Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2014 (01/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, bajo apercibimiento de declararse improcedente el procedimiento en caso de incumplimiento; dichas observaciones fueron notificadas conforme a lo senalado en el Informe Tecnico Nº 0268-2014-MAGI-SGCHUGDU-MDSMP del 12 de Agosto de 2014. Dicha Esquela es respondida por la administrada con el Documento. Nº 49331-2014 del 26 de Agosto de 2014; Que, segun el numeral 39.2) del articulo 39º, del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, dispone que: "el cumplimiento de los parametros establecidos en el Certificado de Zonificacion y Vias aplicables en la fecha de ejecucion de la habilitacion MORDAZA o en el caso que sea favorable, los parametros vigentes"; bajo este sustento, se considera valido la aplicacion del Certificado de Zonificacion y Vias Nº 065-99-MML/DMDU-OPDM de fecha 26 de Marzo de 1999, presentado en el documento del visto, debiendo en este caso respetar las zonificaciones asignadas en su epoca de Residencial de Densidad Media R-4, y se contemplara el Cuadro de Aportes Reglamentarios aplicable en esa epoca, establecida en el Reglamento Nacional de Construcciones ­ RNC; Que, asi tambien el numeral 39.2), del articulo 39º, del referido decreto supremo, dispone que: "En caso el predio se encuentre afectado por vias nacionales, metropolitanas y/o reservas para equipamiento MORDAZA e intercambios viales seran de cumplimiento obligatorio los parametros vigentes relacionados con dichas afectaciones"; bajo este otro sustento se considera valido lo dispuesto en la Ordenanza Nº 341-MML-2001 (06.12.01.), lo dispuesto en la Ordenanza Nº 687-MML-2004 (17.09.04.), y lo dispuesto en la Ordenanza Nº 1510-MML-2011 (03.04.11.), en lo relacionado a las vias: Av. Pacasmayo (Seccion C-09-A10 = 30.00 ml.), Av. S/N 1 (Seccion C-16-A39 = 16.00 ­ 18.00 ml.), y Av. S/N 3 (Seccion A-19-A10 = 16.00 ml.), en lo que respecta los modulos y secciones viales; Que, con declaracion jurada adjunta en documento del visto, Constructora Inmobiliaria LESTHER S.A., a traves de su Director Gerente MORDAZA MORDAZA MORDAZA, deja en garantia los lotes 04, 07, 10, 11, 15, y 21 de la Manzana C, por el deficit de aporte para el Ministerio de Educacion, siendo su calculo resultante de 825.33 m2; Que, el profesional tecnico de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, a traves del Informe Nº 0290-2014-MAGI-SGCHU-GDU-MDSMP del 01 de Setiembre de 2014, senala que: "...habiendose efectuado la inspeccion ocular al terreno materia de autos, se advierte que el proyecto de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para uso Residencial Densidad Media "R4" viene respetando los Planes Urbanos, asi como cuenta con las obras concluidas de agua potable, alcantarillado, electrificacion, quedando pendiente las obras de pavimentacion de pistas y veredas, ornamentacion y senalizacion. Asimismo, se aprecia que se ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones ­ Ley Nº 29090 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, el Reglamento Nacional de Construcciones y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por esta Corporacion Municipal vigente durante el inicio del tramite; recomendando la derivacion de los actuados al area legal de la Subgerencia a efectos del Visto MORDAZA respecto del Proyecto de Resolucion que aprobaria la Regularizacion de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada de autos; Que, el articulo 23º de la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones ­ Ley Nº 29090 y modificatorias establece los requisitos y el procedimiento a seguir respecto de la aprobacion de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, procedimiento al que se acoge la empresa Constructora Inmobiliaria LESTHER S.A.; del mismo modo, en los articulos 38º y 39º del Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y de Edificaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 0082013-VIVIENDA, regula la Habilitacion MORDAZA Ejecutada, estableciendo los requisitos y el procedimiento para su aprobacion, senalando que de ser conforme la solicitud, la Municipalidad, emitira la Resolucion de aprobacion y de ser el caso la recepcion de obras; de existir observaciones al expediente, estas seran comunicadas expresamente y por escrito al recurrente, quien podra subsanarlas en el

El Peruano Miercoles 1 de octubre de 2014

plazo MORDAZA de siete (07) dias habiles, de ser conforme la solicitud, la Municipalidad, emitira la Resolucion de aprobacion dentro de los dos (02) dias habiles siguiente, la misma que constituye titulo suficiente para su inscripcion en el Registro de Predios, como ocurre en el caso de autos, tal como senala el referido informe tecnico; Que, el tramite de Habilitacion MORDAZA, en general, en sus diversas variantes (Nueva, Regularizacion y de Oficio) y modalidades, que establece la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, es el MORDAZA de convertir un terreno MORDAZA o eriazo en MORDAZA, mediante la ejecucion de obras de accesibilidad, de distribucion de agua y recoleccion de desague, de distribucion de energia e iluminacion publica, pistas y veredas; adicionalmente, el terreno podra contar con redes para la distribucion de gas y redes de comunicaciones; concepto del que se desprende su naturaleza eminentemente tecnica del procedimiento de habilitacion MORDAZA y por ende tambien del tramite de regularizacion habilitacion MORDAZA ejecutada. En tal sentido, el Informe Nº 0290-2014-MAGI-SGCHU-GDUMDSMP, constituye el sustento principal para continuar con el tramite que corresponda, coadyuvado por el informe legal, para resolver el pedido; Que, habiendo cumplido la empresa recurrente con los requisitos y disposiciones que senala el citado informe tecnico, cuya opinion es favorable, y estando la titularidad del predio por parte de CONSTRUCTORA INMOBILIARIA LESTHER S.A. que demuestra personeria juridica y representacion, corresponde aprobar la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, en atencion a las disposiciones de la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones - Ley Nº 29090 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, de acuerdo al Procedimiento Nº 4.3.9 del MORDAZA de la MDSMP, aprobado con Ordenanza Nº 351-MDSMP del 18 de Setiembre del 2013, la Unidad Organica encargada de resolver los tramites de aprobacion de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, como el caso de autos, es la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, que debe emitir el acto administrativo correspondiente en concordancia con la MORDAZA Disposicion Final del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de la MDSMP, aprobado por Ordenanza Nº 215-MDSMP y modificatorias, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 016-2011/MDSMP, publicado en el diario oficial El Peruano el 20/07/2011, por el que las subgerencias estan facultadas a emitir resoluciones en primera instancia en los asuntos de su competencia, como el caso de autos, debiendo aprobar el pedido de Habilitacion MORDAZA Ejecutada solicitado, en concordancia con el articulo 195º de la Constitucion Politica del Estado que senala que: "Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo", siendo competentes, entre otros, para: Planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; del Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 ­ LOM que senala que: "Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion"; en estricto desempeno de sus atribuciones como autoridad local establecidas en el numeral 3) del articulo 79º de la LOM, en cuanto organizacion del espacio fisico y uso del suelo; Que, con Informe Nº 0208-2014-CAST-SGCHU-GDUMDSMP de fecha 01 de Setiembre de 2014, emitido por el Asesor Legal de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, recomienda emitir el acto administrativo correspondiente, aprobando el pedido de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, conforme a los articulos 38º y 39º del Reglamento, y otros conforme al Proyecto que adjunta el Informe Nº 0290-2014-MAGI-SGCHUGDU-MDSMP, Notificandose conforme a Ley; Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa, conforme a la normativa glosada y a las situaciones senaladas, conforme al MORDAZA y al ROF de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, en

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