Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2014 (29/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014 que establece disposiciones respecto a montos por Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Mision Diplomatica, Comision Especial en el Exterior, Mision de Estudios, Comision de Servicios y Tratamiento Medico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo Nº 0242009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el senor Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru y a lo acordado con el senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios, del Personal Militar FAP que se detalla a continuacion, para que participe en la primera y MORDAZA fase (pre-seleccion eliminatorio) del "Curso de Formacion de Sargentos (CFS)"; que se realizara en el Centro de Instruccion Especializada-CIEAR, en la MORDAZA de Rio de Janeiro - Republica Federativa del Brasil, del 01 de diciembre de 2014 al 14 de enero de 2015; asi como autorizar su salida del MORDAZA el 30 de noviembre de 2014 y su retorno el 15 de enero de 2015:
Alumno de 1er. Ano FAP NSA: S-61150114 Alumno de 1er. Ano FAP NSA: S-17910713 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 73602253 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 73479395

El Peruano Sabado 29 de noviembre de 2014

Articulo 7º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 8º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa
1171678-8

Amplian viaje de personal militar FAP a Brasil, autorizado por R.S. Nº 4782010-DE/FAP en mision de estudios ,
RESOLUCION SUPREMA Nº 710-2014-DE/FAP

MORDAZA, 28 de noviembre de 2014 Visto el Fax AABR-Nº 114 de fecha 19 de agosto de 2014 del Agregado de Defensa Adjunto y Aereo a la Embajada del Peru en la Republica Federativa del Brasil y el Oficio NC-50-3-CEFO-Nº 1368 de fecha 17 de setiembre de 2014 del Comandante de Educacion de la Fuerza Aerea del Peru. CONSIDERANDO: Que, con la Resolucion Suprema Nº 478-2010-DE/ FAP de fecha 29 de octubre de 2010, se autorizo el viaje al exterior en Mision de Estudios a la Republica Federativa del Brasil, de los Cadetes de I Ano FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y JURGEN MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participen en el Curso de Formacion de Oficiales Aviadores (CFOAV), a realizarse en la Academia de la Fuerza Aerea Brasilena (AFA), con sede en la MORDAZA de Pirassununga-Sao MORDAZA, del 01 de noviembre de 2010 al 30 de noviembre de 2014; Que, con la Resolucion de la Comandancia General de la Fuerza Aerea Nº 1448 COFAP de fecha 24 de diciembre de 2013, se otorgo a partir del 01 de enero de 2014, el grado de MORDAZA FAP de MORDAZA a los Cadetes de IV ano de la Escuela de Oficiales de la FAP, integrantes de la Promocion "Capitan FAP MORDAZA MORDAZA VEGA", entre ellos los Cadetes de IV ano FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y JURGEN MORDAZA MORDAZA CANDELA; Que, con el Fax AABR-Nº 114 de fecha 19 de agosto de 2014, el Agregado de Defensa Adjunto y Aereo a la Embajada del Peru en la Republica Federativa del Brasil, informa que la graduacion del curso mencionado en el primer considerando se realizara el 11 de diciembre del presente ano, por lo cual solicita se amplie hasta el 11 de diciembre de 2014, el viaje al exterior en Mision de Estudios autorizado con la Resolucion Suprema Nº 4782010-DE/FAP de fecha 29 de octubre de 2010; Que, es conveniente para los intereses institucionales, ampliar hasta el 11 de diciembre de 2014 el viaje al exterior en Mision de Estudios autorizado con la Resolucion Suprema Nº 478-2010-DE/FAP de fecha 29 de octubre de 2010, con la finalidad que el MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el MORDAZA FAP JURGEN MORDAZA MORDAZA MORDAZA culminen el "Curso de Formacion de Oficiales Aviadores (CFOAV)" en la Academia de la Fuerza Aerea Brasilena (AFA), con sede en la MORDAZA de Pirassununga, Sao MORDAZA - Republica Federativa del Brasil; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Fuerza Aerea del Peru;

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2014, de acuerdo al concepto siguiente:
Pasaje: MORDAZA - Rio de Janeiro (Republica Federativa del Brasil): US $ 1,049.05 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $ 2,098.10 Total a pagar = US $ 2,098.10 Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero Real 2,582.07 x 01 mes x 02 personas = Real 5,164.14 Total a pagar = Real 5,164.14

Articulo 3º.- El pago correspondiente al ano posterior, se efectuara con cargo al presupuesto del ano fiscal que corresponda. Articulo 4º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, y por el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Mision Diplomatica, Comision Especial en el Exterior, Mision de Estudios, Comision de Servicios y Tratamiento Medico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. Articulo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Articulo 6º.- El personal designado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais.

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