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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (23/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 54

El Peruano Jueves 23 de octubre de 2014 535720 Juan Bautista, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, comunicando la licencia, concedida al regidor Pedro Roberto Sulca Pablo. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos; la misma que gozará de efi cacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) días naturales antes de la fecha de elecciones. 2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del año 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución Nº 0140-2014- JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando. 3. Con fecha 30 de junio de 2014 (fojas 03), el regidor Pedro Roberto Sulca Pablo, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud de licencia, siendo esta concedida mediante el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 058-2014-MDSJB/AYAC, de fecha 24 de julio de 2014 (fojas 02), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. 4. En el presente caso se aprecia que el regidor Pedro Roberto Sulca Pablo, presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140- 2014-JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar a Liz Karina Rayme Ayala, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 40079612, candidata no proclamada del movimiento regional Movimiento Independiente Regional Todos con Ayacucho, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Huamanga, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Pedro Roberto Sulca Pablo, regidor del Concejo Distrital de San Juan Bautista, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, mientras esté vigente la licencia concedida. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Liz Karina Rayme Ayala, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 40079612, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Juan Bautista, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, mientras esté vigente la licencia concedida a Pedro Roberto Sulca Pablo, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1153942-12 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Internacional del Perú - Interbank la apertura y traslado de agencias en los departamentos de Lima y Puno RESOLUCIÓN SBS Nº 6618-2014 Lima, 7 de octubre de 2014 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank para que se le autorice la apertura de tres (3) agencias, y el traslado de una (1) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que el referido Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D”; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30° y 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 y Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Primero- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank la apertura de tres (3) agencias, según se indica: • Agencia TF Belaunde, situada en la Av. Víctor Andrés García Belaunde N° 220, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. • Agencia TF Rambla Brasil, situada en la Av. Brasil N° 714 al N° 792, Jr. Centenario N° 100 y Av. Juan Pablo Fernandini N° 767, primer piso - Local 101 y 102, distrito de Breña, provincia y departamento de Lima. • Agencia TF Constructores, situada en Sección 71- 75-76, primer piso, Mz. B-1 del lote acumulado 3, 4, 5 y 8; Urbanización El Sol, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - lnterbank el traslado de una (1) agencia, según se indica: • Agencia TF Juliaca, situada en Jr. 9 de Diciembre N° 102-108-112, distrito de Juliaca, provincia de San Ramón, departamento de Puno; hacia su nueva dirección situada en Local LS-03, Esquina con frente a los Jirones Tumbes y San Martín, distrito de Juliaca, provincia de San Ramón, departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1153267-1