Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2014 (29/11/2014)
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TEXTO DE LA PÁGINA 31
El Peruano Sabado 29 de noviembre de 2014
538901
a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el regimen del Decreto Legislativo Nº 276 y la Ley Nº 29944, los obreros permanentes y eventuales del Sector Publico, el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru, los trabajadores contratados bajo el Regimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regimenes de la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846, Nº 19990, y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091, y el personal que por ley especial recibe aguinaldo por MORDAZA patrias de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Que, mediante Nota Nº 365-2014-MIMP/DGFC, de fecha 15 de MORDAZA de 2014, la Direccion General de la Familia y la Comunidad remite a la Secretaria General el Informe Nº 180-2014-MIMP/DGFC-DIBPV-AACG, elaborado por la Direccion de Beneficencias Publicas y Voluntariado, en el cual solicita la transferencia de recursos financieros a favor de treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Publica bajo el ambito del MIMP, para el pago del aguinaldo extraordinario establecido por el Decreto de Urgencia Nº 001-2014 correspondiente al mes de MORDAZA de 2014, a fin de que se implementen las medidas administrativas que correspondan; Que, de conformidad con lo normado por el articulo 6 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, "la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces es responsable de conducir el MORDAZA Presupuestario de la Entidad, sujetandose a las disposiciones que emita la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, para cuyo efecto, organiza, consolida, verifica y presenta la informacion que se genere asi como coordina y controla la informacion de ejecucion de ingresos y gastos autorizados en los Presupuestos y sus modificaciones, los que constituyen el MORDAZA limite de los creditos presupuestarios aprobados"; Que, mediante Informe Nº 357-2014-MIMP/OGPPOPI, de fecha 17 de MORDAZA de 2014, la Oficina de Presupuesto e Inversiones senala que: "... lo solicitado por la Directora General de la Familia y la Comunidad no sera factible de atencion debido a que en dicho Decreto de Urgencia, no autorizaron ninguna incorporacion de recursos via credito suplementario para el pago de aguinaldo extraordinario"; informe que el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace MORDAZA mediante Memorando Nº 426-2014-MIMP/OGPP de fecha 17 de MORDAZA de 2014; Que, mediante Nota Nº 597-2014-MIMP/OGAJ de fecha 21 de MORDAZA de 2014, la Oficina General de Asesoria Juridica senala: "... al no considerar factible la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto la transferencia de recursos financieros a favor de las citadas Sociedades de Beneficencia para el pago de aguinaldo extraordinario establecido mediante Decreto de Urgencia Nº 001-2014, resulta improcedente la expedicion de la Resolucion Ministerial que aprueba la transferencia solicitada por la Direccion General de la Familia y la Comunidad...". Opinion que es reiterada mediante Nota Nº 617-2014MIMP/OGAJ; Que, no obstante ello, la Direccion de Beneficencias Publicas y Voluntariado emite un MORDAZA Informe signado con el Nº 191-2014-MIMP/DGFC-DIBPV-AACG, de fecha 24 de MORDAZA de 2014, en el que contradice el Informe Nº 357-2014-MIMP/OGPP-OPI emitido por la Oficina de Presupuesto e Inversiones, el mismo que es elevado por la Direccion General de la Familia y la Comunidad a la Secretaria General mediante Nota Nº 391-2014-MIMP/ DGFC, de fecha 25 de MORDAZA de 2014, donde ademas se reitera la solicitud de transferencia de recursos financieros a favor de treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Publica bajo el ambito del MIMP; Que, mediante Memorando Multiple Nº 054-2014MIMP/SG de fecha 25 de MORDAZA de 2014, dirigido a la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, al Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y al Director General
Que, en consecuencia resulta necesario aprobar el "Plan Operativo Institucional Reformulado del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables", correspondiente al Ano Fiscal 2014; Con las visaciones de la Secretaria General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo, Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, el Decreto Legislativo Nº 1098 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el "Plan Operativo Institucional Reformulado del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables", correspondiente al Ano Fiscal 2014, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a traves de su Oficina de Planeamiento, el seguimiento y evaluacion del "Plan Operativo Institucional Reformulado del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables", correspondiente al Ano Fiscal 2014, aprobado por la presente Resolucion. Articulo 3.- Establecer que el "Plan Operativo Institucional Reformulado del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables", correspondiente al Ano Fiscal 2014, materia de la presente Resolucion podra ser modificado y/o reformulado, durante el MORDAZA de su ejecucion, a propuesta de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre la base de los resultados del respectivo monitoreo y evaluacion. Articulo 4.- Disponer que la presente Resolucion y su anexo MORDAZA publicados en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www. mimp.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
1171660-1
Declaran nulidad de oficio de la R.M. Nº 297-2014-MIMP que aprobo , transferencia financiera a favor de 31 Sociedades de Beneficencia Publica que se encuentran en el ambito del MIMP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 412-2014-MIMP
MORDAZA, 28 de noviembre de 2014 Vista, la Resolucion Ministerial Nº 297-2014-MIMP, que aprueba la transferencia financiera a favor de treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Publica que se encuentran en el ambito del MIMP, la Nota Nº 1222014-MIMP/OGPP-OPI de la Oficina de Presupuesto e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y, el Informe Nº 258-2014-MIMP/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 001-2014 se establecieron medidas extraordinarias para estimular la economia y se autorizo por unica vez, entre otros, el otorgamiento de un aguinaldo extraordinario de DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 200.00)