Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2014 (23/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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de 2014 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de MORDAZA, comunicando la licencia, que fue concedida al regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Diaz. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del articulo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes publicos, asi como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de MORDAZA de 2014, fecha de cierre de inscripcion de candidatos; la misma que gozara de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) dias naturales MORDAZA de la fecha de elecciones. 2. Esta disposicion tambien es de aplicacion para el caso de los regidores, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del ano 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en la Resolucion N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios publicos por ser elegidos mediante MORDAZA popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando. 3. Con fecha 27 de junio de 2014 (fojas 03), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de Cocachacra, con motivo de su participacion en las Elecciones Municipales 2014, presento su solicitud de licencia, siendo esta concedida mediante el acuerdo adoptado en la Sesion Ordinaria N° 013-2014, de fecha 21 de MORDAZA de 2014 (fojas 04 a 13), por el periodo comprendido entre el 4 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. 4. En el presente caso se aprecia que el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que en cumplimiento de las disposiciones previstas en la Resolucion Nº 0140-2014JNE, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del articulo 24, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, corresponde convocar a MORDAZA Wilber Fredy MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 30842942, candidato no proclamado del partido politico Accion Popular, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de MORDAZA, mientras este vigente la licencia concedida. Articulo Segundo.- CONVOCAR a Wilber Fredy MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 30842942, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de MORDAZA, mientras este vigente la licencia concedida a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, otorgandosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA RESUELVE MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1153942-3

El Peruano Jueves 23 de octubre de 2014

Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de MORDAZA, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 2283-2014-JNE Expediente Nº J-2014-01871 MORDAZA - CARAVELI - MORDAZA MORDAZA, dos de setiembre de dos mil catorce VISTOS los Oficios N.º 183-2014-MDA y N.º 201-2014-MDA, presentados el 5 y 29 de agosto de 2014 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aguayo, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, comunicando la licencia que fue concedida a la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bustamante. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del articulo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes publicos, asi como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de MORDAZA de 2014, fecha de cierre de inscripcion de candidatos; la misma que gozara de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) dias naturales MORDAZA de la fecha de elecciones. 2. Esta disposicion tambien es de aplicacion para el caso de los regidores, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del ano 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en la Resolucion N° 01402014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios publicos por ser elegidos mediante MORDAZA popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando. 3. Con fecha 3 de MORDAZA de 2014 (fojas 05), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidora del Concejo Distrital de MORDAZA, con motivo de su participacion en las Elecciones Municipales 2014, presento su solicitud de licencia, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo N° 021-2014-MDA, de fecha 16 de MORDAZA de 2014 (fojas 02 y 03), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. 4. En el presente caso se aprecia que la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion N.º 0140-2014-JNE, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del articulo 24, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llamoca, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 25742241, candidata no proclamada de la alianza electoral Alianza por MORDAZA, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Camana, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidora del Concejo Distrital de MORDAZA, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, mientras este vigente la licencia concedida. Articulo Segundo.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llamoca, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 25742241, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de MORDAZA, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, mientras este vigente la licencia concedida a MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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