Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2014 (23/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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Que, de la revision de la Ordenanza 1094 se aprecia que dicha MORDAZA no ha establecido que las autorizaciones de anuncios publicitarios no tienen plazo de vigencia, salvo supuestos excepcionales como es el caso de la autorizacion de unidades moviles, supuesto previsto en el articulo 23º, y que no resulta aplicable al caso de paneles publicitarios ubicados en predios particulares. Que, el primer parrafo del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece que, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 145-2008-MDPH Articulo Primero.- MODIFICAR el articulo 18º de la Ordenanza Nº 145-2008-MDPH, quedando redactado de la siguiente manera: "Articulo 18º.- La autorizacion para la instalacion de anuncios publicitarios sera de vigencia indeterminada siempre y cuando mantenga las condiciones que fueron evaluadas y aprobadas al monto de otorgarse el respectivo permiso. La vigencia de la Autorizacion para los anuncios instalados en area de dominio publico, sera de un (01) ano, pudiendo el administrado solicitar la renovacion, con cuarenta y cinco (45) dias MORDAZA de la fecha de vencimiento del plazo de la Autorizacion y asi sucesivamente. De no renovarse la autorizacion municipal de instalacion y publicitad del elemento publicitario, la empresa o administrado debera retirar el elemento publicitario o de ser el caso, blanquear la publicidad. Caso contrario, se le aplicara las sanciones respectivas establecidas en el RAS de la entidad". Articulo Segundo.- MODIFICAR el inciso e) del articulo 20º de la Ordenanza Nº 145-2008-MDPH, quedando redactado de la siguiente manera: "Articulo 20º.- La Gerencia de Administracion Tributaria, podra disponer la revocatoria de la Autorizacion, en los siguientes casos: (...) e) En los casos en que no se MORDAZA solicitado la renovacion de la Autorizacion para los elementos publicitarios instalados en area publica, dentro del plazo senalado en la presente Ordenanza". Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad de Punta MORDAZA la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entra en vigencia el dia siguiente de su publicacion. Articulo Quinto.- Publicar la presente Ordenanza en el MORDAZA del Estado Peruano y en el MORDAZA Institucional de esta municipalidad. Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia Municipal y demas areas en cuanto a su competencia, el Cumplimiento de la presente ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1153130-1

El Peruano Jueves 23 de octubre de 2014

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA VISTO: El Informe Nº 119-2014-GAJ-MDPH de la Oficina de Asesoria Juridica y el Informe Nº 063-2014-GAT-MDPH. Gerencia de Administracion Tributaria. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de reforma Constitucional Ley Nº 28607 establece que las Municipalidades provinciales y distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos su competencia; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Punta MORDAZA fue aprobado por Ordenanza Municipal Nº 009-00-MDPH publicada el 29 de Junio de 2000, estableciendose el procedimiento Nº 8, autorizacion para instalar afiches, banderolas etc. por dia. Que, con fecha 23 de noviembre de 2007, fue publicada la Ordenanza Metropolitana Nº1094 que regula la ubicacion de anuncios y avisos publicitarios en la provincia de MORDAZA, estableciendo en su articulo 9º que corresponde a las municipalidades distritales normar, complementariamente y en estricta sujecion a dicha ordenanza la ubicacion de los a anuncios y avisos publicitarios. Que, de la revision de la Ordenanza 1094 no se advierte que dicha MORDAZA MORDAZA establecido plazos de vigencia y renovaciones a las autorizaciones para la instalacion de los elementos de publicidad exterior por lo que todo plazo o condicion consignada en el MORDAZA de la municipalidad constituye barreras burocraticas. Que, el MORDAZA parrafo del articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº27972, establece que el MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldia; Que, el articulo 42º de la Ley Nº27972, senala que "los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal"; Que, el numeral 38.5 del articulo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que "Una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos a tramitacion o requisitos, se debe realizar por resolucion ministerial del sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo (...)"; Que, mediante Informe legal Nº 119-2014-GAJMDPH, la oficina de Asesoria juridica opina que se realice la modificacion del MORDAZA de la Municipalidad respecto del Procedimiento Nº 8 denominado "Autorizacion para instalar afiches, banderolas, etc. por dia", y se elimine el requisito Nº 1, via Decreto de Alcaldia. Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA, de la Municipalidad de Punta MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 009-00-MDPH, respecto del nombre y requisitos del procedimiento Nº 8, quedando redactado de la siguiente manera:

Modifican el Texto Unico Procedimientos Administrativos
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2014-MDPH-ALC Punta MORDAZA, 12 de agosto de 2014

de

Nº NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO 8

Requisitos

Autorizacion para instalar afiches, 1) Recibo de pago derecho Adminbanderolas, etc. istrativo. 2) Autorizacion escrita del representante de la empresa 3) R.U.C. de la empresa.

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