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El Peruano Miércoles 22 de octubre de 2014 535611 Director de Hospital III del Hospital de Emergencias Pediátricas del Ministerio de Salud, solicita se autorice el viaje de los médicos cirujanos Luis Gerardo Ortega Sotelo y Segundo Teodulo Gamboa Kcomt, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, para que participen en la referida actividad educativa, en el marco del VI Congreso Iberoamericano de Cirugía Pediátrica, conforme al Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado Anualizado 2014 del Hospital de Emergencias Pediátricas; Que, el Hospital de Emergencias Pediátricas, es un órgano del Ministerio de Salud que brinda atención especializada a la población infantil en la atención integral de las emergencias y urgencias en la población pediátrica, comprometidos con su recuperación y satisfacción de la familia; Que, la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Hospital de Emergencias Pediátricas del Ministerio de Salud, informa que el viaje a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil de los citados profesionales, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora N° 031, Hospital de Emergencias Pediátricas, del Pliego 011: Ministerio de Salud, para la adquisición de los pasajes en tarifa económica, así como viáticos para cinco días, para dos personas; Que, mediante Informe N° 170-2014-EGC-ODRH/ OGGRH/MINSA, remitido a través del Memorándo N° 2119- 2014-OGGRH-ODRH-EGC/MINSA, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, ha emitido opinión favorable respecto de la autorización de viaje de los referidos profesionales, para que realicen la actividad educativa antes mencionada, precisando que la misma se encuentra prevista en el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado 2014 del Hospital de Emergencias Pediátricas, aprobado con Resolución Directoral N° 209- 2014-DG-HEP/MINSA, según lo previsto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, en el artículo 28° del Reglamento del Decreto Legislativo N°1025, sobre Normas de Capacitación y Rendimiento para el Sector Público, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2010- PCM y demás normas que regulan la materia; Que, el objetivo de la referida actividad educativa es estandarizar los procedimientos quirúrgicos de cirugía endoscópica en recién nacidos, lactantes y pediátricos e incrementar el nivel de resolución de patologías quirúrgicas en pacientes recién nacidos, lactantes y pediátricos; a fi n de que el Hospital de Emergencias Pediátricas del Ministerio de Salud pueda consolidarse como centro de referencia a nivel nacional en la resolución de patologías quirúrgicas con técnicas endoscópicas mínimamente invasivas y desarrollar un Centro de Entrenamiento en Cirugía Endoscópica; por lo que resulta de interés institucional autorizar el viaje de los profesionales en mención; Que, conforme a lo dispuesto en el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos públicos, por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10° de la Ley N° 30114 , Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; en su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modifi catorias; en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 040- 2014-PCM, y en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1025 sobre Normas de Capacitación y Rendimiento para el Sector Público, aprobado por Decreto Supremo N° 009- 2010-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los médicos cirujanos Luis Gerardo Ortega Sotelo y Segundo Teódulo Gamboa Kcomt, profesionales del Hospital de Emergencias Pediátricas del Ministerio de Salud, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, del 26 de octubre al 1 de noviembre del 2014; para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, de la Unidad Ejecutora 031: Hospital de Emergencias Pediátricas del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasajes tarifa económica (Incluido TUUA, c/u US$ 568.07 para 2 personas) : US$ 1,136.14 - Viáticos por 5 días (c/u US$ 1850.00, para 2 personas) : US$ 3,700.00 ------------------- TOTAL : US$ 4,836.14 Artículo 3°.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, los profesionales citados en el artículo 1° de la presente Resolución Suprema, presenten a la Alta Dirección, con copia a la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud y al Director de Hospital III del Hospital de Emergencias Pediátricas, un informe detallado, con conclusiones y recomendaciones sobre las experiencias obtenidas en la actividad a la que acudirán, así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1153495-5 Aceptan renuncia de Jefa de Oficina de la Oficina de Administración del Hospital San Juan de Lurigancho de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 785-2014/MINSA Lima, 20 de octubre del 2014 Visto, el Expediente Nº 14-094683-001, que contiene el Ofi cio Nº 2856-2014-DE-HSJL, emitido por el Director de Hospital II del Hospital San Juan de Lurigancho de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 164-2014/ MINSA, de fecha 28 de febrero de 2014, se designó a la Contadora Pública Colegiada Rusbelinda Becerra Medina, en el cargo de Jefa de Ofi cina, Nivel F-3, de la Ofi cina de Administración del Hospital San Juan de Lurigancho de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud; Que, con documento de fecha 18 de julio de 2014, la Contadora Pública Colegiada Rusbelinda Becerra Medina, formula renuncia al cargo en el que fuera designada mediante Resolución Ministerial Nº 164-2014/MINSA; Que, a través del documento de visto, el Director de Hospital II del Hospital San Juan de Lurigancho de la Dirección de Salud IV Lima Este, comunica de la renuncia citada en el párrafo precedente, solicitando emitir el acto resolutivo correspondiente; Que, mediante el Informe Nº 458-2014-EIE-OGGRH/ MINSA, remitido con Memorando Nº 2246-2014-OGGRH-