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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (22/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Sábado 22 de noviembre de 2014 538128 SORTEO INSTITUCIONES EDUCATIVAS N° SORTEO ZONAS GEOGRÁFICAS PREMIOS TOTAL POR SORTEO I Zona Lima y Callao Dos (2) premios de S/. 40 000,00 para las instituciones educativas. Ocho (8) premios de S/. 15 000,00 para las instituciones educativas. Dos (2) premios de S/. 6 000,00 para los alumnos de instituciones educativas ganadoras de premios de S/. 40 000,00. Ocho (8) premios de S/. 3 500,00 para los alumnos de instituciones educativas ganadoras de premios de S/. 15 000,00. S/. 240 000,00 Zona 1 Dos (2) premios de S/. 40 000,00 para las instituciones educativas. Ocho (8) premios de S/. 15 000,00 para las instituciones educativas. Dos (2) premios de S/. 6 000,00 para los alumnos de instituciones educativas ganadoras de premios de S/. 40 000,00. Ocho (8) premios de S/. 3 500,00 para los alumnos de instituciones educativas ganadoras de premios de S/. 15 000,00. S/. 240 000,00 Zona 2 Dos (2) premios de S/. 40 000,00 para las instituciones educativas. Ocho (8) premios de S/. 15 000,00 para las instituciones educativas. Dos (2) premios de S/. 6 000,00 para los alumnos de instituciones educativas ganadoras de premios de S/. 40 000,00. Ocho (8) premios de S/. 3 500,00 para los alumnos de instituciones educativas ganadoras de premios de S/. 15 000,00. S/. 240 000,00 Zona 3 Dos (2) premios de S/. 40 000,00 para las instituciones educativas. Ocho (8) premios de S/. 15 000,00 para las instituciones educativas. Dos (2) premios de S/. 6 000,00 para los alumnos de instituciones educativas ganadoras de premios de S/. 40 000,00. Ocho (8) premios de S/. 3 500,00 para los alumnos de instituciones educativas ganadoras de premios de S/. 15 000,00. S/. 240 000,00 El monto total de los premios a otorgarse para las instituciones educativas durante la fecha del sorteo autorizado, asciende a la suma de Novecientos Sesenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 960 000,00). El sorteo se efectuará de manera simultánea para todas las zonas geográfi cas, hasta completar la cantidad de ganadores que corresponda a cada una de éstas. Los premios serán asignados por cada zona geográfi ca a diez (10) instituciones educativas ganadoras conforme al orden en que se extraigan los sobres seleccionados al azar, dándose inicio con la asignación de los ocho (8) premios de Quince Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 15 000,00) hasta completar la cantidad de ganadores por dicho monto, para luego fi nalizar con la asignación de los dos (2) premios de Cuarenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 40 000,00). A continuación se asignarán los dos (2) premios de Seis Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 6 000,00) por cada zona a los (2) alumnos que fi guren en los sobres seleccionados al azar para cada una de las instituciones educativas ganadoras de premios de Cuarenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 40 000,00). Los ocho (8) premios de Tres Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3 500,00) serán asignados por cada zona a los ocho (8) alumnos que fi guren en los sobres seleccionados al azar para cada una de las instituciones educativas ganadoras de premios de Quince Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 15 000,00). Si el ganador del sorteo no ha reclamado su premio correspondiente dentro del plazo de noventa (90) días calendario contados desde el día siguiente a aquel en que es notifi cado por la SUNAT, el monto del premio será devuelto al Ministerio de Economía y Finanzas. En los casos en que se produjera el supuesto previsto en el último párrafo del rubro Instituciones Educativas del Artículo Séptimo de las Bases, el monto del premio que hubiera correspondido al alumno será devuelto al Ministerio de Economía y Finanzas. El monto que corresponda a los premios no entregados no será acumulado por ningún motivo.” “Artículo Séptimo.- FORMA DE PARTICIPACIÓN EN EL SORTEO, LUGAR DE ENTREGA Y REQUISITOS DE LOS SOBRES PERSONAS NATURALES: Los participantes deberán depositar en un sobre cerrado comprobantes de pago cuya suma total sea igual o mayor a Treinta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 30,00) y consignar en el sobre, en forma legible, los siguientes datos: • Nombres y apellidos. • Tipo y número de su documento de identidad. • Dirección completa y referencia. • Número telefónico fi jo o móvil y correo electrónico (en caso de tenerlos). Los sobres deberán ser depositados en cualquiera de las ánforas ubicadas en las agencias del Banco de la Nación y en los lugares que para tal efecto la SUNAT señale, así como en las ánforas móviles que la SUNAT utilice para promocionar el sorteo. La relación de ánforas habilitadas para el depósito de los sobres para participar en el sorteo a nivel nacional y su ubicación serán difundidos por la SUNAT a través de SUNAT Virtual (www. sunat.gob.pe). Los sobres seleccionados al azar, cuyo contenido no cumpla con cualquiera de los requisitos antes descritos, o que se encuentren rotos o abiertos serán descalifi cados. Aquellos participantes cuyos sobres, seleccionados al azar, no cumplan con lo previsto en el inciso a) del Artículo Primero de las Bases, serán descalifi cados. INSTITUCIONES EDUCATIVAS: Para efectos de su participación en el sorteo, las instituciones educativas deberán inscribirse previamente ante la SUNAT. Para ello deberán utilizar el formato que la SUNAT pondrá a su disposición a través de SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe). Una vez realizada la inscripción obtendrán su código de inscripción. Una vez inscritas, las instituciones educativas podrán participar acopiando entre sus alumnos sobres que contengan comprobantes de pago cuya suma total sea igual o mayor a Treinta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 30,00), en los cuales se debe haber consignado en forma legible, la siguiente información: • Código de inscripción de la institución educativa. • Nombres y apellidos del alumno. • Nombres y apellidos del padre, madre o tutor del alumno. • Tipo y número del documento de identidad del padre, madre o tutor. • Dirección completa y referencia del domicilio del padre, madre o tutor. • Número telefónico (en caso de tenerlo) del padre, madre o tutor. Las instituciones educativas deberán entregar los sobres acopiados en bolsas de plástico resistente, preferentemente transparentes, debidamente lacradas y rotuladas, en los lugares que para tal efecto la SUNAT difunda mediante su publicación en SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe); caso contrario, se procederá a su descalifi cación. Si por algún motivo debidamente sustentado, una institución educativa no pudiera entregar sus bolsas en los lugares indicados, excepcionalmente la SUNAT podrá autorizar la entrega de las mismas en otras sedes de la Institución. El rótulo de las bolsas deberá contener la siguiente información: • Código de inscripción de la institución educativa. • Denominación y/o Razón Social de la institución educativa.