Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2014 (29/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Sabado 29 de noviembre de 2014

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a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el regimen del Decreto Legislativo Nº 276 y la Ley Nº 29944, los obreros permanentes y eventuales del Sector Publico, el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru, los trabajadores contratados bajo el Regimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regimenes de la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846, Nº 19990, y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091, y el personal que por ley especial recibe aguinaldo por MORDAZA patrias de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Que, mediante Nota Nº 365-2014-MIMP/DGFC, de fecha 15 de MORDAZA de 2014, la Direccion General de la Familia y la Comunidad remite a la Secretaria General el Informe Nº 180-2014-MIMP/DGFC-DIBPV-AACG, elaborado por la Direccion de Beneficencias Publicas y Voluntariado, en el cual solicita la transferencia de recursos financieros a favor de treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Publica bajo el ambito del MIMP, para el pago del aguinaldo extraordinario establecido por el Decreto de Urgencia Nº 001-2014 correspondiente al mes de MORDAZA de 2014, a fin de que se implementen las medidas administrativas que correspondan; Que, de conformidad con lo normado por el articulo 6 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, "la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces es responsable de conducir el MORDAZA Presupuestario de la Entidad, sujetandose a las disposiciones que emita la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, para cuyo efecto, organiza, consolida, verifica y presenta la informacion que se genere asi como coordina y controla la informacion de ejecucion de ingresos y gastos autorizados en los Presupuestos y sus modificaciones, los que constituyen el MORDAZA limite de los creditos presupuestarios aprobados"; Que, mediante Informe Nº 357-2014-MIMP/OGPPOPI, de fecha 17 de MORDAZA de 2014, la Oficina de Presupuesto e Inversiones senala que: "... lo solicitado por la Directora General de la Familia y la Comunidad no sera factible de atencion debido a que en dicho Decreto de Urgencia, no autorizaron ninguna incorporacion de recursos via credito suplementario para el pago de aguinaldo extraordinario"; informe que el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace MORDAZA mediante Memorando Nº 426-2014-MIMP/OGPP de fecha 17 de MORDAZA de 2014; Que, mediante Nota Nº 597-2014-MIMP/OGAJ de fecha 21 de MORDAZA de 2014, la Oficina General de Asesoria Juridica senala: "... al no considerar factible la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto la transferencia de recursos financieros a favor de las citadas Sociedades de Beneficencia para el pago de aguinaldo extraordinario establecido mediante Decreto de Urgencia Nº 001-2014, resulta improcedente la expedicion de la Resolucion Ministerial que aprueba la transferencia solicitada por la Direccion General de la Familia y la Comunidad...". Opinion que es reiterada mediante Nota Nº 617-2014MIMP/OGAJ; Que, no obstante ello, la Direccion de Beneficencias Publicas y Voluntariado emite un MORDAZA Informe signado con el Nº 191-2014-MIMP/DGFC-DIBPV-AACG, de fecha 24 de MORDAZA de 2014, en el que contradice el Informe Nº 357-2014-MIMP/OGPP-OPI emitido por la Oficina de Presupuesto e Inversiones, el mismo que es elevado por la Direccion General de la Familia y la Comunidad a la Secretaria General mediante Nota Nº 391-2014-MIMP/ DGFC, de fecha 25 de MORDAZA de 2014, donde ademas se reitera la solicitud de transferencia de recursos financieros a favor de treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Publica bajo el ambito del MIMP; Que, mediante Memorando Multiple Nº 054-2014MIMP/SG de fecha 25 de MORDAZA de 2014, dirigido a la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, al Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y al Director General

Que, en consecuencia resulta necesario aprobar el "Plan Operativo Institucional Reformulado del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables", correspondiente al Ano Fiscal 2014; Con las visaciones de la Secretaria General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, el Decreto Legislativo Nº 1098 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el "Plan Operativo Institucional Reformulado del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables", correspondiente al Ano Fiscal 2014, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a traves de su Oficina de Planeamiento, el seguimiento y evaluacion del "Plan Operativo Institucional Reformulado del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables", correspondiente al Ano Fiscal 2014, aprobado por la presente Resolucion. Articulo 3.- Establecer que el "Plan Operativo Institucional Reformulado del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables", correspondiente al Ano Fiscal 2014, materia de la presente Resolucion podra ser modificado y/o reformulado, durante el MORDAZA de su ejecucion, a propuesta de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre la base de los resultados del respectivo monitoreo y evaluacion. Articulo 4.- Disponer que la presente Resolucion y su anexo MORDAZA publicados en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www. mimp.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
1171660-1

Declaran nulidad de oficio de la R.M. Nº 297-2014-MIMP que aprobo , transferencia financiera a favor de 31 Sociedades de Beneficencia Publica que se encuentran en el ambito del MIMP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 412-2014-MIMP

MORDAZA, 28 de noviembre de 2014 Vista, la Resolucion Ministerial Nº 297-2014-MIMP, que aprueba la transferencia financiera a favor de treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Publica que se encuentran en el ambito del MIMP, la Nota Nº 1222014-MIMP/OGPP-OPI de la Oficina de Presupuesto e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y, el Informe Nº 258-2014-MIMP/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 001-2014 se establecieron medidas extraordinarias para estimular la economia y se autorizo por unica vez, entre otros, el otorgamiento de un aguinaldo extraordinario de DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 200.00)

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