichos recursos se destinan a los proyectos de infraestructura a los que se refiere el articulo 20 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2014, y se sujetan a lo establecido en el mencionado articulo; Que, mediante Oficio N° 1368-2014-MINEDU/SG, el Ministerio de Educacion solicita, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, la aprobacion del Decreto Supremo que autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, para financiar la ejecucion de proyectos relacionados al desarrollo e implementacion de infraestructura de cocinas, almacenes y servicios higienicos en las instituciones educativas publicas del nivel de educacion inicial y primaria de la Educacion Basica Regular ubicadas en los distritos que se encuentren en el quintil I de pobreza, y cuyos estudios fueron comprendidos en el Decreto Supremo Nº 096-2014-EF MORDAZA citado; Que, la referida propuesta se sustenta en lo senalado por la Unidad de Presupuesto de la Secretaria de Planificacion Estrategica del Ministerio de Educacion, a traves del Informe Nº 232-2014-MINEDU/SPE-UP y el Oficio N° 285-2014-MINEDU/SPE que indica que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educacion, en la Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, a fin de financiar lo dispuesto en el articulo 20 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Que, complementando lo MORDAZA mencionado, mediante Oficio N° 300-2014-MINEDU/SPE-UP la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educacion comunica que, mediante Informe N° 503-2014-MIDIS/SG/OPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio

El Peruano Jueves 6 de noviembre de 2014

de Desarrollo e Inclusion Social ha informado que solo veinticuatro (24) proyectos de inversion publica de los estudios comprendidos en el Decreto Supremo N° 0962014-EF cuentan con declaratoria de viabilidad registrada en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP); Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, del pliego 010: Ministerio de Educacion, a favor del Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social (FONCODES) del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, hasta por la suma de VEINTIDOS MILLONES CIENTO DIECISEIS MIL CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 22 116 054,00), para ser destinados a financiar veinticuatro (24) proyectos de inversion publica en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 20 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; De conformidad con la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y la Ley N° 30191, Ley que establece medidas para la prevencion, mitigacion y adecuada preparacion para la respuesta ante situaciones de desastre; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, del pliego 010: Ministerio de Educacion, a favor del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, hasta por la suma de VEINTIDOS MILLONES CIENTO DIECISEIS MIL CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 22 116 054,00), para financiar las acciones descritas en la parte considerativa del presente Decreto Supremo, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles

: Gobierno Central 010 : Ministerio de Educacion 108 : Programa Nacional de Infraestructura Educativa ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2193517 : Infraestructura en establecimientos educativos publicos como soporte en la atencion de situaciones de emergencias por desastres

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO 22 116 054,00 22 116 054,00

En Nuevos Soles

: Gobierno Central 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social UNIDAD EJECUTORA 004 : Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5005242 : Desarrollo de implementacion de Infraestructura de cocinas, almacenes y servicios higienicos en Instituciones Educativas del nivel de educacion inicial y primaria

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.5 Otros Gastos 22 116 054,00 TOTAL EGRESOS 22 116 054,00

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