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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (22/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Sábado 22 de noviembre de 2014 538114 los ponentes peruanos la participación de la señora Fabiola Alexandra Cedillo Del Águila, servidora de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural; el señor Rolando Mallaupoma Rafael y el señor Miguel Enrique Gil Meza, ambos servidores de la Dirección de Recuperaciones de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, en representación del Ministerio de Cultura del Perú; Que, con Informe N° 172-2014-DGDP-VMPCIC/MC, la Directora General (e) de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural señala la importancia de la participación de los ponentes del Ministerio de Cultura del Perú en el referido evento; así como, de la relación bilateral entre el Perú y Colombia, a fi n de enfrentar en conjunto al tráfi co ilícito de bienes culturales y contribuyendo así a la protección de los mismos; Que, en vista de la importancia e interés institucional en el referido evento, se estima conveniente autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Fabiola Alexandra Cedillo Del Águila, servidora de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural; del señor Rolando Mallaupoma Rafael y del señor Miguel Enrique Gil Meza, ambos servidores de la Dirección de Recuperaciones de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, a la ciudad de Cali, República de Colombia; a fi n que participen en el citado Taller Binacional, en representación del Ministerio de Cultura; Que, los gastos por concepto de pasajes serán asumidos con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura; Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y que deberá indicarse expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado artículo que deben ser canalizadas a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizadas por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y sus modifi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Fabiola Alexandra Cedillo Del Águila, servidora de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, así como, del señor Rolando Mallaupoma Rafael y del señor Miguel Enrique Gil Meza, servidores de la Dirección de Recuperaciones de la Dirección General de Defensa de Patrimonio Cultural, a la ciudad de Cali, República de Colombia, del 26 al 29 de noviembre de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura, de acuerdo al siguiente detalle: Fabiola Alexandra Cedillo Del Águila Pasajes aéreos: US$ 1 980,25 Rolando Mallaupoma Rafael Pasajes aéreos: US$ 1 980,25 Miguel Enrique Gil Meza Pasajes aéreos: US$ 1 980,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas referidas en el artículo 1 de la presente Resolución, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión de servicios. Artículo 4º.- El viaje autorizado no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y la Ministra de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DIANA ALVAREZ-CALDERÓN GALLO Ministra de Cultura 1168336-4 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la Festividad en honor al Señor de Huanca y a la Peregrinación al Santuario del Señor de Huanca RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 126-2014-VMPCIC-MC Lima, 21 de noviembre de 2014 VISTO, el Expediente Nº 049424-2013; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el numeral 2) del artículo 1 de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley Nº 28296, establece que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural; Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley Nº 29565, establece que “es función exclusiva de esta entidad realizar acciones de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación”; Que, asimismo el artículo 14 de la Ley antes indicada, establece que el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre sus funciones la declaración, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 080-2011-MC y sus modifi catorias, establece el procedimiento para la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 175-2013-DDC-CUS/MC la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, remite el expediente mediante el cual solicita la declaratoria de la Festividad y Peregrinación al Santuario del Señor de Huanca del distrito de San Salvador, provincia de Calca, departamento de Cusco, como Patrimonio Cultural de la Nación, al amparo de las normas vigentes; Que, mediante Informe Nº 489-2014-DGPC-VMPCIC/ MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural eleva al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales