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El Peruano Jueves 6 de noviembre de 2014 536928 Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros, y autorizarse, mediante resolución suprema; Que, en consecuencia, siendo de interés institucional para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de la SMV, resulta pertinente autorizar el viaje solicitado, cuyos viáticos y pasajes aéreos respecto a la participación en los eventos “Latin American Roundtable – Task Force on Corporate Governance of Company Groups” y “The 2014 Meeting of the Latin American Corporate Governance Roundtable”, son asumidos con cargo a la Superintendencia del Mercado de Valores; mientras que los viáticos por la participación en la “XVI Reunión de Autoridades del Consejo del IIMV” son financiados conjuntamente por el Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores- IIMV y la Superintendencia del Mercado de Valores, correspondiendo a la SMV cubrir los gastos de pasajes aéreos por la XVI Reunión antes indicada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su modifi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Carlos Fabián Rivero Zevallos, Superintendente Adjunto de Investigación y Desarrollo de la Superintendencia del Mercado de Valores, a las ciudades de Bogotá y Cartagena de Indias, República de Colombia, del 16 al 22 de noviembre de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son asumidos con cargo al presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos US$ 1,776.00 • Eventos en la ciudad de Bogotá 1,480.00 (Viáticos por 3 días de eventos + 1) • Eventos en la ciudad de Cartagena de Indias 296.00 (Viáticos parciales por 2 días de eventos) - Pasajes US$ 1,296.50 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, el citado funcionario debe presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 5.- La presente resolución suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1160504-13 Ratifican acuerdo de PROINVERSIÓN sobre incorporación al proceso de promoción de la inversión privada la selección de los operadores para el otorgamiento de concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones y asignación de bloques de la Banda 698 – 806 MHz a nivel nacional RESOLUCIÓN SUPREMA N° 068-2014-EF Lima, 5 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 337-2014- MTC/03, publicada el 12 de junio de 2014, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones encargó a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN la conducción del Concurso Público de Ofertas y el otorgamiento de la buena pro del Concurso Público para otorgar en concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones y asignación de los bloques de la banda de 698 – 806 MHz; Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 06 de octubre de 2014, se acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada la selección de los operadores para el otorgamiento de concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones y asignación de bloques de la Banda 698 – 806 MHz a nivel nacional; asimismo se asignó al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Energía e Hidrocarburos – PRO CONECTIVIDAD, la conducción del indicado proceso de promoción; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias, complementarias y modifi catorias y supletoriamente por el Decreto Supremo N° 059-96-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 060-96-PCM, el acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN referido a la incorporación de proyectos al proceso de promoción de la inversión privada debe ser ratifi cado por resolución suprema; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias, complementarias y modifi catorias y en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 06 de octubre de 2014, en virtud del cual se acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada la selección de los operadores para el otorgamiento de concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones y asignación de bloques de la Banda 698 – 806 MHz a nivel nacional, de conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos N° 059-96-PCM y Nº 060-96-PCM y bajo el marco del Decreto Legislativo N° 1012 y su Reglamento. Artículo 2º.- Encargar al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Energía e Hidrocarburos la conducción del proceso de promoción de la inversión privada indicado en el artículo 1° de la presente resolución. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1160507-5