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El Peruano Jueves 23 de octubre de 2014 535723 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Aprueban Reglamento del Consejo Consultivo Regional de Niñas, Niños y Adolescentes de la Región Callao - CCONNA Callao DECRETO REGIONAL Nº 000003 Callao, 12 de setiembre de 2014 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 000013 con fecha de aprobación 28.05.2014, “Aprueban Constitución del Consejo Consultivo Regional de Niñas, Niños y Adolescentes de la Región Callao– CCONNA Callao”, se aprueba la constitución del Consejo Consultivo Regional de Niñas, Niños y Adolescentes de la Región Callao, bajo las siglas CCONNA–Callao, como un espacio de participación de carácter consultivo a nivel regional, que tiene como objetivo lograr que sus iniciativas puedan se debidamente canalizadas para favorecer su desarrollo integral; y su fi nalidad la de proponer, coordinar y participar en la formulación de políticas públicas regionales, sobre infancia y adolescencia. Que, el Artículo Quinto, de la acotada Ordenanza Regional señala la conformación de una Comisión Organizadora del Consejo Consultivo Regional de Niñas, Niños y Adolescentes de la Región Callao, integrada por: a. Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social – Ofi cina de Bases Regionales, quien la presidirá. b. Un representante de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. c. Un representante de la Dirección Regional de Educación del Callao. d. Un representante de la Unidad de Gestión Educativa Local – Ventanilla. e. Un representante de la Coordinadora de DEMUNAS de la Región Callao. f. Dos representantes de niñas, niños y adolescentes del Consejo Distrital de Niños, Niñas y Adolescentes del distrito de Ventanilla – CODINNA. g. Un representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Y en el Artículo Sexto, establece que dicha Comisión Organizadora cumplirá entre otras funciones, “(…) Elaborar el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Consultivo Regional de Niñas, Niños y Adolescentes de la Región Callao, en un plazo máximo de 30 días, aprobado por Decreto Regional”. Que, mediante Memorándum Nº 417-2014-GRC/GRDS de fecha 19 de agosto de 2014, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, remite a las instancias correspondientes, la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Consultivo Regional de Niñas, Niños y Adolescentes de la Región Callao– CCONNA Callao, elaborada en forma consensuada y participativa por la Comisión Organizadora del CCONNA Callao, para su respectiva aprobación mediante Decreto Regional. Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales– Ley Nº 27867: DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento del Consejo Consultivo Regional de Niñas, Niños y Adolescentes de la Región Callao– CCONNA Callao, estructurado en XI Capítulos, 62 artículos, 3 disposiciones complementarias fi nales, 3 disposiciones complementarias transitorias y sus respectivos anexos (Formularios 1, 2, 3, 4, 5), que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente disposición. Artículo 2º.- Disponer la publicación del Reglamento del Consejo Consultivo Regional de Niñas, Niños y Adolescentes de la Región Callao– CCONNA Callao, en el portal institucional del Gobierno Regional del Callao www.regioncallao.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA VICTORIA BEJARANO PRECIADO Presidente (e) 1152862-1 GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Delegan, en el ejercicio presupuestal 2013, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la facultad de emitir resoluciones de modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático entre unidades ejecutoras y dentro de las unidades ejecutoras, y demás acciones administrativas (Se publica la presente Resolución a solicitud del Gobierno Regional de Huancavelica, mediante Ofi cio Nº 342-2014/GOB.REG.HVCA/PR., recibido el 22 de octubre de 2014) RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 009-2013/GOB.REG-HVCA/PR Huancavelica, 9 de enero de 2013 VISTO: El Informe Nº 001-2013/GOB.REG.HVCA/ GRPPyAT con Proveído Nº 597120-2013/GOB.REG. HVCA/PR; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, mediante Ley Nº 29951 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año 2013 y con Resolución Ejecutiva Regional Nº 484-2012/GOB.REG. HVCA/PR de fecha 26 de diciembre del 2012, se promulga el Presupuesto Institucional de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2013 del Pliego 447 Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica; Que, de acuerdo al Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304- 2012-EF, el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva. En materia Presupuestal es responsable de manera solidaria, entre otros, con el Organismo Colegiado con que cuenta la Entidad, según sea el caso. Dicha Autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado; Que, asimismo, el numeral 40.2 del Artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, establece que las modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del