Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2014 (28/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Martes 28 de octubre de 2014

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Que, mediante Ordenanza Nº 330-MDA, se MORDAZA el procedimiento para la regularizacion de la licencia, conformidad de obra y declaratoria de edificacion de construcciones existentes en el Distrito de Ate; beneficios otorgados por el plazo MORDAZA de un (1) ano, y cuyo plazo puede extenderse mediante Decreto de Alcaldia; Que, la mencionada MORDAZA tiene como finalidad que los propietarios de edificaciones ubicadas en el Distrito de Ate, que hayan ejecutado obras de construccion, ampliacion, modificacion y remodelacion (culminadas y/o con casco habitable), asi como de demolicion, sin la licencia de obra, conformidad obra y declaratoria de edificacion al 31 de diciembre del 2012, podran regularizarlas con el respectivo pago de derecho de tramite, licencia y de una multa administrativa; Que, a fin de promover el saneamiento fisico legal de las construcciones ejecutadas en el Distrito, el mismo que presenta una serie de construcciones no declaradas ante la Municipalidad; tanto la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones en su Informe Nº 541-2014-MDA/SGHUE-GDU, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA en su Informe Nº 136-2014-MDA/GDU, como la Gerencia de Asesoria Juridica en su Informe Legal Nº 939-2014-MDA/GAJ consideran factible la modificacion del articulo 5º (DE LOS REQUISITOS) y del articulo 6º (DEL PROCEDIMIENTO) de la Ordenanza Nº 330-MDA; Que, dentro de las politicas establecidas en la presente administracion Municipal, se encuentra la de otorgar a los vecinos del Distrito de Ate, las mas amplias facilidades para que puedan cumplir con regularizar sus edificaciones, a fin de obtener el saneamiento fisico legal de sus propiedades; Que, mediante Dictamen Nº 018-2014-MDA/CDUIP, la Comision de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura Publica recomienda aprobar la Ordenanza que Modifica los articulos MORDAZA y MORDAZA de la Ordenanza Nº 330MDA que Regula el Procedimiento para la Regularizacion de la Licencia, Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificacion de Construcciones existentes en el Distrito de Ate; solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobacion correspondiente; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTICULOS MORDAZA Y MORDAZA DE LA ORDENANZA Nº 330-MDA Articulo Primero.- Disponer la modificacion de los articulos MORDAZA y MORDAZA de la Ordenanza Nº 330-MDA, debiendo quedar establecido el texto de dichos articulos en los siguientes terminos: "Articulo Quinto.- De los Requisitos Para los procedimientos comprendidos en la presente Ordenanza se debera cumplir con la MORDAZA de los siguientes requisitos: 1. FUE consignando los datos requeridos en el, por triplicado visando todas las hojas por un profesional verificador o constatador arquitecto colegiado y el o los propietarios. 2. Documentacion notarial o Registral que acredite que cuenta con derecho a edificar que represente al titular (en caso el solicitante de la licencia no sea el propietario del predio). 3. Vigencia de poder, expedida por el Registro de Personas Juridicas, con una anticipacion no mayor de 30 dias naturales, en caso el solicitante sea una persona juridica. 4. Presupuesto de obra debera de estar suscrito por el profesional responsable de la obra: El que sera calculado en base al cuadro de Valores Unitarios Oficiales de Edificacion, o a nivel de subpartidas, con costos unitarios de MORDAZA publicados en medios especializados indicando la fuente.

SE RESUELVE: Articulo Primero.- NOMBRAR a la doctora MORDAZA LISSETH SUSANO MORDAZA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Judicial de MORDAZA Norte, designandola en la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA Norte. Articulo Segundo.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA Norte, para que adopte las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la resolucion. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolucion, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA Norte, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y a la interesada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 1155620-2

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Modifican la Ordenanza Nº 330MDA, que MORDAZA procedimiento para la regularizacion de la Licencia, Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificacion de Construcciones existentes en el distrito
ORDENANZA Nº 359-MDA Ate, 14 de octubre de 2014 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 14 de Octubre del 2014, visto el Dictamen Nº 018-2014-MDA/CDUIP de la Comision de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura Publica; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º, reconoce a las Municipalidades como organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 79º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, regula el funcionamiento y actividades del sector publico nacional, senala que es funcion especifica y exclusiva de las municipalidades distritales, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de construcciones, remodelaciones o demoliciones de inmuebles y declaratorias de fabrica y las demas funciones especificas establecidas de acuerdo a los planes y normas sobre la materia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2013VIVIENDA, de fecha 04 de MORDAZA de 2013, se aprobo el Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y de Licencias de Edificacion; en el Capitulo VI del Titulo III (concordante con el articulo 30º de la Ley Nº 29090), en el cual se establece que las edificaciones construidas sin Licencia podran ser regularizadas hasta el 31 de Diciembre de 2013, debiendo para ello cancelar los derechos y multa del 10% del valor de la obra y que todas aquellas que no cumplan con las normas urbanisticas o que no se hayan regularizado al vencimiento de dicho plazo seran demolidas, de conformidad con lo previsto en el Art. 93º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades;

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