Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2014 (29/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Sabado 29 de noviembre de 2014

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Administracion de DIMATEMAR, emite opinion favorable a la contraprestacion propuesta por la citada empresa, afirmando que se ajusta a la Directiva COMGEMAR Nº 017-14 y brindara a dicha Institucion un ingreso como recurso directamente recaudado que sera de utilidad para su fines propios; Estando a la propuesta presentada por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar al Ministerio de Defensa MORDAZA de MORDAZA del Peru el otorgamiento del Derecho de Usufructo a favor de la empresa Construcciones y Reparaciones Marinas S.A.C, sobre un area de 21,611.54 m², que forma parte del predio ubicado en Tierra Colorada - MORDAZA de Paita, distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, el cual se encuentra inscrito en la Partida Electronica Nº 00029415 del Registro de Predios de la Oficina Registral de MORDAZA, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2.- Autorizar al Director General del Material de la MORDAZA y al Director de Administracion de Bienes e Infraestructura Terrestre, para que en nombre y representacion del Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, suscriban el correspondiente contrato de otorgamiento de Derecho de Usufructo, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Los funcionarios autorizados, deberan supervisar el cumplimiento de las clausulas del contrato MORDAZA senalado. Articulo 3.- El Anexo descrito en el articulo anterior sera publicado en el MORDAZA institucional de la MORDAZA de MORDAZA del Peru (www.marina.mil.pe), el mismo dia de la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial "El Peruano". Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa
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DEFENSA
Autorizan al Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru el otorgamiento del Derecho de Usufructo a favor de la empresa Construcciones y Reparaciones Marinas S.A.C. sobre area de predio ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 707-2014-DE/

MORDAZA, 28 de noviembre de 2014 VISTOS: El Oficio G.500-2788 del 10 de MORDAZA de 2014 del Secretario del Comandante General de la Marina; y el Informe Legal de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 04 de fecha 28 de marzo de 1953, modificado por Decreto Supremo Nº 01 de fecha 7 de enero de 1963 y Decreto Supremo Nº 052-DE/MGP de fecha 22 de junio de 1994, se reservo para fines de Defensa Nacional y sujeto a la jurisdiccion exclusiva del Ministerio de MORDAZA (hoy Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru), un area de 3,936.875 Hectareas, ubicada en Tierra Colorada - MORDAZA de Paita, distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, la cual se encuentra inscrita en la Partida Electronica Nº 00029415 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Piura; Que, dentro del predio referido en el considerando precedente, se encuentra el area de 21,611.54 m², la misma que es solicitada por la empresa Construcciones y Reparaciones Marinas S.A.C., para la ampliacion de la capacidad instalada en el varadero ANDESA-PAITA, como area complementaria para el mantenimiento, reparacion, modificacion, diseno y construccion de embarcaciones marinas, area que viene ocupando desde hace mas de 25 anos; Que, mediante el Oficio del Visto, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA informa que la mencionada Institucion Armada pretende suscribir un contrato de otorgamiento de derecho de usufructo con la empresa Construcciones y Reparaciones Marinas S.A.C sobre el terreno ubicado en la Caleta Tierra Colorada, MORDAZA industrial III de Paita, departamento de Piura; Que, conforme dispone el articulo 27º del Decreto Supremo Nº 032-DE-SG, los terrenos reservados para fines de Defensa Nacional podran ser otorgados temporalmente a favor de particulares en usufructo u otra modalidad, mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Defensa cuando MORDAZA requeridos para Proyectos que contribuyan al desarrollo nacional; Que, mediante Informe Legal del 30 de junio de 2014, el Asesor Legal de la Direccion General del Material de la MORDAZA (DIMATEMAR), recomienda que se gestione ante el Ministerio de Defensa la autorizacion para el otorgamiento del derecho de usufructo solicitado por la empresa Construcciones y Reparaciones Marinas S.A.C, teniendo en cuenta que la MORDAZA de MORDAZA del Peru no tiene proyectada la utilizacion del mismo durante el plazo de duracion del citado contrato; asimismo, de acuerdo con el citado documento, el proyecto de inversion para la ampliacion de la capacidad instalada del Varadero Construcciones y Reparaciones Marinas S.A.C., esta orientado a un aprovechamiento economico y social que contribuira al desarrollo nacional y tiene como objetivo general el desarrollo socio economico de la comunidad maritima industrial y artesanal del pais; Que, con el Informe de Evaluacion Tecnico Economica del 30 de junio de 2014, el Jefe de la Oficina de

Autorizan viaje de personal militar FAP a Brasil, en mision de estudios
RESOLUCION SUPREMA Nº 708-2014-DE/FAP

MORDAZA, 28 de noviembre de 2014 Visto el Acta de Actividades Bilaterales de la "VI Reunion de Conversaciones entre los Estados-Mayores de la Fuerza Aerea Brasilena y de la Fuerza Aerea del Peru" de fecha 13 de agosto de 2014, el Fax AABR Nº 075 de fecha 03 de junio de 2014 y el Fax AABR-Nº 112 de fecha 18 de agosto de 2014 del Agregado de Defensa Adjunto y Aereo a la Embajada del Peru en la Republica Federativa del Brasil, el Fax MSG Nº 1074/2SC4/14270 de fecha 16 de octubre de 2014 del Jefe de la MORDAZA Sub jefatura del EMAER y el Oficio NC-50-3-CEFO-Nº 1563 de fecha 27 de octubre de 2014 del Comandante de Educacion de la Fuerza Aerea del Peru. CONSIDERANDO: Que, la Republica Federativa del Brasil y la Republica del Peru, en el MORDAZA de las relaciones bilaterales establecen actividades de cooperacion entre ambos paises, en tal sentido en la Actividad Nº 4 del Anexo MORDAZA del Acta de Actividades Bilaterales de la "VI

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