Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2014 (06/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano Jueves 6 de noviembre de 2014

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CONSIDERANDO: Que, The Organisation for Economic Cooperation and Development (OECD) ha informado a la Superintendencia del MORDAZA de Valores sobre la realizacion de los eventos denominados "Latin American Roundtable ­ Task Force on Corporate Governance of Company Groups" y "The 2014 Meeting of the Latin American Corporate Governance Roundtable", a realizarse del 17 al 19 de noviembre de 2014, en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia; Que, la OECD tiene como objetivo promover politicas que mejoren el bienestar economico y social de las personas alrededor del MORDAZA y ofrece un foro donde los gobiernos pueden trabajar conjuntamente para compartir experiencias y buscar soluciones a los problemas comunes, trabajando con los gobernantes para entender que es lo que conduce al cambio economico, social y ambiental; Que, los mencionados eventos constituyen una importante oportunidad de hacer un balance de la evolucion de la region y sus implicancias para los esfuerzos de los responsables politicos, reguladores, inversores, empresas y otros defensores de la gestion empresarial a fin de mejorar el gobierno corporativo de la region; Que, asimismo, se abarcaran temas de especial relevancia como la revision de los principios de Gobierno Corporativo de la OECD; la presencia de grupos economicos y los desafios que estos representan para el gobierno corporativo; las transacciones con partes relacionadas; tendencias hacia la integracion de mercados latinoamericanos con la consolidacion del MORDAZA Integrado Latinoamericano (MILA); los desafios de gobierno corporativo para los emisores de bonos corporativos; y el papel de los inversionistas institucionales; Que, por otro lado, el Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores (IIMV) del Reino de Espana ha cursado invitacion a la Superintendencia del MORDAZA de Valores, para participar en la "XVI Reunion de Autoridades del Consejo del IIMV" que comprende la "Reunion Conjunta de Autoridades del Consejo del Instituto Iberoamericano de Mercados de ValoresIIMV y de Autoridades de las Bolsas Miembros de la Federacion Iberoamericana de Bolsas- FIAB", a realizarse del 19 al 21 de noviembre de 2014, en la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia, indicando que los organizadores financiaran los gastos de alojamiento y desayuno del comisionado; Que, la Reunion de Autoridades del Consejo del IIMV, a realizarse el 20 de noviembre de 2014, tiene como objetivo definir lineas de actuacion y el contenido de los diferentes programas y proyectos que el Instituto realizara durante el ano 2015, asi como se abordaran entre otros, temas sobre las practicas de venta de instrumentos complejos destinados a inversores minoristas, crowdfunding y sobre gobierno corporativo; Que, asimismo, la citada Reunion tiene previsto celebrar una Reunion Conjunta con los Presidentes de las Bolsas de Valores y miembros de la Federacion Iberoamericana de Bolsas (FIAB), a realizarse el 21 de noviembre de 2014, a fin de tratar los retos regulatorios para una mayor integracion de los mercados de valores, asi como el escenario actual de la regulacion de los mercados de valores de la region; Que, en ese sentido, la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV) considera de relevancia institucional dichos eventos, por lo que ha designado al senor MORDAZA MORDAZA Rivero MORDAZA, Superintendente Adjunto de Investigacion y Desarrollo de la SMV, para que participe en los mencionados eventos, en atencion a las funciones que realiza en el area en donde labora; Que, el penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, establece que las autorizaciones de viaje por supuestos distintos a los senalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, para el caso de las entidades del Poder

1.2 La relacion de proyectos de inversion publica, asi como los montos correspondientes que se financian con cargo a los recursos autorizados en el numeral 1.1 del presente articulo se detallan en el Anexo "Relacion de Proyectos de infraestructura de cocinas, almacenes y servicios higienicos en Instituciones Educativas del nivel de educacion inicial y primaria", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, y se publica en los Portales Institucionales del Ministerio de Educacion (www.minedu.gob.pe) y del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. El Pliego habilitado por el presente Decreto Supremo remitira MORDAZA de la citada resolucion al Ministerio de Educacion. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de noviembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1160508-6

Autorizan viaje de funcionario de la Superintendencia del MORDAZA de Valores a Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 067-2014-EF MORDAZA, 5 de noviembre de 2014

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