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El Peruano Jueves 6 de noviembre de 2014 536944 - Subofi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Emerson Calle Aguilar - Subofi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Susana Nidia Inga Ibarra - Subofi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Ronald Rider Yurivilca Feria. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente, se efectuarán a cargo de la N° 029 - Dirección Ejecutiva Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ Días Personas Total US$ Pasajes 827.00 X 63 52,101.00 Viáticos 370.00 X 7 X 63 163,170.00 215,271.00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refi ere el artículo 1° de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos. Artículo 4°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneraciones o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1160510-9 Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 225-2014-IN Lima, 5 de noviembre de 2014 VISTOS; el Mensaje Nº PG 19927/12/G9/AFPA de fecha 28 de octubre de 2014, procedente de la OCNI Buenos Aires República Argentina; y, el Memorándum Múltiple Nº 519-2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 31 de octubre de 2014, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 072-2014- JUS de fecha 27 de marzo de 2014, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Hugo Marcelino Arana Arana, formulada por la Quinta Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de una menor de edad con identidad reservada; y disponer su presentación por vía diplomática a la ciudad de Buenos Aires República Argentina, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Mensaje Nº PG 19927/12/G9/AFPA de fecha 28 de octubre de 2014, procedente de la OCNI Buenos Aires República Argentina, hizo de conocimiento que la Cancillería Argentina ha comunicado que la extradición del ciudadano peruano Hugo Marcelino Arana Arana ha sido concedida y se encuentra en condiciones de ser trasladado al Perú; en tal sentido resulta pertinente designar y autorizar el desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargaran de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Buenos Aires República Argentina hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 497-2014- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 29 de octubre de 2014, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos y documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión de servicios del 15 al 19 de noviembre de 2014, del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Segundo Carlos Valdivia Quibajo y del Subofi cial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Marino Abrahan Castillo Arqueros, a la ciudad de Buenos Aires República Argentina, a fi n de que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano antes mencionado; Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorándum Múltiple Nº 519-2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI la Dirección General de la Policía Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002- Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos, e impuesto de viaje para el personal policial y la extraditable serán asumidos por el Poder Judicial; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República que resulten estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión de servicios, del Subofi cial Brigadier de la Policía