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El Peruano Sábado 29 de noviembre de 2014 538893 autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto de dicho Ministerio; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su modifi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, así como la Directiva Nº 003-2012- EF/43.01 – Directiva para la Tramitación de Autorizaciones de Viajes por Comisión de Servicios al Exterior e Interior del País aprobada con Resolución Ministerial Nº 662- 2012-EF/43 y sus modifi catorias aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 331-2013-EF/43 y Resolución Ministerial N° 027-2014-EF/43; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Marco Antonio Camacho Sandoval, Director General de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 30 de noviembre al 4 de diciembre de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son asumidos con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US $ 2 005,53 Viáticos (2 + 1 día) : US $ 1 320,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente resolución suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1171678-10 Aprueban actualización de la jerarquía y ponderación de los criterios señalados en el numeral 7.1 del Artículo 7 de la Ley Nº 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 391-2014-EF/15 Lima, 28 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28939, Ley que aprueba Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, dispone la creación de Fondos y dicta otras medidas, se creó el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL, destinado al fi nanciamiento o cofi nanciamiento de estudios de preinversión y proyectos de inversión pública de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, con la fi nalidad de reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura básicos; Que, mediante Ley N° 29125 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 204-2007-EF, se estableció la implementación y el funcionamiento del FONIPREL, señalándose los criterios para la asignación de los recursos del referido Fondo; Que, el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 037- 2009, incorporó el literal k) en el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 29125, a fi n de incluir como criterio de asignación de recursos el grado de ejecución fi nanciera de los recursos asignados para gastos en proyectos de inversión; Que, el artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 037- 2009, dispone que la actualización de la jerarquía y ponderación de los criterios señalados en el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 29125, se aprueban por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, a propuesta de la Secretaria Técnica del FONIPREL; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 124- 2014-EF/15, se aprobó la actualización de jerarquía y ponderación de los criterios señalados en el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local FONIPREL; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, incorporó el literal l) en el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 29125, a fi n de incluir como criterio de asignación de recursos la ejecución indirecta o similar, conforme a lo dispuesto en las directivas del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, la Secretaría Técnica del FONIPREL ha propuesto la actualización de la jerarquía y ponderación de los criterios señalados en el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29125 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 204-2007-EF y el Decreto de Urgencia N° 037-2009; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la actualización de jerarquía y ponderación de los criterios señalados en el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 29125 que, como Anexos, forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial, conforme al detalle siguiente: 1.1 Anexo N° 01: “Especifi cación de jerarquía y ponderación de los criterios de asignación de los recursos del FONIPREL: Agrupamiento de los Gobiernos Regionales y Locales en función de sus necesidades y disponibilidad de recursos determinados y FONCOR”. 1.2 Anexo N° 02: “Especifi cación de jerarquía y ponderación de los criterios de asignación de los recursos del FONIPREL: Defi nición del algoritmo para asignar los recursos del FONIPREL”. 1.3 Anexo N° 03: “Listado de Municipalidades Distritales, Municipalidades Provinciales y Gobiernos Regionales según los indicadores utilizados en el agrupamiento por necesidades y recursos por transferencias, y según grupo de pertenencia de necesidades y recursos”.