Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2014 (06/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano Jueves 6 de noviembre de 2014

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General del Sistema Nacional de Bienes Estatales; en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA; en la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; DECRETA: Articulo 1.- De la extincion de la afectacion en uso Autorizar a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales a extinguir la afectacion en uso otorgada por el Estado a favor del Consejo Nacional de la Universidad Peruana, actualmente Asamblea Nacional de Rectores, sobre el terreno de 6,702.00 m2 ubicado en la MORDAZA Aldabas Nº 337 del distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 44429209 del Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, para realizar las acciones que establece la Ley Nº 30220, Ley Universitaria y dotar a la Superintendencia Nacional de Educacion Superior Universitaria ­ SUNEDU de una sede institucional. Articulo 2.- De la entrega provisional Autorizar a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales a realizar la entrega provisional del inmueble descrito en el articulo precedente al Ministerio de Educacion, para la implementacion de la sede institucional de la SUNEDU. Articulo 3.- Del uso parcial del inmueble Facultar al Ministerio de Educacion, una vez realizada la entrega provisional citada en el articulo precedente, a ceder el uso parcial del inmueble descrito en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a la Asamblea Nacional de Rectores, para que lo destine exclusivamente a actividades relacionadas a su cierre presupuestal, patrimonial, administrativo, de personal y financiero. Articulo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento y por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de noviembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1160508-5

EDUCACION
Decreto Supremo que autoriza a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales a extinguir la afectacion en uso de bien inmueble
DECRETO SUPREMO Nº 007-2014-MINEDU EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es un organismo publico ejecutor adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, siendo el ente rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, responsable de normar los actos de disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion estan a su cargo, de acuerdo con la normatividad vigente; Que, el Estado es titular del terreno de 6,702.00 m2 ubicado en la MORDAZA Aldabas Nº 337 del distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 44429209 del Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, por haberlo adquirido en calidad de aporte reglamentario; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 408-74-VI5700, de fecha 05 de setiembre de 1974, se afecto en uso el inmueble MORDAZA referido, a favor del Consejo Nacional de la Universidad Peruana, hoy Asamblea Nacional de Rectores, para la construccion de su sede institucional; Que, la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, en adelante la Ley, en sus articulos 12 y 13 dispone la creacion de la Superintendencia Nacional de Educacion Superior Universitaria ­ SUNEDU como organismo publico tecnico especializado adscrito al Ministerio de Educacion con autonomia tecnica, funcional, economica, presupuestal y administrativa, con domicilio en la MORDAZA de Lima; con la finalidad de ser responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, de supervisar la calidad del servicio educativo universitario; asi como de fiscalizar si los recursos publicos y los beneficios otorgados por el MORDAZA legal a las universidades, han sido destinados a fines educativos y al mejoramiento de la calidad; Que, la Septima Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley constituyo el Grupo de Trabajo encargado de realizar el cierre presupuestal, patrimonial, administrativo, de personal y financiero de la Asamblea Nacional de Rectores - ANR y su Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, luego de lo cual se extinguiran dichas entidades en el plazo senalado en la citada norma; Que, la Decima Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley, autoriza al Ministerio de Educacion a realizar las contrataciones de personal, bienes y servicios necesarios para el funcionamiento de la SUNEDU, hasta su completa implementacion con los documentos de gestion correspondientes; Que, el Ministerio de Educacion ha solicitado la entrega provisional del referido inmueble para realizar las acciones que establece la Ley y dotar a la SUNEDU de su sede institucional, para lo cual se requiere extinguir previamente la afectacion en uso vigente; Que, el articulo 105 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establece que la afectacion en uso de un bien inmueble se extingue, entre otros supuestos, por disposicion de MORDAZA expresa; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; en el numeral 3) del articulo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 29151, Ley

Aceptan renuncia y encargan funciones de Presidente del Instituto Peruano del Deporte
RESOLUCION SUPREMA Nº 040-2014-MINEDU MORDAZA, 5 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 035-2011-ED se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dibos, como Presidente del Instituto Peruano del Deporte; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando, por lo que resulta conveniente aceptar la renuncia y encargar las funciones de Presidente del Instituto Peruano del Deporte, en tanto se designe a su titular; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos;

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