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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (22/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 37

El Peruano Miércoles 22 de octubre de 2014 535623 los principales ilícitos aduaneros en las regiones de Loreto y Alto Solimöes así como establecer de manera consensuada acciones preventivas y represivas a los ilícitos identifi cados; Que los resultados obtenidos en la referida reunión, serán presentados como agenda de trabajo en el II Encuentro Aduanero Peruano Brasileño previsto para fi nes del mes de noviembre de 2014; Que la participación de la SUNAT en la citada reunión, se enmarca dentro del objetivo estratégico institucional de incrementar la efectividad del control del incumplimiento, toda vez que busca impulsar la adopción de acciones bilaterales con la administración aduanera de Brasil, orientadas al reforzamiento del control aduanero y la lucha contra los ilícitos aduaneros; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe Nº 068-2014- SUNAT/3Y0000 de fecha 2 de octubre de 2014, resulta necesario autorizar la participación en el referido evento del trabajador Jorge Vicente Romano Nájar, Intendente (e) de la Aduana de Iquitos; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley Nº 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del trabajador Jorge Vicente Romano Nájar del 5 al 8 de noviembre de 2014; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA) y los viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29816, el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y la Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del trabajador Jorge Vicente Romano Nájar, Intendente (e) de la Aduana de Iquitos del 5 al 8 de noviembre de 2014, para participar en la Reunión de Trabajo de Autoridades Peruano – Brasileñas encargadas de la represión y sanción de ilícitos aduaneros, que se realizará en la ciudad de Manaos, República Federativa del Brasil, Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2014 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Jorge Vicente Romano Nájar Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 1 339,47 Viáticos US $ 1 110,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 1152693-1 Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia de Aduana de Puno RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 864-2014-SUNAT-3H0000 Puno, 10 de octubre del 2014 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia de Aduana de Puno, para garantizar el normal funcionamiento de su Ejecutoría Coactiva; Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” con fecha 22 de junio del 2013, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el artículo 4º de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en las Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT; a las funciones conferidas en el artículo 535 del Reglamento de Organización y Funciones de SUNAT, aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT de fecha 30.ABR.2014, y a la Resolución de Superintendencia Nº 003-2014-SUNAT de fecha 10.ENE.2014; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como Auxiliares Coactivos de la Intendencia de Aduana de Puno a los Sres. GLORIA YVONNE RIVERA CERVANTES y ENRIQUE ANDRÉS CHÁVEZ MELLA, ambos servidores del Departamento de Recaudación y Contabilidad de esta misma renta. Regístrese, comuníquese y publíquese. NILO IVAN FLORES CACERES Intendente (e) Intendencia Aduana de Puno 1152680-1