Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2014 (06/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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en la Ley Nº 28036, Ley de promocion y desarrollo del deporte; y en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DIBOS, al cargo de Presidente del Instituto Peruano del Deporte, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Encargar las funciones de Presidente del Instituto Peruano del Deporte al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario General del Instituto Peruano del Deporte, en adicion a sus funciones y en tanto se designe al titular. Articulo 3.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1160510-7

El Peruano Jueves 6 de noviembre de 2014

ENERGIA Y MINAS
Decreto Supremo que otorga Encargo Especial a las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica y ADINELSA, para el desarrollo de la Primera Subasta RER para Suministro de Energia a Areas No Conectadas a Red (Instalaciones RER Autonomas)
DECRETO SUPREMO Nº 036-2014-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por el Articulo 5 de la Ley Organica del Sector Energia y Minas, aprobada mediante Decreto Ley Nº 25962, corresponde al Ministerio de Energia y Minas formular, en MORDAZA con la politica general y los planes del Gobierno, las politicas de alcance nacional en materia de electricidad, hidrocarburos y mineria, supervisando y evaluando su cumplimiento; Que, el Decreto Legislativo Nº 1002 tiene como objeto promover el aprovechamiento de los Recursos Energeticos Renovables (RER), para mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion y proteger el medio ambiente, mediante la promocion de la inversion en la generacion de electricidad con el uso de MORDAZA de energia renovable; siendo declarado de interes nacional y necesidad publica mediante el Articulo 2 del mencionado cuerpo legal, el desarrollo de nueva generacion electrica mediante el uso de RER; Que, el Articulo 3 del Decreto Legislativo Nº 1002, establece que se entiende como RER a los recursos energeticos tales como biomasa, eolico, solar, geotermico y mareomotriz; y tratandose de la energia hidraulica, cuando la capacidad instalada no sobrepase de los 20 MW; Que, el Articulo 4 del citado cuerpo legal, dispone que el Ministerio de Energia y Minas es la autoridad nacional competente encargada de promover proyectos que utilicen RER; Que, el Decreto Supremo N° 020-2013-EM reglamenta la Promocion de la Inversion Electrica en Areas No Conectadas a Red, entendiendose como estas al area

geografica rural cuya poblacion no cuenta con redes ni servicio de electricidad; Que, en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 1002 y el Decreto Supremo Nº 020-2013-EM, el Ministerio de Energia y Minas se encuentra implementando la Primera Subasta RER para Suministro de Energia a Areas No Conectadas a Red (Instalaciones RER Autonomas), con la finalidad de generar energia electrica en las Areas No Conectadas a Red, hasta en una cantidad equivalente a Quinientos Mil (500,000.00) paneles fotovoltaicos; Que, el Articulo 4 del Decreto Supremo Nº 020-2013EM, senala que para cada subasta, el Ministerio de Energia y Minas definira en las Bases las Areas No Conectadas a Red, la cantidad minima de instalaciones RER autonomas requeridas y los respectivos objetivos porcentuales de cobertura prevista durante el plazo de vigencia, para cada una de estas areas. Los componentes y caracteristicas de las instalaciones RER autonomas seran establecidos en las Bases; Que, el Articulo 5 del Decreto Legislativo Nº 1031, Decreto Legislativo que promueve la eficiencia de la actividad empresarial del Estado, establece que las Empresas del Estado pueden recibir encargos especiales, mediante mandato expreso, aprobado por Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economia y Finanzas y con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1031 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 176-2010-EF; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto El presente dispositivo tiene como objeto otorgar a las empresas concesionarias de distribucion de energia electrica (EDE): Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electronoroeste S.A. (Electronoroeste), Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Norte S.A (Electronorte), Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Norte Medio S.A (Hidrandina), Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Centro S.A. (Electro Centro), Sociedad Electrica del Sur Oeste S.A. (SEAL), Empresa Regional de Servicio Publico De Electricidad Electrosur S.A. (Electrosur), Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Sur Este S.A.A. (Electro Sur Este), Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad de MORDAZA S.A.A. (Electro Puno), Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Oriente S.A. (Electro Oriente) y Empresa Concesionaria de Electricidad de Ucayali S.A. (Electro Ucayali), asi como a la Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. (ADINELSA); un encargo especial temporal orientado a lograr los objetivos de la Primera Subasta RER para Suministro de Energia a Areas No Conectadas a Red (Instalaciones RER Autonomas). Articulo 2º.- Del Encargo Especial temporal En el MORDAZA del Encargo Especial, las empresas senaladas en el articulo 1 de la presente MORDAZA, deberan efectuar las siguientes actividades: a. Encargarse de la gestion comercial a los usuarios de las instalaciones RER Autonomas. b. Realizar una MORDAZA de sensibilizacion y empadronamiento de los potenciales usuarios de las instalaciones RER Autonomas, asi como de la constatacion de la puesta en operacion comercial de estas instalaciones. Articulo 3º.- De la gestion comercial a los usuarios de las Instalaciones RER Autonomas Las empresas mencionadas en el articulo 1 de la presente MORDAZA, se encargaran de la gestion comercial a los usuarios de las instalaciones RER Autonomas; lo cual incluye la facturacion, reparto de recibos y cobranza por el servicio brindado a los usuarios, ademas de la verificacion de la operatividad que se compromete a cumplir el Adjudicatario de la Buena Pro de la Primera Subasta RER

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