Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2014 (23/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, para que el MORDAZA presupuestario en el ano 2013 adquiera un caracter expeditivo bajo los criterios de descentralizacion operativa y de centralizacion normativa, es necesario delegar a favor de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la facultad de emitir resoluciones de Modificaciones Presupuestales en el Nivel Funcional Programatico y demas acciones administrativas inherentes a sus funciones; en tal sentido, se expide el presente acto resolutivo; Estando a lo informado; y, Con visacion de la Gerencia General Regional, Oficina Regional de Asesoria Juridica y la Secretaria General; En uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DELEGAR, en el presente Ejercicio Presupuestal 2013, a favor de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Huancavelica, la facultad de emitir Resoluciones de Modificaciones Presupuestales en el Nivel Funcional Programatico entre Unidades Ejecutoras y dentro de las Unidades Ejecutoras, y demas acciones administrativas inherentes a sus funciones. Articulo 2º.- La Resolucion que expedira la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se denominara Resolucion Gerencial Regional. Articulo 3º.- Las acciones delegadas deben ejecutarse con estricta sujecion a las normas legales vigentes sobre la materia, debiendo dar cuenta al Despacho de la Presidencia Regional de dichos actos, bajo responsabilidad. Articulo 4º.- DEJAR SIN EFECTO la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 006-2012/GOB.REG.HVCA/PR, de fecha 09 de enero del 2012 y demas actos administrativos que se opongan a la presente Resolucion. Articulo 5º.- COMUNICAR el presente Acto Administrativo a los Organos Competentes del Gobierno Regional Huancavelica, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese. MACISTE A. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1143792-1

El Peruano Jueves 23 de octubre de 2014

VISTO: En sesion extraordinaria de la fecha, el proyecto de Ordenanza que aprueba el Beneficio Tributario a los Contribuyentes que ostentan deudas en el Distrito de El Agustino. Informe Nº 108-2014-GEMU-MDEA del Gerente Municipal, Informe Nº 130-2014GREN-GEMU-MDEA del Gerente de Rentas e Informe Nº 552-2014-GAJU-MDEA del Gerente de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulos 194º de la Constitucion Politica del Estado modificados por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 28607, concordantes con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que los Organos deGobierno Local son las Municipalidades Provinciales y Distritales, las cuales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia que debe ser ejercida con sujecion al ordenamiento juridico imperante. Que, conforme al Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, "las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa", el mismo que se sustenta en lo previsto por el Articulo 200º numeral 4 de nuestra Constitucion Politica del Estado. Que, asimismo, el ultimo parrafo del articulo 41º del T.U.O del Codigo Tributario, aprobado por D.S. Nº 135-99EF y modificado por el Articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 981, respecto de la condonacion, senala: "Excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respectode los tributos que administren. En caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo". Que, la Gerencia de Rentas, en su Informe Nº 1302014-GREN-GEMU-MDEA de fecha 07 de Octubre del 2014, indica que pese a los avances en la cobranza de los tributos municipales, a la fecha aun se registra un elevado numero de contribuyentes que no han cumplido con los pagos de sus obligaciones tributarias del presente ano asi como de los periodos anteriores no prescritos, no obstante haberse efectuado acciones permanentes de notificacion de sus deudas por gestion de cobranza y, en su caso, la cobranza coactiva, respectivamente, por lo que, con la finalidad de superar o disminuir la morosidad indicada y propiciar un clima de estabilidad tributaria entre los vecinos de la jurisdiccion del Distrito de El MORDAZA, propone al Concejo Municipal la aprobacion de un "Beneficio Tributario a favor de los Contribuyentes que se pongan al dia en el pago de sus deudas tributarias en el distrito El Agustino". Que, la Gerencia de Asesoria Juridica en su Informe Nº 552-2014-GAJU-MDEAde fecha 10-10-2014 se pronuncia por la viabilidad de aprobar el Proyecto de Ordenanza. Que, de conformidad con el Articulo 9º inciso 8) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9º y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 2797:2, con la dispensa del Dictamen de la Comision correspondiente, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL BENEFICIO TRIBUTARIO A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES QUE SE PONGAN AL DIA EN EL PAGO DE SUS DEUDAS TRIBUTARIAS EN EL DISTRITO DE EL MORDAZA Articulo 1º.- APROBAR el BENEFICIO TRIBUTARIO "Agustino Fomentemos una Cultura Tributaria"aplicable a los contribuyentes deudores, de las obligaciones tributarias generadas de los periodos 2003 al 2009 que se encuentren en la cartera decobranza de la Administracion Tributaria de la Municipalidad de El Agustino.

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Aprueban beneficio tributario a favor de contribuyentes que se pongan al dia en el pago de sus deudas tributarias en el distrito
ORDENANZA Nº 571-MDEA El MORDAZA, 15 de octubre del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA

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