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El Peruano Sábado 29 de noviembre de 2014 538900 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aceptan renuncia de Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción RESOLUCIÓN SUPREMA N° 207-2014-JUS Lima, 28 de noviembre de 2014 VISTO, el Ofi cio Nº 3800-2014-JUS/CDJE-ST, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el literal a) del artículo 25º del Decreto Legislativo antes acotado, estipula que la designación de los Procuradores Públicos culmina, entre otras razones, por la renuncia; Que, mediante Resolución Suprema N° 002-2014- JUS, de fecha 9 de enero de 2014, se designó al señor abogado Christian Jaime Salas Beteta como Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción; Que, mediante carta de fecha 27 de octubre de 2014, el señor abogado Christian Jaime Salas Beteta, presentó renuncia al cargo de Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción; Que, conforme al Ofi cio de visto, el Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que el citado Consejo ha propuesto aceptar la renuncia del señor abogado Christian Jaime Salas Beteta, al cargo de Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción, resultando pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 2008-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia del abogado Christian Jaime Salas Beteta como Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1171680-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban el “Plan Operativo Institucional Reformulado del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables” correspondiente al Año Fiscal 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 411-2014-MIMP Lima, 28 de noviembre de 2014 Vistos, el Informe Nº 029-2014-MIMP/OGPP-OP- MADA de la Ofi cina de Planeamiento y la Nota Nº 728- 2014-MIMP/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo dispone en el numeral 1 del artículo 25 que los Ministros de Estado tienen entre sus funciones, el dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el Decreto Legislativo Nº 1098 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, establece que es el organismo del Poder Ejecutivo, rector en políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y promoción y protección de las poblaciones vulnerables; Que, en el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012- MIMP, se menciona que la Ministra o el Ministro establece los objetivos del Sector, orienta, formula, dirige, coordina, determina, ejecuta, supervisa y evalúa las políticas nacionales y sectoriales a su cargo, en armonía con las disposiciones legales y la política general del Gobierno. Está a cargo de la conducción de las políticas nacionales y sectoriales y del dictado de lineamientos y directivas en materia de mujer y poblaciones vulnerables; Que, el artículo 71, numeral 71.1 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), según sea el caso; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 306- 2013-MIMP se aprobó “El Plan Operativo Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables” correspondiente al Año Fiscal 2014; Que, con Resolución Ministerial Nº 388-2014-MIMP se aprobó el “Plan Estratégico Institucional 2014-2016 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”; Que, con los documentos de vistos, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del MIMP, sustenta la aprobación del “Plan Operativo Institucional Reformulado del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, correspondiente al Año Fiscal 2014, indicando que el mismo se encuentra concordante con el “Plan Estratégico Institucional 2014-2016 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables” antes citado;